Disposiciones generales. . (2025/44-1)
Orden de 21 de febrero de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, por el procedimiento de concurrencia no competitiva, para la dotación de espacios de ocio seguros para la infancia, la adolescencia y la juventud en Andalucía, y para incentivar la responsabilidad social de las empresas en materia de uso seguro y responsable de internet por la infancia, la adolescencia y la juventud, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) ?financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU?, y se efectúa su convocatoria para el año 2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 44 - Jueves, 6 de marzo de 2025

página 3057/24

☐En uso de las competencias atribuidas por el artículo:
de
☒Por delegación de: La persona titular de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e
Igualdad.
Órgano/s colegiado/s:
☐No.
☒Sí. Denominación: Comisión de evaluación.
Funciones:
☒Análisis de las solicitudes.
☒Propuesta provisional de resolución.
☒Análisis de las alegaciones y documentos presentados.
☒Propuesta definitiva de resolución.
☒Otras funciones:
- Comprobación de la elegibilidad de los proyectos presentados. Solicitar informes previos
que pudieran resultar necesarios.
- Realizar cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y
comprobación de los datos en virtud de los cuales se efectuará la evaluación previa.
Composición:
Presidencia: Jefatura de servicio del centro directivo competente en la materia u órgano superior con
funciones de coordinación.
Vocalías: Personal funcionario, de 3 a 5 personas integrantes, una de las cuales podrá ejercer la función
de secretaría.
Secretaría: Personal funcionario adscrito a la Dirección General competente en la tramitación
económica y administrativa de subvenciones.
Las funciones que estas bases reguladoras atribuyen al órgano gestor serán ejercidas por: La persona
que ostenta la Presidencia de la Comisión de evaluación.
Las personas intervinientes en el procedimiento deberán llevar a cabo los procedimientos y
mecanismos oportunos que reduzcan el riesgo de fraude, corrupción y conflictos de intereses, de
conformidad con el artículo 22.2.e) del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, y del artículo 129 del Reglamento Financiero (Reglamento (UE), Euratom) 2018/1046 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018), mediante la cumplimentación por parte de
quienes participen en el procedimiento de una declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI
- Modelo Anexo IV. A de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre) y realizando un análisis
sistemático de riesgo de conflicto de intereses y realizando un análisis sistemático de riesgo de
conflicto de intereses conforme se establece en dicha Orden y siguiendo los mecanismos establecidos
en la Orden HFP/55/2023.
☐Otras funciones a desempeñar por órganos o unidades distintas de los anteriores:

13.- Dirección electrónica de acceso restringido al estado de tramitación del procedimiento (Artículo 16).

00316664

La persona o entidad que tenga la consideración de interesada en este procedimiento de concesión de
subvenciones, podrá conocer el estado de tramitación del mismo, a través la siguiente dirección
electrónica: https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto?codProcedimiento=CISJUFI_25712.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja