Autoridades y personal. . (2025/43-6)
Resolución de 26 de febrero de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifica la Resolución 17 de enero de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, y por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Auxiliar Administrativo/a, para personas con discapacidad intelectual, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso, convocado mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022, se declaran decaídas a las personas candidatas que se citan, y se anuncia la apertura de audiencia previa para las personas candidatas que se citan.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 43 - Miércoles, 5 de marzo de 2025

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establecido en la base 12.1 del anexo de las bases generales, las plazas ofertadas
han sido adjudicadas atendiendo a los centros de destino solicitados por las personas
aspirantes que han superado el concurso y al orden determinado por la puntuación
obtenida en el mismo, y conforme a lo establecido en la base 12.2 para quienes dentro
del plazo fijado no han solicitado plaza, sin perjuicio de lo establecido en la base 11.4 del
anexo de las bases generales respecto a las personas aspirantes que participan por la
reserva de plazas para personas con discapacidad.
Segundo. De conformidad a lo establecido en la base 13.2 del anexo de las bases
generales, el plazo de toma de posesión será de un mes improrrogable, contado a partir
del primer día hábil siguiente al de publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía. Perderán los derechos derivados de su participación en
las pruebas selectivas quienes, transcurrido dicho plazo, no se hayan incorporado a su
destino, salvo causa justificada así apreciada por esta Dirección General.

Cuarto. Conceder, a fin de no causar indefensión y de conformidad con lo establecido
en la base 11.6, un plazo de diez días hábiles a partir del día hábil siguiente al de
publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía a las
personas candidatas que se citan en el Anexo III de esta resolución para subsanar la falta
de presentación de declaración responsable de que:
- No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos, y autorizar la consulta en el Registro Central de
delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia. En caso de no autorizarla, opta por
presentar original de la certificación negativa en vigor del mismo en el acto de toma de
posesión conociendo que es requisito indispensable para ello.
- No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni se halla
inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
- No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibilite para el ejercicio de sus
funciones teniendo en su poder original del certificado médico en vigor que así lo acredita
y que presentará en el acto de toma de posesión. En caso de tener reconocida la condición
de discapacidad, que no padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para
el ejercicio de sus funciones y posee la capacidad funcional para el desempeño de las
funciones propias de la especialidad a la que se opta, teniendo en su poder original del
certificado médico en vigor que así lo acredita y que presentará en el acto de toma de
posesión.
Aquellas personas candidatas que, transcurrido el plazo de audiencia concedido, no
subsanaran la falta de declaración responsable del cumplimiento de los requisitos, no
podrán ser nombradas personal estatutario fijo del Servicio Andaluz de Salud, y perderán
los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo, sin perjuicio, en su
caso, de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud,
de conformidad con lo establecido en la base 11.6.
La documentación debe presentarla a través del formulario electrónico disponible en
la Ventanilla Electrónica de Profesionales (VEC), a través de la utilidad de presentación
de Formularios DGP/Registro Solicitudes, seleccionando el Tipo de Solicitud «Registro
de documentación en un Proceso de OEP y traslados», dentro del proceso selectivo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Tercero. Declarar decaída en su derecho a obtener la condición de personal estatutario
fijo, como consecuencia de este concreto proceso selectivo, a la persona que se relaciona
en el Anexo II de esta resolución, al no haber tomado posesión de la plaza adjudicada en la
citada Resolución de 17 de enero de 2025 (BOJA núm. 14, de 22 de enero).