Autoridades y personal. . (2025/38-12)
Orden de 21 de febrero de 2025, por la que se efectúa convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 38 - Martes, 25 de febrero de 2025
página 2617/56
ANEXO VII
PENALIZACIONES E INVALIDACIONES POR ORTOGRAFÍA PARA TODAS LAS
PARTES DE LA PRIMERA Y SEGUNDA PRUEBA
Se invalidará el ejercicio escrito que presente 5 o más faltas de ortografía según
las normas de la Real Academia Española. En este sentido, se tendrán en cuenta las
siguientes penalizaciones referidas a las faltas de ortografía cometidas:
- Una falta cometida – Penalización de -0,5 puntos sobre la puntuación final obtenida
en la parte de la prueba.
- Segunda falta cometida – Penalización de -1 punto sobre la puntuación final obtenida
en la parte de la prueba, que se añade a la penalización anterior.
- Tercera falta cometida – Penalización de -1 punto sobre la puntuación final obtenida
en la parte de la prueba, que se añade a las penalizaciones anteriores.
- Cuarta falta cometida – Penalización de -1,5 puntos sobre la puntuación final
obtenida en la parte de la prueba que se añade a las penalizaciones anteriores.
- Quinta falta cometida – Invalidación de la parte correspondiente.
- La repetición de una misma falta de ortografía será considerada como una sola falta.
- El uso o ausencia de las tildes cuando no correspondan se considerará falta de
ortografía.
A modo de ejemplo:
- Una falta cometida en la parte correspondiente conlleva la penalización de -0.5
puntos.
- Dos faltas cometidas en la parte correspondiente conllevan la penalización de -1.5
puntos.
- Tres faltas cometidas en la parte correspondiente conllevan la penalización de -2.5
puntos.
- Cuatro faltas cometidas en la parte correspondiente conllevan la penalización de
-4.0 puntos.
- Cinco faltas cometidas en la parte correspondiente de la primera o segunda prueba
conllevan la invalidación de la parte correspondiente de la primera o segunda prueba.
La invalidación de cualquiera de las partes, de la primera o segunda prueba se
traducirá en la imposibilidad de seguir participando en el procedimiento selectivo.
ANEXO VIII
1. invalidaciones de la Primera Prueba.
1.1. Parte B . Desarrollo de un tema.
1.1.1. Invalidaciones de la parte B.
- Se invalidará el ejercicio que posea nombres, marcas o señales que puedan
identificar al aspirante.
- Se invalidará el ejercicio que no esté paginado en numeración arábiga.
- Se invalidará cualquier examen que utilice folios no facilitados por el tribunal.
- Se invalidará el ejercicio que no esté escrito por delante y por detrás del examen y
en formato vertical.
- Se invalidará el ejercicio escrito que resulte ilegible.
- Se invalidará el desarrollo de un tema, si este no se corresponde con uno de los
resultantes del sorteo realizado en el tribunal.
- Se invalidará el ejercicio en el que se desarrolle más de un tema.
- Se invalidará el ejercicio en el que no se consigne el número del tema elegido y el
título completo en la primera página del examen.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316224
INVALIDACIONES
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 38 - Martes, 25 de febrero de 2025
página 2617/56
ANEXO VII
PENALIZACIONES E INVALIDACIONES POR ORTOGRAFÍA PARA TODAS LAS
PARTES DE LA PRIMERA Y SEGUNDA PRUEBA
Se invalidará el ejercicio escrito que presente 5 o más faltas de ortografía según
las normas de la Real Academia Española. En este sentido, se tendrán en cuenta las
siguientes penalizaciones referidas a las faltas de ortografía cometidas:
- Una falta cometida – Penalización de -0,5 puntos sobre la puntuación final obtenida
en la parte de la prueba.
- Segunda falta cometida – Penalización de -1 punto sobre la puntuación final obtenida
en la parte de la prueba, que se añade a la penalización anterior.
- Tercera falta cometida – Penalización de -1 punto sobre la puntuación final obtenida
en la parte de la prueba, que se añade a las penalizaciones anteriores.
- Cuarta falta cometida – Penalización de -1,5 puntos sobre la puntuación final
obtenida en la parte de la prueba que se añade a las penalizaciones anteriores.
- Quinta falta cometida – Invalidación de la parte correspondiente.
- La repetición de una misma falta de ortografía será considerada como una sola falta.
- El uso o ausencia de las tildes cuando no correspondan se considerará falta de
ortografía.
A modo de ejemplo:
- Una falta cometida en la parte correspondiente conlleva la penalización de -0.5
puntos.
- Dos faltas cometidas en la parte correspondiente conllevan la penalización de -1.5
puntos.
- Tres faltas cometidas en la parte correspondiente conllevan la penalización de -2.5
puntos.
- Cuatro faltas cometidas en la parte correspondiente conllevan la penalización de
-4.0 puntos.
- Cinco faltas cometidas en la parte correspondiente de la primera o segunda prueba
conllevan la invalidación de la parte correspondiente de la primera o segunda prueba.
La invalidación de cualquiera de las partes, de la primera o segunda prueba se
traducirá en la imposibilidad de seguir participando en el procedimiento selectivo.
ANEXO VIII
1. invalidaciones de la Primera Prueba.
1.1. Parte B . Desarrollo de un tema.
1.1.1. Invalidaciones de la parte B.
- Se invalidará el ejercicio que posea nombres, marcas o señales que puedan
identificar al aspirante.
- Se invalidará el ejercicio que no esté paginado en numeración arábiga.
- Se invalidará cualquier examen que utilice folios no facilitados por el tribunal.
- Se invalidará el ejercicio que no esté escrito por delante y por detrás del examen y
en formato vertical.
- Se invalidará el ejercicio escrito que resulte ilegible.
- Se invalidará el desarrollo de un tema, si este no se corresponde con uno de los
resultantes del sorteo realizado en el tribunal.
- Se invalidará el ejercicio en el que se desarrolle más de un tema.
- Se invalidará el ejercicio en el que no se consigne el número del tema elegido y el
título completo en la primera página del examen.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316224
INVALIDACIONES