Autoridades y personal. . (2025/37-17)
Resolución de 19 de febrero de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso-oposición, por los sistemas de acceso libre y promoción interna, para cubrir plazas básicas vacantes de Técnico/a en Cuidados Auxiliares de Enfermería y de Técnico/a en Farmacia, dependientes del Servicio Andaluz de Salud, y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público para los años 2022, 2023 y 2024.
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Número 37 - Lunes, 24 de febrero de 2025
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Ministerio competente en materia de Empleo, Instituto Nacional de Empleo o Servicio de
Empleo de las Comunidades Autónomas o las entidades del sector público a ellas adscritos.
c) Por Organizaciones Sindicales presentes en el sector sanitario o sus fundaciones
acreditadas para la formación dentro de los Planes de Formación de la Administración
Pública.
d) Por Corporaciones Profesionales o Sociedades Científicas Sanitarias de ámbito
estatal o sus Sociedades Autonómicas legalmente constituidas en el ámbito específico
de las profesiones sanitarias o de las Especialidades legalmente reconocidas por el
Ministerio competente en la materia, e incluidas en el Consejo General de Especialidades
y representativas de las mismas.
3.2. Por la asistencia a actividades formativas, que hayan sido organizadas e
impartidas por los siguientes organismos públicos y Entidades sin ánimo de lucro entre
cuyos fines este la formación:
a) Otras Administraciones Públicas o las entidades del sector público a ellas adscritos
diferentes de las incluidas en el apartado 3.1.
b) Corporaciones Locales o las entidades del sector público a ellas adscritos.
c) Asociaciones sin ánimo de lucro entre cuyos fines este la formación.
d) Fundaciones Privadas entre cuyos fines este la formación.
La puntuación de estas actividades formativas se realizará aplicando los siguientes
criterios:
a) Por cada hora y hasta un máximo de 3 puntos: 0,025 puntos.
b) Las actividades de formación impartidas por las entidades recogidas en los
epígrafes 3.2.c) y 3.2.d) para poder ser valoradas en este apartado, han de encontrarse
avaladas al amparo de una norma reguladora, Convenio, acreditación o subvención del
Ministerio o Consejería competente en materia de salud o servicios de salud de las CC.AA.,
o reconocidos de interés docente sanitario por los mismos. No será suficiente la declaración
del promotor para avalar la incorporación de estas actividades a los procesos selectivos si
no consta en la documentación aportada la firma y sello del órgano correspondiente.
Apartado cuarto dos. Actividades docentes impartidas (máximo 4 puntos).
1. Docencia impartida como tutor/a laboral.
Por Actividades prestadas como tutor/a laboral de prácticas, en Centros Sanitarios
del Sistema Nacional de Salud, Servicios de Salud o Consejerías de Salud de las
Comunidades y otras Entidades de los Sistemas Sanitarios Públicos de prácticas en virtud
de un Convenio o Acuerdo de Colaboración para la realización de prácticas académicas
externas del alumnado de titulaciones sanitarias dirigidas a centros docentes públicos o
concertados no universitarios dependientes de la Consejería de Educación que imparten
ciclos formativos de grado medio y grado superior de la familia profesional:
- Por cada año con nombramiento al efecto para alumnos de ciclos formativos de
grado medio y grado superior de la familia profesional directamente relacionada con la
categoría/especialidad a la que se concursa: 0,30 puntos.
2. Docencia impartida en actividades de formación continuada.
Docencia en cursos de formación continuada, que guarde una relación directa con
las exigencias de los puestos de trabajo propios de la categoría y en su caso especialidad
a la que se concursa, que hayan sido organizados e impartidos por los siguientes
organismos o entidades:
a) Servicios de Salud o Consejerías de Salud de las Comunidades Autónomas,
Ministerio competente en materia de Sanidad, Escuelas de Salud Pública y otras
Entidades de los Sistemas Sanitarios Públicos acreditadas como centros para la
formación continuada para las profesiones sanitarias adscritas a cualquiera de los
organismos citados.
b) Consejería o Ministerio competente en materia de Administraciones Públicas e
Institutos de Administración Pública adscritos a los organismos citados, Consejería o
Ministerio competente en materia de Empleo, Instituto Nacional de Empleo o Servicio de
Empleo de las Comunidades Autónomas o las entidades del sector público a ellas adscritos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316080
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 2471/9
Ministerio competente en materia de Empleo, Instituto Nacional de Empleo o Servicio de
Empleo de las Comunidades Autónomas o las entidades del sector público a ellas adscritos.
c) Por Organizaciones Sindicales presentes en el sector sanitario o sus fundaciones
acreditadas para la formación dentro de los Planes de Formación de la Administración
Pública.
d) Por Corporaciones Profesionales o Sociedades Científicas Sanitarias de ámbito
estatal o sus Sociedades Autonómicas legalmente constituidas en el ámbito específico
de las profesiones sanitarias o de las Especialidades legalmente reconocidas por el
Ministerio competente en la materia, e incluidas en el Consejo General de Especialidades
y representativas de las mismas.
3.2. Por la asistencia a actividades formativas, que hayan sido organizadas e
impartidas por los siguientes organismos públicos y Entidades sin ánimo de lucro entre
cuyos fines este la formación:
a) Otras Administraciones Públicas o las entidades del sector público a ellas adscritos
diferentes de las incluidas en el apartado 3.1.
b) Corporaciones Locales o las entidades del sector público a ellas adscritos.
c) Asociaciones sin ánimo de lucro entre cuyos fines este la formación.
d) Fundaciones Privadas entre cuyos fines este la formación.
La puntuación de estas actividades formativas se realizará aplicando los siguientes
criterios:
a) Por cada hora y hasta un máximo de 3 puntos: 0,025 puntos.
b) Las actividades de formación impartidas por las entidades recogidas en los
epígrafes 3.2.c) y 3.2.d) para poder ser valoradas en este apartado, han de encontrarse
avaladas al amparo de una norma reguladora, Convenio, acreditación o subvención del
Ministerio o Consejería competente en materia de salud o servicios de salud de las CC.AA.,
o reconocidos de interés docente sanitario por los mismos. No será suficiente la declaración
del promotor para avalar la incorporación de estas actividades a los procesos selectivos si
no consta en la documentación aportada la firma y sello del órgano correspondiente.
Apartado cuarto dos. Actividades docentes impartidas (máximo 4 puntos).
1. Docencia impartida como tutor/a laboral.
Por Actividades prestadas como tutor/a laboral de prácticas, en Centros Sanitarios
del Sistema Nacional de Salud, Servicios de Salud o Consejerías de Salud de las
Comunidades y otras Entidades de los Sistemas Sanitarios Públicos de prácticas en virtud
de un Convenio o Acuerdo de Colaboración para la realización de prácticas académicas
externas del alumnado de titulaciones sanitarias dirigidas a centros docentes públicos o
concertados no universitarios dependientes de la Consejería de Educación que imparten
ciclos formativos de grado medio y grado superior de la familia profesional:
- Por cada año con nombramiento al efecto para alumnos de ciclos formativos de
grado medio y grado superior de la familia profesional directamente relacionada con la
categoría/especialidad a la que se concursa: 0,30 puntos.
2. Docencia impartida en actividades de formación continuada.
Docencia en cursos de formación continuada, que guarde una relación directa con
las exigencias de los puestos de trabajo propios de la categoría y en su caso especialidad
a la que se concursa, que hayan sido organizados e impartidos por los siguientes
organismos o entidades:
a) Servicios de Salud o Consejerías de Salud de las Comunidades Autónomas,
Ministerio competente en materia de Sanidad, Escuelas de Salud Pública y otras
Entidades de los Sistemas Sanitarios Públicos acreditadas como centros para la
formación continuada para las profesiones sanitarias adscritas a cualquiera de los
organismos citados.
b) Consejería o Ministerio competente en materia de Administraciones Públicas e
Institutos de Administración Pública adscritos a los organismos citados, Consejería o
Ministerio competente en materia de Empleo, Instituto Nacional de Empleo o Servicio de
Empleo de las Comunidades Autónomas o las entidades del sector público a ellas adscritos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316080
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía