Disposiciones generales. . (2025/44-2)
Resolución de 25 de febrero de 2025, de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, a personas jóvenes andaluzas o residentes en Andalucía, para poner en funcionamiento proyectos empresariales en Andalucía (Programa «Innovactiva»), para el ejercicio 2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 44 - Jueves, 6 de marzo de 2025

página 3012/21

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ANEXO I

5. CRITERIOS DE VALORACIÓN: INFORMACIÓN Y DATOS NECESARIOS PARA APLICARLOS
CRITERIO 1.- Proyecto y formación de la persona solicitante, que se valorará con 80 puntos como máximo, desglosados en:
a) - Coherencia con el plan de empresa (máximo 25 puntos). (Se valorara en función de la información reflejada en los datos del
proyecto).

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00316619

004356/1

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

b) - Que la actividad empresarial que se pretende poner en marcha este relacionada con alguna de las siguientes áreas de
actividad (máximo 15 puntos):
1.Movilidad y logística, 2. Industria, 3. Recursos endógenos, 4. Turismo, cultura y ocio, 5. Salud, educación y bienestar social, 6.
Agroindustria y alimentación saludable, 7. Energías renovables, eficiencia energética y construcción sostenible y 8. TIC y economía
digital, y otros servicios digitales.
Se valorarán preferentemente aquellos proyectos en los que la puesta en marcha y el desarrollo de la actividad empresarial se base
en el uso y aplicación de las nuevas tecnologías. Para acreditar el cumplimiento de este criterio se deberá justificar razonadamente
la relación del proyecto con alguno de los sectores señalados, así como, con los datos aportados en el proyecto.

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