Disposiciones generales. . (2025/40-2)
Decreto 48/2025, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Catálogo de Prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 40 - Jueves, 27 de febrero de 2025

página 2746/76

Necesidad social básica a la
que da respuesta
Denominación de la prestación
Definición
Naturaleza jurídica
Tipo de prestación
Población destinataria

Requisitos y procedimientos de
acceso

Convivencia Familiar
3.1.8. Registro de parejas de hecho
Registro administrativo único para toda la Comunidad Autónoma de Andalucía, de carácter
voluntario y gratuito, dirigido a parejas con independencia de su opción sexual, a fin de
convivir de forma estable en una relación de afectividad análoga a la conyugal.
Prestación garantizada
Prestación de servicios
Población general



Requisitos:

1)
2)

Ser mayor de edad
No estar ligados por vínculo matrimonial, ni formar pareja estable no casada con
otra persona, ni ser pareja de hecho anteriormente inscrita en el Registro o en
cualquiera de los Registros de uniones o parejas de hecho creados por los
municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin que conste inscripción de
baja por disolución de la pareja de hecho.
Tener residencia habitual, al menos una de las personas miembros, en cualquier
municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
No ser parientes en línea recta por consanguinidad o adopción ni colaterales por
consanguinidad en segundo grado.
Declaración de voluntad de constituir una pareja de hecho
Ser persona menor emancipada.
No estar incapacitada/o judicialmente.

3)
4)
5)
6)
7)



Plazo de concesión
Participación de las personas
usuarias en su financiación
Causas de suspensión o
extinción

Procedimiento de acceso: Se puede acceder al Registro de Parejas de Hecho a través
de los Ayuntamientos andaluces o directamente en las Delegaciones Territoriales de
la Consejería competente en materia de servicios sociales, correspondientes a la
residencia habitual de las personas solicitantes.

1 mes
Exenta
Por muerte, baja por mutuo acuerdo o voluntad unilateral, por matrimonio de la pareja o de
una de las personas miembros, por cese de la convivencia por período superior a un año, por
traslado de residencia habitual de ambas personas miembros de la pareja de hecho fuera de
la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Administración Pública a quien
Local y Autonómica
compete su prestación
Origen de la financiación

Local y Autonómica

Tipo de gestión de la prestación Directa
Titularidad del centro en el que
Pública
se presta
Características de calidad



Manual de Estándares de Servicios de Información y Asesoramiento
Ámbito funcional y territorial

Nivel de atención

No aplica

Ámbito territorial

No aplica

Tipo de centro, entidad o
dispositivo

Delegaciones Territoriales de la Consejería competente en materia de servicios sociales

Organización
Prescripción
Resolución
Ejecución

Autonómica
Autonómica
Local y Autonómica
Autonómica

00316353

Modelo de provisión

72

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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