Autoridades y personal. . (2025/41-34)
Resolución de 25 de febrero de 2025, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso público de méritos para la creación de bolsa de trabajo de profesorado sustituto.
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Número 41 - Lunes, 3 de marzo de 2025
página 2802/2
siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge
siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores
de dicha edad dependientes.
Asimismo, podrán participar las personas extranjeras que, no estando incluidas
en los párrafos anteriores, se encuentren en España en situación de legalidad, siendo
titulares de los documentos que les habiliten para residir y para acceder sin limitaciones
al mercado laboral.
b) No exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño laboral necesario de las
competencias vinculadas al profesorado universitario.
d) No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de
las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala
de funcionarios, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso
del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título universitario de Grado, Licenciado, Arquitecto, Ingeniero
o Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico, o, en su caso, certificación del pago
de los derechos de expedición del título. En caso de haber cursado estudios universitarios
en el extranjero, la titulación académica deberá estar homologada por el Ministerio
competente en materia de educación, de conformidad con la legislación vigente. En todo
caso, la titulación deberá acreditarse documentalmente por la persona aspirante.
f) No estar afectado de incompatibilidad, conforme a lo establecido en la Ley 53/1984,
de 26 de diciembre, y demás normas de desarrollo, en materia de incompatibilidades. El
personal incluido en el ámbito de aplicación de la citada Ley sólo podrá compatibilizar
sus actividades con el desempeño de puestos en el sector público en los supuestos
contemplados en la Ley. En cualquier caso, la jornada y horario de la actividad principal
debe ser compatible con el horario docente ofertado y aceptado a la firma del contrato.
3.2. Los requisitos, condiciones y méritos alegados por los/as aspirantes deberán
haberse adquirido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y, en
su caso, mantenerse hasta el momento de la formalización del contrato laboral, así como
durante la totalidad del período de contratación.
3.3. Cada una de las personas aspirantes es personalmente responsable de la
veracidad de la documentación aportada y estará obligado a presentar los documentos
originales, en cualquier momento, a requerimiento de la Administración y en todo caso
cuando se produzcan llamamientos concretos para la formalización de los eventuales
contratos como profesorado sustituto.
El falseamiento de la documentación aportada justificativa de los requisitos o
méritos alegados implicará la exclusión de la persona candidata de la bolsa de trabajo,
reservándose la Universidad el ejercicio de las acciones legales a que haya lugar en
derecho.
3.4. Las personas aspirantes que soliciten la concurrencia a la bolsa en las áreas
de Filología Francesa y Filología Alemana deberán estar en posesión de un nivel C1 del
correspondiente idioma, exceptuando aquellas personas cuya titulación de acceso sea
la Licenciatura/Grado en Filología Francesa y Filología Alemana. La no acreditación de
dicho requisito supondrá la exclusión de la bolsa, no pudiendo participar en la misma.
4. Procedimiento de inscripción.
4.1. La inscripción en la bolsa de trabajo, y la justificación documental de los
méritos, se realizará a través de la plataforma de baremación de profesorado
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316409
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 2802/2
siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge
siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores
de dicha edad dependientes.
Asimismo, podrán participar las personas extranjeras que, no estando incluidas
en los párrafos anteriores, se encuentren en España en situación de legalidad, siendo
titulares de los documentos que les habiliten para residir y para acceder sin limitaciones
al mercado laboral.
b) No exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño laboral necesario de las
competencias vinculadas al profesorado universitario.
d) No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de
las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala
de funcionarios, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso
del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título universitario de Grado, Licenciado, Arquitecto, Ingeniero
o Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico, o, en su caso, certificación del pago
de los derechos de expedición del título. En caso de haber cursado estudios universitarios
en el extranjero, la titulación académica deberá estar homologada por el Ministerio
competente en materia de educación, de conformidad con la legislación vigente. En todo
caso, la titulación deberá acreditarse documentalmente por la persona aspirante.
f) No estar afectado de incompatibilidad, conforme a lo establecido en la Ley 53/1984,
de 26 de diciembre, y demás normas de desarrollo, en materia de incompatibilidades. El
personal incluido en el ámbito de aplicación de la citada Ley sólo podrá compatibilizar
sus actividades con el desempeño de puestos en el sector público en los supuestos
contemplados en la Ley. En cualquier caso, la jornada y horario de la actividad principal
debe ser compatible con el horario docente ofertado y aceptado a la firma del contrato.
3.2. Los requisitos, condiciones y méritos alegados por los/as aspirantes deberán
haberse adquirido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y, en
su caso, mantenerse hasta el momento de la formalización del contrato laboral, así como
durante la totalidad del período de contratación.
3.3. Cada una de las personas aspirantes es personalmente responsable de la
veracidad de la documentación aportada y estará obligado a presentar los documentos
originales, en cualquier momento, a requerimiento de la Administración y en todo caso
cuando se produzcan llamamientos concretos para la formalización de los eventuales
contratos como profesorado sustituto.
El falseamiento de la documentación aportada justificativa de los requisitos o
méritos alegados implicará la exclusión de la persona candidata de la bolsa de trabajo,
reservándose la Universidad el ejercicio de las acciones legales a que haya lugar en
derecho.
3.4. Las personas aspirantes que soliciten la concurrencia a la bolsa en las áreas
de Filología Francesa y Filología Alemana deberán estar en posesión de un nivel C1 del
correspondiente idioma, exceptuando aquellas personas cuya titulación de acceso sea
la Licenciatura/Grado en Filología Francesa y Filología Alemana. La no acreditación de
dicho requisito supondrá la exclusión de la bolsa, no pudiendo participar en la misma.
4. Procedimiento de inscripción.
4.1. La inscripción en la bolsa de trabajo, y la justificación documental de los
méritos, se realizará a través de la plataforma de baremación de profesorado
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316409
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía