Autoridades y personal. . (2025/44-27)
Resolución de 27 de febrero de 2025, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca concurso público de méritos para la creación de una bolsa de trabajo de Titulado Superior de Apoyo a la Docencia e Investigación del Centro de Instrumentación Científico Técnica.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 44 - Jueves, 6 de marzo de 2025
página 3015/5
5.4. La persona que sea seleccionada para su contratación como personal laboral
temporal deberá presentar en el Servicio de Personal de esta Universidad los siguientes
documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad acompañada del original para su
comprobación.
b) Fotocopia, debidamente compulsada, de los títulos académicos.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio
de las funciones públicas.
d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que
imposibiliten para el servicio, expedido por el facultativo de la Seguridad Social que
corresponda al/ a la interesado/a.
5.5. Quienes, dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen
la referida documentación no podrán ser contratados/as, quedando anuladas todas las
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por
falsedad en su solicitud.
5.6. En el contrato que se suscriba se fijará un período de prueba de seis meses y
tendrá los efectos que el ordenamiento jurídico laboral dispone.
5.7. La documentación presentada por los candidatos podrá ser retirada en el Servicio
de Personal por los interesados en el plazo de un mes a contar desde la publicación de la
adjudicación definitiva. Transcurrido este periodo de tiempo se procederá a la destrucción
de la referida documentación.
6. Norma final.
6.1. Las personas aspirantes, por el hecho de participar en este concurso, se
someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo, y a las decisiones que adopte
el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. La Comisión de Valoración
está facultada para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios
para el buen orden del proceso selectivo en todo lo no previsto en las bases, así como
para su interpretación.
6.2. La convocatoria y sus bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ella
y de las actuaciones de la Comisión de Valoración, podrán ser impugnados por los/as
interesados/as en los casos y en la forma previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
00316622
Jaén, 27 de febrero de 2025.- El Rector, Nicolás Ruiz Reyes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 44 - Jueves, 6 de marzo de 2025
página 3015/5
5.4. La persona que sea seleccionada para su contratación como personal laboral
temporal deberá presentar en el Servicio de Personal de esta Universidad los siguientes
documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad acompañada del original para su
comprobación.
b) Fotocopia, debidamente compulsada, de los títulos académicos.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio
de las funciones públicas.
d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que
imposibiliten para el servicio, expedido por el facultativo de la Seguridad Social que
corresponda al/ a la interesado/a.
5.5. Quienes, dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen
la referida documentación no podrán ser contratados/as, quedando anuladas todas las
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por
falsedad en su solicitud.
5.6. En el contrato que se suscriba se fijará un período de prueba de seis meses y
tendrá los efectos que el ordenamiento jurídico laboral dispone.
5.7. La documentación presentada por los candidatos podrá ser retirada en el Servicio
de Personal por los interesados en el plazo de un mes a contar desde la publicación de la
adjudicación definitiva. Transcurrido este periodo de tiempo se procederá a la destrucción
de la referida documentación.
6. Norma final.
6.1. Las personas aspirantes, por el hecho de participar en este concurso, se
someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo, y a las decisiones que adopte
el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. La Comisión de Valoración
está facultada para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios
para el buen orden del proceso selectivo en todo lo no previsto en las bases, así como
para su interpretación.
6.2. La convocatoria y sus bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ella
y de las actuaciones de la Comisión de Valoración, podrán ser impugnados por los/as
interesados/as en los casos y en la forma previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
00316622
Jaén, 27 de febrero de 2025.- El Rector, Nicolás Ruiz Reyes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja