3. Otras disposiciones. . (2025/40-60)
Resolución de 21 de febrero de 2025, del Rector de la Universidad de Granada, por la que se acuerda la publicación del Plan Propio de Investigación y Transferencia de la Universidad de Granada para el año 2025.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 40 - Jueves, 27 de febrero de 2025
página 2642/4
Para optar al cupo reservado a personas con diversidad funcional debe hacerse
constar en el formulario de solicitud y adjuntar documento acreditativo de un grado de
discapacidad igual o superior al 33%. La no acreditación del grado de discapacidad
implicará la desestimación de la solicitud, que no podrá ser considerada para el acceso
general. Quienes opten por participar por el cupo de personas con diversidad funcional
no podrán cambiarse de cupo una vez formulada la solicitud por dicha opción.
6. Consignar los agradecimientos.
Las personas beneficiarias deberán incluir al Plan Propio de Investigación y
Transferencia de la Universidad de Granada en los agradecimientos de las publicaciones
derivadas de la ayuda, así como añadir a la Universidad de Granada en la afiliación en
dichas publicaciones.
Adicionalmente, las publicaciones realizadas se publicarán de forma pública en el
Repositorio de la Biblioteca Universitaria de la Universidad de Granada, lo que podrá
valorarse por las diferentes comisiones de evaluación.
8. Obligaciones de las personas beneficiarias.
El plazo máximo para justificar las ayudas concedidas en la convocatoria de 2025
será hasta el 31 de mayo de 2026. La justificación económica de las ayudas consistirá en
la presentación de una copia de los justificantes de gasto tramitados, y podrá limitarse a
la aportación de un extracto contable extraído del programa de gestión económica y, en
el caso de liquidaciones de dietas, una copia de la liquidación de comisión de servicios
o bolsa de viaje. Las becas y contratos concedidos no serán objeto de justificación
económica.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316249
7. Directrices para especificar la afiliación a la Universidad de Granada en las publicaciones
derivadas de las ayudas de los distintos programas.
La falta de normalización de la afiliación del personal investigador en las publicaciones
científicas y en las principales bases de datos bibliográficas disminuye la visibilidad de su
autoría y la de la institución a la que pertenecen, con el consiguiente perjuicio tanto para
la recuperación de las publicaciones y de las citas recibidas, como para el análisis de
datos con fines de política científica.
Por ello, se establecen a continuación unas directrices para facilitar la recuperación
íntegra de las publicaciones generadas en la Universidad de Granada y mejorar la
fiabilidad de indicadores bibliométricos sobre productividad, impacto o ranking de países,
instituciones y regiones:
En todas las producciones científicas en las que uno de los autores o autoras forme
parte de nuestra comunidad universitaria, debe aparecer siempre en la firma del trabajo
«Universidad de Granada», en español, sin siglas, abreviaturas, ni traducciones, seguido
si procede de la unidad/departamento donde trabaja el investigador o investigadora. Este
requisito para el reconocimiento de la autoría por parte de la Universidad de Granada se
debe respetar siempre.
- Cuando el personal de la Universidad de Granada realice estancias temporales fuera
de la Universidad, en otras universidades o centros de investigación, deberá mantener la
afiliación con su institución de origen, siendo recomendable especificar el nombre de
ambas instituciones.
- El personal investigador que realice estancias en la Universidad de Granada deberá
reflejar su doble afiliación, tanto en la institución de origen como en la de destino.
- Conviene usar siempre el nombre de la Universidad en castellano, salvo que exista
una razón explícita en sentido contrario. En ese caso se debe optar por la traducción
oficial al inglés, «University of Granada», y en su caso, utilizar siempre la variante oficial
del nombre del centro.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 40 - Jueves, 27 de febrero de 2025
página 2642/4
Para optar al cupo reservado a personas con diversidad funcional debe hacerse
constar en el formulario de solicitud y adjuntar documento acreditativo de un grado de
discapacidad igual o superior al 33%. La no acreditación del grado de discapacidad
implicará la desestimación de la solicitud, que no podrá ser considerada para el acceso
general. Quienes opten por participar por el cupo de personas con diversidad funcional
no podrán cambiarse de cupo una vez formulada la solicitud por dicha opción.
6. Consignar los agradecimientos.
Las personas beneficiarias deberán incluir al Plan Propio de Investigación y
Transferencia de la Universidad de Granada en los agradecimientos de las publicaciones
derivadas de la ayuda, así como añadir a la Universidad de Granada en la afiliación en
dichas publicaciones.
Adicionalmente, las publicaciones realizadas se publicarán de forma pública en el
Repositorio de la Biblioteca Universitaria de la Universidad de Granada, lo que podrá
valorarse por las diferentes comisiones de evaluación.
8. Obligaciones de las personas beneficiarias.
El plazo máximo para justificar las ayudas concedidas en la convocatoria de 2025
será hasta el 31 de mayo de 2026. La justificación económica de las ayudas consistirá en
la presentación de una copia de los justificantes de gasto tramitados, y podrá limitarse a
la aportación de un extracto contable extraído del programa de gestión económica y, en
el caso de liquidaciones de dietas, una copia de la liquidación de comisión de servicios
o bolsa de viaje. Las becas y contratos concedidos no serán objeto de justificación
económica.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316249
7. Directrices para especificar la afiliación a la Universidad de Granada en las publicaciones
derivadas de las ayudas de los distintos programas.
La falta de normalización de la afiliación del personal investigador en las publicaciones
científicas y en las principales bases de datos bibliográficas disminuye la visibilidad de su
autoría y la de la institución a la que pertenecen, con el consiguiente perjuicio tanto para
la recuperación de las publicaciones y de las citas recibidas, como para el análisis de
datos con fines de política científica.
Por ello, se establecen a continuación unas directrices para facilitar la recuperación
íntegra de las publicaciones generadas en la Universidad de Granada y mejorar la
fiabilidad de indicadores bibliométricos sobre productividad, impacto o ranking de países,
instituciones y regiones:
En todas las producciones científicas en las que uno de los autores o autoras forme
parte de nuestra comunidad universitaria, debe aparecer siempre en la firma del trabajo
«Universidad de Granada», en español, sin siglas, abreviaturas, ni traducciones, seguido
si procede de la unidad/departamento donde trabaja el investigador o investigadora. Este
requisito para el reconocimiento de la autoría por parte de la Universidad de Granada se
debe respetar siempre.
- Cuando el personal de la Universidad de Granada realice estancias temporales fuera
de la Universidad, en otras universidades o centros de investigación, deberá mantener la
afiliación con su institución de origen, siendo recomendable especificar el nombre de
ambas instituciones.
- El personal investigador que realice estancias en la Universidad de Granada deberá
reflejar su doble afiliación, tanto en la institución de origen como en la de destino.
- Conviene usar siempre el nombre de la Universidad en castellano, salvo que exista
una razón explícita en sentido contrario. En ese caso se debe optar por la traducción
oficial al inglés, «University of Granada», y en su caso, utilizar siempre la variante oficial
del nombre del centro.