3. Otras disposiciones. . (2025/43-52)
Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica primera adenda al Convenio entre la Administración General del Estado, representada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, la Junta de Andalucía, representada por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, y los Ayuntamientos de Almonte, Burguillos, Guillena, Sanlúcar de Barrameda, El Ejido, Roquetas de Mar y Adra, para la financiación, ejecución y explotación de determinadas infraestructuras de saneamiento y depuración necesarias para garantizar el cumplimiento de la Directiva 91/271/CEE.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 43 - Miércoles, 5 de marzo de 2025
página 3009/5
Tras adjudicarse el contrato de servicios de redacción del proyecto de la
actuación «Redacción del proyecto de adecuación y mejora de la EDAR de Sanlúcar
de Barrameda y agrupación de vertidos y colectores en los núcleos de Sanlúcar de
Barrameda (Cádiz)», su presupuesto se disminuye dando lugar a un nuevo presupuesto
estimado de 631.997,18 euros, integrándose en las anualidades 2024 y 2025.
En cuanto a las actuaciones a financiar por la Junta de Andalucía, se mantiene el importe
estimado de las mismas, estimándose la finalización de las 3 actuaciones para 2028.
Quinto. Como consecuencia de lo anterior es necesario efectuar un reajuste de
anualidades y prorrogar la vigencia actual del Convenio hasta el 28 de diciembre de 2029.
Sexto. La presente adenda se ha tramitado al amparo de lo establecido tanto en la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, como en el artículo
59 (convenios suscritos para la ejecución de proyectos con cargo a fondos europeos)
del Capítulo IV (medidas de agilización para la tramitación de los convenios financiables
con fondos europeos) del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se
aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la
ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Por cuanto antecede, las partes, de conformidad con el artículo 49.g) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Publico, en relación
con lo dispuesto en la cláusula décima del Convenio, acuerdan por unanimidad la
modificación del contenido del Convenio, mediante la suscripción de la presente adenda,
de conformidad con las siguientes
CL ÁUSUL AS
Segunda. Se modifica la cláusula tercera del Convenio, relativa a la «Financiación de
las actuaciones», a la que se le da una nueva redacción con el siguiente tenor:
«3.1. La inversión total necesaria para las actuaciones objeto del presente Convenio
se ha estimado en 74.590.000 euros, IVA incluido, siendo el porcentaje de financiación
a aportar por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico del 50% y
por la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía
el otro 50%, con el siguiente reparto para cada una de las actuaciones:
a) Actuaciones recogidas en el Protocolo General. 37.590.000 euros, repartidos en
las siguientes obras, que serán financiadas y ejecutadas por la Dirección General del
Agua del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico:
- Ampliación y mejora de la EDAR de Matalascañas t.m. de Almonte (Huelva):
27.309.339,34 euros.
- EDAR y colectores en Burguillos t.m. Burguillos (Sevilla): 6.648.663,48 euros.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316616
Primera. La presente adenda tiene por objeto:
a) Adaptar la financiación prevista en el Convenio al ritmo de ejecución de las
actuaciones y prorrogar la vigencia del mismo.
b) Actualizar los importes presupuestados en algunas de las actuaciones programadas
para adecuarlas a la situación actual.
c) Establecer el porcentaje de financiación con fondos FEDER de determinadas
actuaciones como consecuencia de su inclusión en el Programa Operativo Plurirregional
de España (POPE) 2021-2027.
d) Facultar a la Comisión de Seguimiento para aprobar los reajustes de anualidades
siempre y cuando no supongan una alteración (al alza o a la baja) del importe de los
compromisos económicos globales, ni del plazo de duración del Convenio.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 43 - Miércoles, 5 de marzo de 2025
página 3009/5
Tras adjudicarse el contrato de servicios de redacción del proyecto de la
actuación «Redacción del proyecto de adecuación y mejora de la EDAR de Sanlúcar
de Barrameda y agrupación de vertidos y colectores en los núcleos de Sanlúcar de
Barrameda (Cádiz)», su presupuesto se disminuye dando lugar a un nuevo presupuesto
estimado de 631.997,18 euros, integrándose en las anualidades 2024 y 2025.
En cuanto a las actuaciones a financiar por la Junta de Andalucía, se mantiene el importe
estimado de las mismas, estimándose la finalización de las 3 actuaciones para 2028.
Quinto. Como consecuencia de lo anterior es necesario efectuar un reajuste de
anualidades y prorrogar la vigencia actual del Convenio hasta el 28 de diciembre de 2029.
Sexto. La presente adenda se ha tramitado al amparo de lo establecido tanto en la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, como en el artículo
59 (convenios suscritos para la ejecución de proyectos con cargo a fondos europeos)
del Capítulo IV (medidas de agilización para la tramitación de los convenios financiables
con fondos europeos) del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se
aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la
ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Por cuanto antecede, las partes, de conformidad con el artículo 49.g) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Publico, en relación
con lo dispuesto en la cláusula décima del Convenio, acuerdan por unanimidad la
modificación del contenido del Convenio, mediante la suscripción de la presente adenda,
de conformidad con las siguientes
CL ÁUSUL AS
Segunda. Se modifica la cláusula tercera del Convenio, relativa a la «Financiación de
las actuaciones», a la que se le da una nueva redacción con el siguiente tenor:
«3.1. La inversión total necesaria para las actuaciones objeto del presente Convenio
se ha estimado en 74.590.000 euros, IVA incluido, siendo el porcentaje de financiación
a aportar por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico del 50% y
por la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía
el otro 50%, con el siguiente reparto para cada una de las actuaciones:
a) Actuaciones recogidas en el Protocolo General. 37.590.000 euros, repartidos en
las siguientes obras, que serán financiadas y ejecutadas por la Dirección General del
Agua del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico:
- Ampliación y mejora de la EDAR de Matalascañas t.m. de Almonte (Huelva):
27.309.339,34 euros.
- EDAR y colectores en Burguillos t.m. Burguillos (Sevilla): 6.648.663,48 euros.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316616
Primera. La presente adenda tiene por objeto:
a) Adaptar la financiación prevista en el Convenio al ritmo de ejecución de las
actuaciones y prorrogar la vigencia del mismo.
b) Actualizar los importes presupuestados en algunas de las actuaciones programadas
para adecuarlas a la situación actual.
c) Establecer el porcentaje de financiación con fondos FEDER de determinadas
actuaciones como consecuencia de su inclusión en el Programa Operativo Plurirregional
de España (POPE) 2021-2027.
d) Facultar a la Comisión de Seguimiento para aprobar los reajustes de anualidades
siempre y cuando no supongan una alteración (al alza o a la baja) del importe de los
compromisos económicos globales, ni del plazo de duración del Convenio.