Disposiciones generales. . (2025/44-1)
Orden de 21 de febrero de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, por el procedimiento de concurrencia no competitiva, para la dotación de espacios de ocio seguros para la infancia, la adolescencia y la juventud en Andalucía, y para incentivar la responsabilidad social de las empresas en materia de uso seguro y responsable de internet por la infancia, la adolescencia y la juventud, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) ?financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU?, y se efectúa su convocatoria para el año 2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 44 - Jueves, 6 de marzo de 2025

página 3057/14

Se evaluará si en el proyecto aparecen claramente definidos los objetivos generales y específicos a
lograr, están en consonancia con el diagnóstico previo realizado, están enmarcados en las políticas
de la Consejería competente en materia de políticas sociales, en relación con la infancia, la
adolescencia y la juventud, y se ajustan a la actuación subvencionable en que se incardinan.
A.3. Descripción de las actividades concretas que se pretenden realizar (0-5 puntos).
Se evaluará si en el proyecto se describen las actividades y éstas son adecuadas para la consecución
de los objetivos propuestos.
- Se identifican actuaciones que permiten dar cumplimiento a los objetivos definidos: 2 puntos.
- Además de lo contemplado en el apartado anterior, si se han diseñado actividades específicas para
el cumplimiento de cada uno de los objetivos generales y específicos: 3 puntos.
A.4. Calendario de realización (0-2 puntos).
Se valorará que el período de ejecución global el proyecto sea coherente con el desarrollo del
mismo, así como que la calendarización de actividades responda a las distintas fases de las
actuaciones propuestas, su horario, frecuencia, etc.
A.5. Indicadores de evaluación y control (0-4 puntos).
Se valorará la inclusión de un sistema de indicadores que permitan medir la realización de las
actividades propuestas, los resultados obtenidos en función de los objetivos establecidos según
criterios de eficacia y eficiencia y el impacto generado en la población destinataria.
- Existencia de indicadores cualitativos y cuantitativos: 2 puntos.
- Existencia de indicadores iniciales, de proceso y resultado: 2 puntos.
A.6. Integración de la perspectiva de género (0-3 puntos).
- En el diagnóstico previo se contempla la situación de partida de hombres y mujeres objeto de la
actuación: 1 punto.
- Se desagregan por sexo las personas destinatarias y los indicadores: 1 punto.
- Utilización de un lenguaje inclusivo, no sexista: 1 punto.
A.7. Ámbito territorial del proyecto. (0-2 puntos).
- Se valorará que el proyecto se implemente en más de un municipio: 1 punto.
- Se valorará que se trate de un municipio rural de pequeño tamaño en los términos definidos en el
artículo 3 de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural: 1
punto.
A.8. Aspectos formales del proyecto presentado (0-4 puntos).
Se valorará que el proyecto esté formulado de forma clara y concisa.

B. Adecuación del presupuesto del proyecto a realizar (0-10 puntos).

00316664

B.1. Adecuación del presupuesto presentado por la entidad para la realización del proyecto (0- 8
puntos).

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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