3. Otras disposiciones. . (2025/44-37)
Resolución de 24 de febrero de 2025, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica Convenio entre la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, la Mancomunidad de Servicios de la Provincia de Huelva y el Ayuntamiento de Rosal de la Frontera (provincia de Huelva) para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía del municipio de Rosal de la Frontera.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 44 - Jueves, 6 de marzo de 2025
página 3052/4
saneamientos, encauzamientos, defensa de márgenes y regadíos se transfiere por el
Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía la facultad de ejercer las competencias
de auxilio técnico y económico a las Corporaciones Locales para la prestación por éstas
de los correspondientes servicios públicos en materia de abastecimiento, saneamiento y
depuración.
XVIII. Conforme al artículo 31 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de
Andalucía, los instrumentos ordinarios de desarrollo y ejecución de la planificación de
infraestructuras de saneamiento y depuración serán los convenios de colaboración entre
la Consejería competente en materia de aguas y las entidades locales, conforme a lo
previsto en el artículo 9 de la Ley de la Administración de la Junta de Andalucía y se
desarrollarán conforme a las estipulaciones recogidas en dicho artículo.
XIX. Que, por la Mancomunidad en Junta General, en sesión celebrada el día 8 de
febrero de 2024, se aprueba en todos sus términos el texto del presente Convenio y se
autoriza a su Presidente, don Diego del Toro Pérez, a la firma del mismo.
XX. Que, por el Ayuntamiento en Pleno, en sesión celebrada el día 29 de diciembre de
2024, se aprueba en todos sus términos el texto del presente Convenio de colaboración y
se autoriza a su Alcalde don Antonio Carlos Vázquez a la firma del mismo.
XXI. Que, de acuerdo con la política general de información y difusión a los
ciudadanos en materia de medio ambiente y, más concretamente, en materia de aguas,
aspecto fuertemente resaltado por la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 23 de octubre de 2000, y por el impacto potencial que se prevé de tales
medidas, las Administraciones reunidas coinciden en la conveniencia de desarrollar
acciones de divulgación e información dirigidas a la población, sobre los objetivos,
alcance y contenido del presente Convenio.
Con base en todas las consideraciones expuestas, y en virtud de lo establecido en
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de acuerdo
con lo preceptuado en la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, y lo dispuesto en
las Leyes Autonómicas 9/2007, de Administración de la Junta de Andalucía, 5/2010, de
Autonomía Local de Andalucía, y 9/2010, de Aguas de Andalucía, y demás normativa de
aplicación, las partes intervinientes, a través de las representaciones indicadas, suscriben
el presente Convenio conforme a las siguientes:
Primera. Objeto del convenio.
1.1. Conforme al artículo 31 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, es
objeto del presente Convenio establecer el régimen de colaboración entre la Consejería
de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, la Mancomunidad de servicios de la
provincia de Huelva y el Ayuntamiento de Rosal de la Frontera para la construcción,
financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración
declaradas de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía por Acuerdo de Consejo
de Gobierno de 26 de octubre de 2010, del municipio de Rosal de la Frontera.
1.2. Las infraestructuras objeto del presente convenio son Agrupación de vertidos
y nueva EDAR de Rosal de la Frontera, provincia de Huelva (Clave A4.321.1015)
consistentes básicamente en la ejecución de la estación depuradora de aguas residuales,
estación de bombeo para concentrar los vertidos y los colectores necesarios, así como la
conexión eléctrica e instrumentalización de las instalaciones diseñadas.
1.3. El importe estimado total del convenio asciende a dos millones trescientos treinta
y seis mil novecientos dieciocho euros con ochenta y cuatro céntimos (2.336.918,84 €,
incluido IVA 21%).
1.4. El núcleo de población beneficiado es Rosal de la Frontera.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316659
CL ÁUSUL AS
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 44 - Jueves, 6 de marzo de 2025
página 3052/4
saneamientos, encauzamientos, defensa de márgenes y regadíos se transfiere por el
Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía la facultad de ejercer las competencias
de auxilio técnico y económico a las Corporaciones Locales para la prestación por éstas
de los correspondientes servicios públicos en materia de abastecimiento, saneamiento y
depuración.
XVIII. Conforme al artículo 31 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de
Andalucía, los instrumentos ordinarios de desarrollo y ejecución de la planificación de
infraestructuras de saneamiento y depuración serán los convenios de colaboración entre
la Consejería competente en materia de aguas y las entidades locales, conforme a lo
previsto en el artículo 9 de la Ley de la Administración de la Junta de Andalucía y se
desarrollarán conforme a las estipulaciones recogidas en dicho artículo.
XIX. Que, por la Mancomunidad en Junta General, en sesión celebrada el día 8 de
febrero de 2024, se aprueba en todos sus términos el texto del presente Convenio y se
autoriza a su Presidente, don Diego del Toro Pérez, a la firma del mismo.
XX. Que, por el Ayuntamiento en Pleno, en sesión celebrada el día 29 de diciembre de
2024, se aprueba en todos sus términos el texto del presente Convenio de colaboración y
se autoriza a su Alcalde don Antonio Carlos Vázquez a la firma del mismo.
XXI. Que, de acuerdo con la política general de información y difusión a los
ciudadanos en materia de medio ambiente y, más concretamente, en materia de aguas,
aspecto fuertemente resaltado por la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 23 de octubre de 2000, y por el impacto potencial que se prevé de tales
medidas, las Administraciones reunidas coinciden en la conveniencia de desarrollar
acciones de divulgación e información dirigidas a la población, sobre los objetivos,
alcance y contenido del presente Convenio.
Con base en todas las consideraciones expuestas, y en virtud de lo establecido en
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de acuerdo
con lo preceptuado en la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, y lo dispuesto en
las Leyes Autonómicas 9/2007, de Administración de la Junta de Andalucía, 5/2010, de
Autonomía Local de Andalucía, y 9/2010, de Aguas de Andalucía, y demás normativa de
aplicación, las partes intervinientes, a través de las representaciones indicadas, suscriben
el presente Convenio conforme a las siguientes:
Primera. Objeto del convenio.
1.1. Conforme al artículo 31 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, es
objeto del presente Convenio establecer el régimen de colaboración entre la Consejería
de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, la Mancomunidad de servicios de la
provincia de Huelva y el Ayuntamiento de Rosal de la Frontera para la construcción,
financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración
declaradas de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía por Acuerdo de Consejo
de Gobierno de 26 de octubre de 2010, del municipio de Rosal de la Frontera.
1.2. Las infraestructuras objeto del presente convenio son Agrupación de vertidos
y nueva EDAR de Rosal de la Frontera, provincia de Huelva (Clave A4.321.1015)
consistentes básicamente en la ejecución de la estación depuradora de aguas residuales,
estación de bombeo para concentrar los vertidos y los colectores necesarios, así como la
conexión eléctrica e instrumentalización de las instalaciones diseñadas.
1.3. El importe estimado total del convenio asciende a dos millones trescientos treinta
y seis mil novecientos dieciocho euros con ochenta y cuatro céntimos (2.336.918,84 €,
incluido IVA 21%).
1.4. El núcleo de población beneficiado es Rosal de la Frontera.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316659
CL ÁUSUL AS