Disposiciones generales. . (2025/45-2)
Corrección de errores de la Resolución de 8 de enero de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos en régimen de concurrencia competitiva para la participación de la industria en Andalucía en el ciclo de vida de nuevos sistemas satelitales.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 45 - Viernes, 7 de marzo de 2025
página 3141/2
Asimismo, en el «Resuelve Décimo primero. Plazo para la realización de los gastos
subvencionables y de justificación» apartado 5, la Ley de Contratos del sector público
que se menciona es la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
Advertido el error donde dice:
«5. Conforme a lo establecido en el artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones,
cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley
30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, para el contrato menor, el
beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores».
Debe decir:
«5. Conforme a lo establecido en el artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones,
cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley
9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, para el contrato menor, el
beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores».
Una vez corregido el error indicado, según se expresa en los puntos anteriores, queda
comprobado que no influye para que la Resolución de 8 de enero de 2025 mantenga la
integridad de su contenido y todos sus efectos.
00316747
Todo ello, a la vista de lo anterior y en uso de las competencias conferidas por Decreto
del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto
171/2024, de 26 de agosto, por el que se modifica el Decreto 163/2022, de 9 de agosto,
por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Energía y Minas,
donde se atribuyen a la Secretaría General de industria y Minas las competencias en la
gestión de incentivos para la participación de la industria en Andalucía en el ciclo de vida
de nuevos sistemas satelitales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 45 - Viernes, 7 de marzo de 2025
página 3141/2
Asimismo, en el «Resuelve Décimo primero. Plazo para la realización de los gastos
subvencionables y de justificación» apartado 5, la Ley de Contratos del sector público
que se menciona es la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
Advertido el error donde dice:
«5. Conforme a lo establecido en el artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones,
cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley
30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, para el contrato menor, el
beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores».
Debe decir:
«5. Conforme a lo establecido en el artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones,
cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley
9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, para el contrato menor, el
beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores».
Una vez corregido el error indicado, según se expresa en los puntos anteriores, queda
comprobado que no influye para que la Resolución de 8 de enero de 2025 mantenga la
integridad de su contenido y todos sus efectos.
00316747
Todo ello, a la vista de lo anterior y en uso de las competencias conferidas por Decreto
del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto
171/2024, de 26 de agosto, por el que se modifica el Decreto 163/2022, de 9 de agosto,
por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Energía y Minas,
donde se atribuyen a la Secretaría General de industria y Minas las competencias en la
gestión de incentivos para la participación de la industria en Andalucía en el ciclo de vida
de nuevos sistemas satelitales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja