Disposiciones generales. . (2025/42-2)
Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras entidades y Grupos de Corresponsales Juveniles, para la realización de actuaciones en materia de juventud, para el ejercicio 2025.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 42 - Martes, 4 de marzo de 2025
página 2849/17
(Página 8 de 11 )
ANEXO I
5. CRITERIOS DE VALORACIÓN: INFORMACIÓN Y DATOS NECESARIOS PARA APLICARLOS
CRITERIOS OBJETIVOS GENERALES DE VALORACIÓN
Se valorará con un máximo de 70 puntos y deberá ser cumplimentado por el solicitante, argumentando su cumplimiento.
5.2.- Incidencia de la puesta en marcha del proyecto en la creación y mantenimiento de empleo para jóvenes (máximo 16
puntos) (Indicar el número de personas, edades y vinculación laboral con la entidad solicitante que forman el equipo humano
encargado de la realización de la actividad).
5.3.- Grado de compromiso medioambiental de las actividades subvencionadas (máximo 16 puntos)
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00316456
003385/2
PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
5.1.- Actuaciones dirigidas a promover la igualdad de género, así como actuaciones dirigidas a garantizar los derechos y la
igualdad de trato por razones de orientación sexual, identidad sexual e identidad de género de las personas jóvenes,
homosexuales, bisexuales, transexuales, transgénero y/o intersexuales (LGTBI) y la formación en materia de las mismas, así
como las actuaciones dirigidas a promover la prevención de violencia de género y la formación en materia de la misma.
(máximo 16 puntos)
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 42 - Martes, 4 de marzo de 2025
página 2849/17
(Página 8 de 11 )
ANEXO I
5. CRITERIOS DE VALORACIÓN: INFORMACIÓN Y DATOS NECESARIOS PARA APLICARLOS
CRITERIOS OBJETIVOS GENERALES DE VALORACIÓN
Se valorará con un máximo de 70 puntos y deberá ser cumplimentado por el solicitante, argumentando su cumplimiento.
5.2.- Incidencia de la puesta en marcha del proyecto en la creación y mantenimiento de empleo para jóvenes (máximo 16
puntos) (Indicar el número de personas, edades y vinculación laboral con la entidad solicitante que forman el equipo humano
encargado de la realización de la actividad).
5.3.- Grado de compromiso medioambiental de las actividades subvencionadas (máximo 16 puntos)
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00316456
003385/2
PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
5.1.- Actuaciones dirigidas a promover la igualdad de género, así como actuaciones dirigidas a garantizar los derechos y la
igualdad de trato por razones de orientación sexual, identidad sexual e identidad de género de las personas jóvenes,
homosexuales, bisexuales, transexuales, transgénero y/o intersexuales (LGTBI) y la formación en materia de las mismas, así
como las actuaciones dirigidas a promover la prevención de violencia de género y la formación en materia de la misma.
(máximo 16 puntos)
https://www.juntadeandalucia.es/eboja