Autoridades y personal. . (2025/39-21)
Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca concurso público para cubrir, mediante contrato laboral de duración determinada, plazas de Coordinador de Prácticas-Profesor Asociado de Concierto con las Instituciones Sanitarias.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 39 - Miércoles, 26 de febrero de 2025

página 2641/5

6. Resolución y Propuesta de Contratación.
6.1. El Rectorado, una vez publicada la lista definitiva de admitidos y excluidos, remitirá
a los Departamentos correspondientes la documentación de los aspirantes admitidos
para su informe preceptivo por el Consejo de Departamento.
Para la resolución de estas plazas, será de aplicación el baremo contenido en el
Anexo II de la presente convocatoria.
Los aspirantes a las citadas plazas cumplimentarán la instancia-currículum, realizando
la autobaremación de sus méritos. El Departamento emitirá informe, que habrá de ser
razonado, en cualquier caso, el cual incluirá una baremación previa, que confirmará o
corregirá dicha autobaremación, y que servirá de base para la baremación definitiva que
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00316248

- En el caso de estar exento del pago de los derechos de participación, justificante
acreditativo de la correspondiente condición a que da derecho, de acuerdo con lo
establecido en la base 5.2.
- Hoja de servicios y certificación actualizadas emitidos por el organismo competente,
en la que se especifique el puesto que actualmente ocupa el solicitante, turno de trabajo,
antigüedad, centro, lugar y servicio asistencial en el que realiza su actividad, que deberá
ser concordante con el de la plaza docente que solicita.
- Autobaremación.
- Documentación acreditativa de los méritos que se aleguen en la instancia (para la
acreditación de las publicaciones será suficiente la presentación de la primera página).
- Programación relacionada con la actividad profesional que se pretende impartir.
En caso de falsedad o manipulación en algún documento, decaerá el derecho a la
participación en el concurso, con independencia de la responsabilidad a que hubiere
lugar. En cualquier caso, la Comisión de Contratación o Comisiones Técnicas podrán
requerir de los aspirantes la presentación de los originales de la documentación aportada,
siendo excluidos del concurso si no cumplimentan el requerimiento.
Sólo se tendrán en cuenta aquellos méritos que se hayan relacionado expresamente
en la instancia-currículum y queden debidamente acreditados.
Asimismo, los méritos deberán ser numerados en el orden correspondiente que figure
en la instancia-currículum, al objeto de facilitar su comprobación e identificación por la
Comisión de Contratación.
5.6. Dentro de los diez días siguientes a la finalización del plazo de presentación
de solicitudes, el Rector dictará resolución aprobando la lista provisional de admitidos y
excluidos, con indicación de las causas de exclusión, que será publicada en la Boletín
oficial de la Universidad de Córdoba y que servirá de notificación a los participantes en el
concurso.
Para subsanar la causa de exclusión o presentar reclamación, en su caso, los
aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al
de la publicación de la citada resolución en el BOUCO.
En ningún caso será subsanable el no haber efectuado el pago de los derechos de
participación.
Transcurrido el plazo anterior sin que se hubieran presentado reclamaciones o
resueltas las que, en su caso, hayan podido presentarse, el Rector dictará resolución
elevando a definitivas las listas de aspirantes por el mismo cauce anterior.
Contra dicha resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer,
potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente a la publicación de la misma, ante este Rectorado (artículos 112, 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas), o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, ante el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba (artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).