3. Otras disposiciones. . (2025/40-51)
Resolución de 13 de febrero de 2025, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se hace público el reconocimiento de los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía 2023-2027, su denominación, la Zona Rural Leader asignada, su código y la asignación económica destinada a la implementación de las Estrategias de Desarrollo Local seleccionadas.
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Número 40 - Jueves, 27 de febrero de 2025
página 2605/2
Ante el volumen y especificidad de las Estrategias de Desarrollo Local, de la
experiencia acumulada en el periodo 2014-2022 y en aras a agilizar las actuaciones para
una eficiente gestión, la Autoridad Regional de Gestión del PEPAC de Andalucía 20232027, por Resolución de 24 de abril de 2023, de la Viceconsejería de Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo rural, delega las competencias en materia de selección de las citadas
Estrategias en la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria
de la misma Consejería, con cargo al FEADER.
En el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía, mediante Orden de 3
de noviembre de 2023, de selección de las Estrategias de Desarrollo Local Leader y de
reconocimiento de los Grupos de Desarrollo Rural, se regula y convoca el procedimiento
para la selección de los Grupos de Desarrollo Rural Candidatos y la concesión de la
ayuda preparatoria para la elaboración de las Estrategias de Desarrollo Local Leader en
concurrencia competitiva, la selección de las mismas y el reconocimiento de los Grupos
de Desarrollo Rural en el marco 2023-2027 (BOJA número 223, de 21 de noviembre de
2023).
De conformidad con el Capítulo II de la Orden de 3 de noviembre de 2023, por
Resolución de 26 de abril de 2024, de la la Dirección General de Industrias, Innovación
y Cadena Agroalimentaria, se seleccionó a 48 asociaciones como Grupos de Desarrollo
Rural Candidatos del marco 2023-2027, concediéndole la ayuda preparatoria para el
diseño, presentación y preparación de la implementación de la Estrategia de Desarrollo
Local de una o dos de las Zonas Rurales Leader incluidas en el Anexo IX de la citada
orden, así como a costear los gastos requeridos para el funcionamiento del Grupo y la
animación del territorio durante dicho proceso de diseño.
De acuerdo con el artículo 32.2 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, las Estrategias de Desarrollo Local deben
seleccionarse por un comité creado a tal efecto por la autoridad o las autoridades de
gestión responsables y ser aprobadas por estas mismas autoridades.
Una vez seleccionados los Grupos de Desarrollo Rural Candidatos para la
elaboración de las Estrategias de Desarrollo Local, se inicia el procedimiento previsto
en el Capítulo III de la Orden de 3 de noviembre de 2023 de selección de las Estrategias
de Desarrollo Local Leader y de reconocimiento de los Grupos de Desarrollo Rural, que
se resuelve mediante resoluciones de 19 de noviembre de 2024, de la Dirección General
de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, que fueron notificadas a las 48
entidades reconocidas como Grupos de Desarrollo de Andalucía en el marco 2023-2027.
De las 48 entidades reconocidas Grupos de Desarrollo Rural, cuatro de ellas, que
solicitaron dos Zonas Rurales Leader limítrofes y de la misma provincia, implementaran
una Estrategia de Desarrollo Local de ambas zonas, tras la unificación de las mismas, de
conformidad con lo establecido en el artículo 47.3.a) de la Orden de 3 de noviembre de
2023, tal y como se recoge en la Resolución de 19 de noviembre de 2024.
En cumplimiento con lo previsto en el artículo 48.2 de la Orden de 3 de noviembre
de 2023, se hace necesario publicar en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, la
relación de los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía 2023-2027, su denominación, la
Zona o Zonas Rurales Leader asignadas que han sido unificadas y su código, así como la
asignación económica, que no tiene la consideración de ayuda concedida, destinada a la
implementación de las Estrategias seleccionadas.
Los fondos asignados de las letras b) y c) del apartado 1 del artículo 34 del
Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de
2021, correspondientes a las Intervenciones 7119.2, 7119.3 y 7119.4 del PEPAC, están
cofinanciados en un 85% por la Unión Europea mediante el Fondo Europeo Agrícola de
Desarrollo Rural (FEADER), siendo la contribución financiera aportada por la Comunidad
Autónoma de Andalucía el 15% restante.
De acuerdo con el artículo 12 del Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316214
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 2605/2
Ante el volumen y especificidad de las Estrategias de Desarrollo Local, de la
experiencia acumulada en el periodo 2014-2022 y en aras a agilizar las actuaciones para
una eficiente gestión, la Autoridad Regional de Gestión del PEPAC de Andalucía 20232027, por Resolución de 24 de abril de 2023, de la Viceconsejería de Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo rural, delega las competencias en materia de selección de las citadas
Estrategias en la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria
de la misma Consejería, con cargo al FEADER.
En el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía, mediante Orden de 3
de noviembre de 2023, de selección de las Estrategias de Desarrollo Local Leader y de
reconocimiento de los Grupos de Desarrollo Rural, se regula y convoca el procedimiento
para la selección de los Grupos de Desarrollo Rural Candidatos y la concesión de la
ayuda preparatoria para la elaboración de las Estrategias de Desarrollo Local Leader en
concurrencia competitiva, la selección de las mismas y el reconocimiento de los Grupos
de Desarrollo Rural en el marco 2023-2027 (BOJA número 223, de 21 de noviembre de
2023).
De conformidad con el Capítulo II de la Orden de 3 de noviembre de 2023, por
Resolución de 26 de abril de 2024, de la la Dirección General de Industrias, Innovación
y Cadena Agroalimentaria, se seleccionó a 48 asociaciones como Grupos de Desarrollo
Rural Candidatos del marco 2023-2027, concediéndole la ayuda preparatoria para el
diseño, presentación y preparación de la implementación de la Estrategia de Desarrollo
Local de una o dos de las Zonas Rurales Leader incluidas en el Anexo IX de la citada
orden, así como a costear los gastos requeridos para el funcionamiento del Grupo y la
animación del territorio durante dicho proceso de diseño.
De acuerdo con el artículo 32.2 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, las Estrategias de Desarrollo Local deben
seleccionarse por un comité creado a tal efecto por la autoridad o las autoridades de
gestión responsables y ser aprobadas por estas mismas autoridades.
Una vez seleccionados los Grupos de Desarrollo Rural Candidatos para la
elaboración de las Estrategias de Desarrollo Local, se inicia el procedimiento previsto
en el Capítulo III de la Orden de 3 de noviembre de 2023 de selección de las Estrategias
de Desarrollo Local Leader y de reconocimiento de los Grupos de Desarrollo Rural, que
se resuelve mediante resoluciones de 19 de noviembre de 2024, de la Dirección General
de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, que fueron notificadas a las 48
entidades reconocidas como Grupos de Desarrollo de Andalucía en el marco 2023-2027.
De las 48 entidades reconocidas Grupos de Desarrollo Rural, cuatro de ellas, que
solicitaron dos Zonas Rurales Leader limítrofes y de la misma provincia, implementaran
una Estrategia de Desarrollo Local de ambas zonas, tras la unificación de las mismas, de
conformidad con lo establecido en el artículo 47.3.a) de la Orden de 3 de noviembre de
2023, tal y como se recoge en la Resolución de 19 de noviembre de 2024.
En cumplimiento con lo previsto en el artículo 48.2 de la Orden de 3 de noviembre
de 2023, se hace necesario publicar en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, la
relación de los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía 2023-2027, su denominación, la
Zona o Zonas Rurales Leader asignadas que han sido unificadas y su código, así como la
asignación económica, que no tiene la consideración de ayuda concedida, destinada a la
implementación de las Estrategias seleccionadas.
Los fondos asignados de las letras b) y c) del apartado 1 del artículo 34 del
Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de
2021, correspondientes a las Intervenciones 7119.2, 7119.3 y 7119.4 del PEPAC, están
cofinanciados en un 85% por la Unión Europea mediante el Fondo Europeo Agrícola de
Desarrollo Rural (FEADER), siendo la contribución financiera aportada por la Comunidad
Autónoma de Andalucía el 15% restante.
De acuerdo con el artículo 12 del Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316214
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía