3. Otras disposiciones. . (2025/44-47)
Resolución de 19 de febrero de 2025, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación Gracia y Paz.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 44 - Jueves, 6 de marzo de 2025
página 3026/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 19 de febrero de 2025, de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro
de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación
Gracia y Paz.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de
Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Gracia y Paz, sobre la base de
los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El 7.11.2024, tuvo entrada en el Registro Electrónico de la Junta de
Andalucía escrito de la Fundación, contestando al requerimiento efectuado por el Servicio
de Protectorado de Fundaciones, de fecha 17.10.2024, con motivo de la solicitud de
inscripción presentada el 6.9.2024.
Segundo. Con fecha 18.12.2024, la Dirección General de Justicia Juvenil y
Cooperación, dicta resolución por la que se acuerda la no oposición a la modificación
estatutaria acordada por la Fundación Gracia y Paz.
Tercero. Con fecha 13.2.2025, tiene entrada en el Registro Electrónico de la Junta
de Andalucía la solicitud de inscripción de la modificación estatutaria acompañada de
la escritura de elevación a público de dicha modificación, otorgada el 17.1.2025, ante el
Notario del Ilustre Colegio de Cataluña don Miguel Martínez Socias, registrada con el
número 130 de su protocolo, que incorpora la certificación de los acuerdos adoptados
en sesiones del patronato celebradas los días 10 de mayo y 29 de octubre de 2024,
expedida por la secretaria con el visto bueno del presidente.
Cuarto. La modificación estatutaria afecta a los artículos 5 (Ámbito de actuación);
6 (Fines); 11 (Composición del Patronato), en el que establecen, a partir de ahora, una
duración en el mandato de patrono de cuatro años; y 14 (Organización del Patronato).
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Segundo. La modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue
comunicada al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, que ha estimado que la modificación estatutaria acordada se
ajusta a la legalidad.
Tercero. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado
cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316633
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento, lo
dispuesto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento
de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el Reglamento
de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado
por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.
BOJA
Número 44 - Jueves, 6 de marzo de 2025
página 3026/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 19 de febrero de 2025, de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro
de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación
Gracia y Paz.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de
Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Gracia y Paz, sobre la base de
los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El 7.11.2024, tuvo entrada en el Registro Electrónico de la Junta de
Andalucía escrito de la Fundación, contestando al requerimiento efectuado por el Servicio
de Protectorado de Fundaciones, de fecha 17.10.2024, con motivo de la solicitud de
inscripción presentada el 6.9.2024.
Segundo. Con fecha 18.12.2024, la Dirección General de Justicia Juvenil y
Cooperación, dicta resolución por la que se acuerda la no oposición a la modificación
estatutaria acordada por la Fundación Gracia y Paz.
Tercero. Con fecha 13.2.2025, tiene entrada en el Registro Electrónico de la Junta
de Andalucía la solicitud de inscripción de la modificación estatutaria acompañada de
la escritura de elevación a público de dicha modificación, otorgada el 17.1.2025, ante el
Notario del Ilustre Colegio de Cataluña don Miguel Martínez Socias, registrada con el
número 130 de su protocolo, que incorpora la certificación de los acuerdos adoptados
en sesiones del patronato celebradas los días 10 de mayo y 29 de octubre de 2024,
expedida por la secretaria con el visto bueno del presidente.
Cuarto. La modificación estatutaria afecta a los artículos 5 (Ámbito de actuación);
6 (Fines); 11 (Composición del Patronato), en el que establecen, a partir de ahora, una
duración en el mandato de patrono de cuatro años; y 14 (Organización del Patronato).
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Segundo. La modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue
comunicada al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, que ha estimado que la modificación estatutaria acordada se
ajusta a la legalidad.
Tercero. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado
cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316633
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento, lo
dispuesto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento
de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el Reglamento
de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado
por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.