Disposiciones generales. . (2025/40-1)
Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Dirección General de Comercio, por la que se convoca la Octava Edición de los Premios a la Artesanía de Andalucía, correspondiente al año 2025.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 40 - Jueves, 27 de febrero de 2025
página 2611/2
b) Al Premio Andaluz a la Obra Singular de Artesanía, las personas, físicas o jurídicas,
artesanas inscritas como tales en la sección primera o segunda del Registro de Artesanía
de Andalucía, a la fecha de inicio de presentación de candidaturas.
c) Al Premio Andaluz a la Innovación y la Investigación en Artesanía, las personas
físicas o jurídicas y las Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de artesanas
y artesanos, inscritas como tales, en la sección correspondiente del Registro de
Artesanía de Andalucía a la fecha de inicio de presentación de candidaturas; así como
Universidades y Centros de enseñanza, tanto públicos como privados, que impartan
materias relacionadas con la artesanía.
d) Al Premio Andaluz a la Calidad en la Promoción y Comercialización de la Artesanía,
las personas físicas o jurídicas y entidades públicas o privadas que hayan realizado
proyectos en relación con la promoción y comercialización de la artesanía en Andalucía.
2. Las candidaturas podrán presentarse directamente por las personas interesadas o
sus representantes.
3. La misma persona o entidad candidata puede optar, como máximo, a dos
modalidades de los premios.
4. Cualquiera de las candidaturas que se presenten deberán cumplir los siguientes
requisitos:
a) En las modalidades 1, 2 y 3 estar inscritas, antes de la fecha de inicio del plazo de
presentación de solicitudes, en el Registro de Artesanía de Andalucía.
b) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y a la Seguridad Social
impuestas por las disposiciones legales vigentes.
c) No haber sido objeto de sanción, por la Administración, por la comisión de
infracciones graves o muy graves contempladas en los artículos 24 y 25 de la Ley 15/2005,
de 22 de diciembre, de Artesanía de Andalucía, en los últimos tres años a contar desde la
fecha de presentación de las candidaturas.
d) No haber sido objeto de sanción o condena, en los últimos tres años a contar
desde la fecha de presentación de las candidaturas, por resolución administrativa
firme o sentencia judicial firme, por alentar o tolerar prácticas laborales consideradas
discriminatorias o contrarias a la consecución de la igualdad de género, a la igualdad de
oportunidades, o a la accesibilidad universal de las personas con discapacidades, por la
legislación vigente.
e) No haber sido objeto de sanción o condena, en los últimos tres años a contar
desde la fecha de presentación de las candidaturas, por resolución administrativa firme
o sentencia judicial firme, por prácticas contrarias a la protección de los derechos e
intereses legítimos de los consumidores y usuarios.
Cuarto. Plazo de presentación.
El plazo de presentación de las candidaturas será de un mes a contar desde el día
siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.
Sexto. Fallo y publicación.
Conforme al artículo 14 de la Orden de 26 de diciembre de 2017, el fallo del Jurado
será motivado e inapelable y en él figurará el nombre de las personas o entidades que se
considerarán idóneas para que se les otorgue el Premio a la Artesanía de Andalucía de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316219
Quinto. Presentación de candidaturas.
Las solicitudes de las candidaturas se presentarán de acuerdo a lo establecido en
los artículos 4 y 5 de la Orden de 26 de diciembre de 2017, mediante el formulario de
solicitud conforme al modelo que se incorpora como anexo a la presente resolución, que
se encuentra disponible en la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/12252.html
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 40 - Jueves, 27 de febrero de 2025
página 2611/2
b) Al Premio Andaluz a la Obra Singular de Artesanía, las personas, físicas o jurídicas,
artesanas inscritas como tales en la sección primera o segunda del Registro de Artesanía
de Andalucía, a la fecha de inicio de presentación de candidaturas.
c) Al Premio Andaluz a la Innovación y la Investigación en Artesanía, las personas
físicas o jurídicas y las Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de artesanas
y artesanos, inscritas como tales, en la sección correspondiente del Registro de
Artesanía de Andalucía a la fecha de inicio de presentación de candidaturas; así como
Universidades y Centros de enseñanza, tanto públicos como privados, que impartan
materias relacionadas con la artesanía.
d) Al Premio Andaluz a la Calidad en la Promoción y Comercialización de la Artesanía,
las personas físicas o jurídicas y entidades públicas o privadas que hayan realizado
proyectos en relación con la promoción y comercialización de la artesanía en Andalucía.
2. Las candidaturas podrán presentarse directamente por las personas interesadas o
sus representantes.
3. La misma persona o entidad candidata puede optar, como máximo, a dos
modalidades de los premios.
4. Cualquiera de las candidaturas que se presenten deberán cumplir los siguientes
requisitos:
a) En las modalidades 1, 2 y 3 estar inscritas, antes de la fecha de inicio del plazo de
presentación de solicitudes, en el Registro de Artesanía de Andalucía.
b) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y a la Seguridad Social
impuestas por las disposiciones legales vigentes.
c) No haber sido objeto de sanción, por la Administración, por la comisión de
infracciones graves o muy graves contempladas en los artículos 24 y 25 de la Ley 15/2005,
de 22 de diciembre, de Artesanía de Andalucía, en los últimos tres años a contar desde la
fecha de presentación de las candidaturas.
d) No haber sido objeto de sanción o condena, en los últimos tres años a contar
desde la fecha de presentación de las candidaturas, por resolución administrativa
firme o sentencia judicial firme, por alentar o tolerar prácticas laborales consideradas
discriminatorias o contrarias a la consecución de la igualdad de género, a la igualdad de
oportunidades, o a la accesibilidad universal de las personas con discapacidades, por la
legislación vigente.
e) No haber sido objeto de sanción o condena, en los últimos tres años a contar
desde la fecha de presentación de las candidaturas, por resolución administrativa firme
o sentencia judicial firme, por prácticas contrarias a la protección de los derechos e
intereses legítimos de los consumidores y usuarios.
Cuarto. Plazo de presentación.
El plazo de presentación de las candidaturas será de un mes a contar desde el día
siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.
Sexto. Fallo y publicación.
Conforme al artículo 14 de la Orden de 26 de diciembre de 2017, el fallo del Jurado
será motivado e inapelable y en él figurará el nombre de las personas o entidades que se
considerarán idóneas para que se les otorgue el Premio a la Artesanía de Andalucía de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316219
Quinto. Presentación de candidaturas.
Las solicitudes de las candidaturas se presentarán de acuerdo a lo establecido en
los artículos 4 y 5 de la Orden de 26 de diciembre de 2017, mediante el formulario de
solicitud conforme al modelo que se incorpora como anexo a la presente resolución, que
se encuentra disponible en la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/12252.html