3. Otras disposiciones. . (2025/37-32)
Orden de 30 de enero de 2025, por la que se autoriza el cambio de titularidad de varios centros docentes privados a favor de la Fundación Educativa Santo Domingo. (PP. 315/2025).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 37 - Lunes, 24 de febrero de 2025

página 2191/2

Vistos: la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho
a la educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la
Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley
39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre
autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen
general, y demás normas de vigente aplicación.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero. Conceder el cambio de titularidad a los centros docentes privados «Santo
Domingo», con código 18003132; «Nuestra Señora del Rosario», con código 18003739;
«Santo Rosario», con código 18006765, y «Santa María del Llano», con código 18010069,
que, en lo sucesivo, la ostentará la Fundación Educativa Santo Domingo que, como
cesionaria, queda subrogada en la totalidad de los derechos y obligaciones que acerca
de dichos centros corresponden a la titular cedente, quedando con la configuración de
enseñanzas que se recoge en los resultandos anteriores.
Segundo. Del contenido de la presente orden se dará traslado al registro de centros
docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y
regula el registro de centros docentes.
Tercero. El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento de los
centros.
Cuarto. Dichos centros quedan obligados al cumplimiento de la legislación vigente y
a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que
señala la presente orden.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente
al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y
115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía,
conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 30 de enero de 2025
MARÍA DEL CARMEN CASTILLO MENA

00315801

Consejera de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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