Autoridades y personal. . (2025/43-44)
Resolución de 14 de febrero de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir plaza de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios laboral fijo, de la categoría de Titulado Superior de Apoyo a la Docencia e Investigación de la Universidad de Cádiz.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 43 - Miércoles, 5 de marzo de 2025

página 2921/2

de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía 281/2003, de 7 de octubre, el vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral
de las Universidades Públicas de Andalucía, el Reglamento de Selección, Contratación
y Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de
Cádiz, aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz, de fecha 18
de diciembre de 2017, el Reglamento UCA/CG05/2023, de 20 de junio, por el que se
regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la
Universidad de Cádiz del personal a su servicio y de los participantes de los procesos
selectivos y las bases de la presente convocatoria.
1.3. El proceso selectivo constará de dos fases: Fase de concurso y fase de oposición,
con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias especificadas en el Anexo II de
esta convocatoria.
1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo III
de esta convocatoria.
1.5. Las personas que promocionen mediante la transformación de su puesto a la
categoría de grupo inmediatamente superior asumirán las funciones de ésta, además de
las funciones propias de la categoría desde la que promocionan, de conformidad con lo
establecido en el artículo 22.4 del Estatuto de los Trabajadores, así como las funciones,
en su caso, que viniera realizando dicha categoría en virtud de lo previsto en la disposición
adicional séptima del vigente Convenio Colectivo.
1.6. La duración máxima del proceso de celebración de los ejercicios será de cuarenta
y cinco días hábiles a contar desde la finalización del primer ejercicio.

3. Solicitudes.
3.1. De acuerdo con el Reglamento UCA/CG05/2023, de 20 de junio, por el que se
regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la
Universidad de Cádiz del personal a su servicio y de los participantes de los procesos
selectivos, la presentación de las solicitudes se realizará exclusivamente de manera
electrónica.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00316528

2. Requisitos de participación.
2.1. Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes
deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1. Ser personal laboral fijo de la Universidad de Cádiz, con independencia de la
categoría profesional que se ostente, en situación de servicio activo o con reserva de plaza.
2.1.2. Estar en posesión o en condiciones de obtener antes del término del plazo
de presentación de solicitudes del título de Grado, Arquitectura, Ingeniería, Licenciatura
universitaria o titulación equivalente.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar
que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que
acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a quienes
hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las
profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho Comunitario.
2.1.3. Estar en posesión de acreditación para el desempeño de funciones «a», «b»,
«c» y «d» para roedores, según los requisitos del Real Decreto 53/2013, de 1 de febrero,
por el que se establecen las normas básicas aplicables para la protección de los animales
utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia, en vigor.
En el caso de que tenga las antiguas categorías, se homologarán según lo recogido
en la Orden ECC/566/2015, de 20 de marzo, por la que se establecen los requisitos de
capacitación que debe cumplir el personal que maneje animales utilizados, criados o
suministrados con fines de científicos, incluyendo la docencia.
2.2. Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.