Autoridades y personal. . (2025/38-11)
Orden de 21 de febrero de 2025, por la que se efectúa convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y de Maestros.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 38 - Martes, 25 de febrero de 2025

página 2616/22

Séptima. Comienzo y desarrollo del procedimiento selectivo.
7.1. Comienzo.
El procedimiento selectivo dará comienzo en el mes de junio de 2025, sin perjuicio de
lo dispuesto en el apartado 6.1. Con anterioridad a dicho comienzo, mediante Resolución
de la persona titular de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos
Humanos se hará público en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el lugar, fecha
y hora del acto de presentación y de realización de la primera prueba, así como la
adscripción de aspirantes a los distintos tribunales.
7.2. Acto de presentación.
El acto de presentación, de asistencia obligatoria para todo el personal participante,
tiene carácter personalísimo. No se admitirán acreditaciones ni poderes de representación.
Las personas que no asistan decaerán en todos sus derechos y serán excluidas del
procedimiento selectivo, así como quienes se presenten ante un tribunal al que no estén
adscritos.
En el citado acto, los tribunales identificarán al personal aspirante mediante la
presentación de alguno de los siguientes documentos en soporte físico, de carácter oficial
y en vigor: DNI, carnet de conducir o pasaporte. Impartirán las instrucciones precisas
para el desarrollo de las fases de oposición y concurso, indicarán los plazos y lugares en
los que se desarrollará el procedimiento y cuantas cuestiones estimen oportunas.
7.3. Entrega de la programación didáctica.
Tras la publicación de la lista definitiva de personal admitido y excluido indicada en
el apartado 4.3 se abrirá un plazo de 5 días hábiles por resolución de la persona titular
de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, para que el
personal aspirante que figure en la referida lista proceda a la entrega de la programación
didáctica, en formato PDF, a través del espacio habilitado al efecto en el portal web de
la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. El personal aspirante
que no entregue en el plazo establecido y de la forma indicada la citada programación
didáctica no podrá asistir al acto de presentación ni realizar la primera prueba, ni podrá,
en consecuencia, participar en el procedimiento selectivo.
7.4. Atención a la persona aspirante.
Una vez celebrada la primera prueba, se abrirá por Resolución de la persona titular
de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, un plazo de
24 horas para que el personal aspirante pueda solicitar copia de su examen escrito y del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Lengua Castellana y Literatura, o
Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, especialidad Español para extranjeros.
Dicha resolución, que indicará el lugar, fecha y hora fijados para la realización de
la prueba, se publicará en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional con al menos diez días hábiles de antelación a la fecha fijada para
la realización de la prueba.
6.3. Valoración de la prueba.
El tribunal de valoración otorgará la calificación de «Apto» o «No apto», quedando
excluidas del procedimiento selectivo las personas calificadas como no aptas.
El citado tribunal hará pública la resolución por la que se aprueba la lista del
personal aspirante con la calificación que ha obtenido en el tablón de anuncios del lugar
de actuación y en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional, y elevará la propuesta del personal declarado apto a la Dirección General
del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos para su incorporación al expediente del
citado personal.
Contra la citada resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la Dirección
General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, de acuerdo con lo dispuesto
en los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en el artículo 115.1
de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.