Autoridades y personal. . (2025/42-11)
Resolución de 25 de febrero de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifica la Resolución de 11 de octubre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Pinche, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso, convocado mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022, se declaran decaídas a las personas candidatas que se citan y por la que se acude a la relación complementaria de personas aspirantes a las que, siguiendo a las que superan el concurso, se les requiere presentación de solicitudes de petición de centro de destino y se inicia el plazo para solicitar destino.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 42 - Martes, 4 de marzo de 2025
página 2836/5
Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 203, de 17 de octubre de 2024), o al haber
realizado opción de continuar su participación en otra categoría u opción en proceso
selectivo celebrado en desarrollo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas
urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público o haber superado
la edad de jubilación o no haber subsanado aportando la documentación requerida en
el trámite de audiencia otorgado por las citadas Resoluciones de 11 de octubre de 2024
(BOJA núm. 203, de 17 de octubre de 2024) y 22 de enero de 2025 (BOJA núm. 203, de
27 de enero de 2025), ambas de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz
de Salud.
Tercero. Las personas aspirantes que figuran en el Anexo II de esta resolución
deberán presentar, en el plazo de 5 días hábiles, a contar desde el día siguiente hábil al
de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
inclusive, la solicitud de petición de centro de destino de forma electrónica, a través del
formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de petición de destinos de
la Ventanilla Electrónica de la persona Candidata (VEC) disponible en la página web del
Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud).
En virtud de lo dispuesto en la base 11 de las bases generales, y al objeto de garantizar
la obtención de un centro de destino de entre los solicitados, todas las personas aspirantes
que han superado el concurso, con independencia de la puntuación obtenida, han de
solicitar por orden de preferencia todos los centros de destinos ofertados, especificando
para ello los códigos de centros indicados en el anexo de la Resolución de 31 de julio
de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la
que se indica la relación de las plazas que se ofertan y se inicia el plazo para solicitar
destino, publicada en la web del Servicio Andaluz de Salud en fecha 5 de agosto de 2024
y corregida por Resolución de 8 de octubre de 2024 de la Dirección General de Personal
del Servicio Andaluz de Salud, publicada en la web del Servicio Andaluz de Salud
(www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud) en fecha 11 de octubre de 2024.
En dicha solicitud de petición de centro de destino la persona aspirante declarará
bajo su responsabilidad que:
a) No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse
inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
b) No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos. Podrá autorizar la consulta en el Registro Central
de Delincuentes Sexuales del Ministerio de Justicia o aportar original de la certificación
negativa en vigor del mismo en el acto de toma de posesión.
c) No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus
funciones. Y las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad,
que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de
la categoría/especialidad a la que se opta, lo acreditará mediante la presentación del
original del certificado médico en vigor en el acto de toma de posesión.
La petición de centro de destino y las declaraciones responsables requeridas en
la presente resolución deberán ser presentadas de forma electrónica a través de la
VEC, acreditándose a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316443
Segundo. Publicar como Anexo II de esta resolución relación complementaria de
personas aspirantes a las que se acude en esta resolución, y que, siguiendo a las que
superan el concurso de Pinche por el sistema de acceso libre, se les requiere presentación
de solicitudes de petición de centro de destino, para su posible nombramiento como
personal estatutario fijo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 42 - Martes, 4 de marzo de 2025
página 2836/5
Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 203, de 17 de octubre de 2024), o al haber
realizado opción de continuar su participación en otra categoría u opción en proceso
selectivo celebrado en desarrollo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas
urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público o haber superado
la edad de jubilación o no haber subsanado aportando la documentación requerida en
el trámite de audiencia otorgado por las citadas Resoluciones de 11 de octubre de 2024
(BOJA núm. 203, de 17 de octubre de 2024) y 22 de enero de 2025 (BOJA núm. 203, de
27 de enero de 2025), ambas de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz
de Salud.
Tercero. Las personas aspirantes que figuran en el Anexo II de esta resolución
deberán presentar, en el plazo de 5 días hábiles, a contar desde el día siguiente hábil al
de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
inclusive, la solicitud de petición de centro de destino de forma electrónica, a través del
formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de petición de destinos de
la Ventanilla Electrónica de la persona Candidata (VEC) disponible en la página web del
Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud).
En virtud de lo dispuesto en la base 11 de las bases generales, y al objeto de garantizar
la obtención de un centro de destino de entre los solicitados, todas las personas aspirantes
que han superado el concurso, con independencia de la puntuación obtenida, han de
solicitar por orden de preferencia todos los centros de destinos ofertados, especificando
para ello los códigos de centros indicados en el anexo de la Resolución de 31 de julio
de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la
que se indica la relación de las plazas que se ofertan y se inicia el plazo para solicitar
destino, publicada en la web del Servicio Andaluz de Salud en fecha 5 de agosto de 2024
y corregida por Resolución de 8 de octubre de 2024 de la Dirección General de Personal
del Servicio Andaluz de Salud, publicada en la web del Servicio Andaluz de Salud
(www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud) en fecha 11 de octubre de 2024.
En dicha solicitud de petición de centro de destino la persona aspirante declarará
bajo su responsabilidad que:
a) No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse
inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
b) No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos. Podrá autorizar la consulta en el Registro Central
de Delincuentes Sexuales del Ministerio de Justicia o aportar original de la certificación
negativa en vigor del mismo en el acto de toma de posesión.
c) No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus
funciones. Y las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad,
que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de
la categoría/especialidad a la que se opta, lo acreditará mediante la presentación del
original del certificado médico en vigor en el acto de toma de posesión.
La petición de centro de destino y las declaraciones responsables requeridas en
la presente resolución deberán ser presentadas de forma electrónica a través de la
VEC, acreditándose a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316443
Segundo. Publicar como Anexo II de esta resolución relación complementaria de
personas aspirantes a las que se acude en esta resolución, y que, siguiendo a las que
superan el concurso de Pinche por el sistema de acceso libre, se les requiere presentación
de solicitudes de petición de centro de destino, para su posible nombramiento como
personal estatutario fijo.