3. Otras disposiciones. . (2025/44-44)
Resolución de 24 de febrero de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular, por la que se aprueba el Programa Integral de Inspección en materia de calidad ambiental en Andalucía para el año 2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 44 - Jueves, 6 de marzo de 2025

página 3050/3

Además, regula en su artículo 9 las funciones de la Dirección General de
Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular, que en relación con las materias objeto de
esta disposición son:
- La planificación, programación de actuaciones y coordinación de la vigilancia,
inspección y control en materia de autorización ambiental integrada, medio ambiente
atmosférico, suelos contaminados, residuos y economía circular, sin perjuicio de las
competencias de otros órganos de la Administración de la Junta de Andalucía.
Por otra parte, de acuerdo con el artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía, corresponde a los titulares de las Direcciones
Generales, entre otras funciones:
a) Elaborar los planes, programas, estudios y propuestas relativos al ámbito de
competencia de la Dirección General, con arreglo a los objetivos fijados para la misma,
así como dirigir su ejecución y controlar su cumplimiento.
Este Programa se ha elaborado coordinadamente contando con la participación de
todas las unidades administrativas de la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental
y Economía Circular, así como con los Servicios de Protección Ambiental de las
Delegaciones Territoriales de Sostenibilidad y Medio Ambiente.
El Servicio de Inspección Ambiental de esta Dirección General coordinará y realizará
el seguimiento de este Programa Integral, tanto de las actividades de inspección, como
del resto de tareas recogidas como acciones de mejora para este año 2025.
La ejecución material de las funciones de inspección se realizarán por personal
funcionario de las unidades administrativas de las Delegaciones Territoriales de la
Consejería con competencias en materia de calidad ambiental en las provincias, o de
la Dirección General competente en calidad ambiental, si así viene establecido en la
normativa de aplicación. En el ejercicio de sus funciones gozarán de la condición de
agentes de la autoridad.

5. Medios y recursos disponibles.
5.1. Recursos humanos.
Para la ejecución y desarrollo de este Programa Integral de Inspección se cuenta con
la siguiente capacidad inspectora inicial:
• Una persona funcionaria adscrita al Servicio de Inspección Ambiental de la Dirección
General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular, que de acuerdo con las órdenes
y la supervisión de la Jefatura de Servicio, propone, coordina y realiza el seguimiento de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00316657

4. Normativa aplicable.
En el Plan Integral de Inspección 2020-2025 se establece el marco normativo en el
que se desarrolla este programa. Teniendo en cuenta la gran cantidad de normas en
materia de calidad ambiental de aplicación durante la ejecución de las inspecciones
ambientales, resulta fundamental la comprobación y mantenimiento actualizado de este
marco legal y reglamentario de aplicación. Esta tarea se realizará de manera continua en
el tiempo durante toda la vigencia del Programa de Inspección.
En este Programa Integral de Inspección, en su caso, se tendrá en cuenta lo aprobado
en el Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación
y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con
la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en
Andalucía. En concreto, las disposiciones del Capítulo I. Medidas en materia de calidad
ambiental del Título XII sobre medidas en materia de sostenibilidad, medio ambiente y
economía azul. Esta norma agiliza y simplifica la tramitación y carga administrativa de
instrumentos de prevención ambiental y, por tanto, podrá tener repercusión sobre las
actuaciones de inspección, vigilancia y control.
En el apéndice I de este documento se recogen las principales normas ambientales
de aplicación en relación con los diferentes programas de inspección.