Autoridades y personal. . (2025/36-8)
Resolución de 18 de febrero de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se acuerda la propuesta de contratación indefinida en la categoría de Enfermero/a, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso-oposición, convocado mediante Resolución de 23 de diciembre de 2022, de las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias, se declaran decaídas en sus derechos derivados del citado concurso-oposición a las personas que se relacionan, y se anuncia la apertura de audiencia previa para las personas candidatas que se citan.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 36 - Viernes, 21 de febrero de 2025
página 2410/4
Quinto. La petición de centro de destino y las declaraciones responsables requeridas
en la presente resolución deberán ser presentadas de forma electrónica a través de la
VEC, acreditándose a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma
electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave
concertada permanente expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
AEAT o de un código de usuario y clave de acceso). Una vez cumplimentado el formulario
de registro en todos sus extremos, la persona interesada firmará electrónicamente y
realizará el registro telemático de la petición de destino, generándose automáticamente
un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados en el que se
dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y
hora que acredite el momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma.
La documentación acreditativa de la dependencia personal y/o dificultades de
desplazamiento deberá ser presentada, de forma electrónica a través del Registro
Telemático de la Junta de Andalucía (Presentación Electrónica General), al que se accederá
desde la web https://juntadeandalucia.es/servicios.html accediendo con el certificado digital
emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
Sexto. Finalizado el plazo de presentación de la petición de destinos citado en el
apartado cuarto, no se admitirán modificaciones en la relación de destinos solicitados.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316019
de la persona Candidata (VEC) disponible en la página web del Servicio Andaluz de
Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud). En virtud de lo dispuesto en
la base 11.1 de las bases generales, y al objeto de garantizar la obtención de un centro
de destino de entre los solicitados, han de solicitar por orden de preferencia todos los
centros de destinos ofertados de conformidad con la redacción dada por la Resolución
de 14 de octubre de 2024 (publicada en la web del Servicio Andaluz de Salud en fecha 16
de octubre de 2024), por la que se indica la relación de plazas que se ofertan y se inicia el
plazo para solicitar destino en el concurso oposición, especificando para ello los códigos
de centros indicados en dicho anexo.
En dicha solicitud de petición de centro de destino la persona aspirante declarará
bajo su responsabilidad que:
a) No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse
inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas y de no estar
sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la
función pública para los aspirantes que no posean la nacionalidad española.
b) No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos. Podrá autorizar la consulta en el Registro Central
de delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia o aportar original de la certificación
negativa en vigor del mismo en el acto de firma del contrato para adquirir la condición de
personal laboral fijo.
c) No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus
funciones. Y las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad,
que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de
la categoría/especialidad a la que se opta, lo acreditará mediante la presentación del
original del certificado médico en vigor en el acto de firma del contrato para adquirir la
condición de personal laboral fijo.
d) No posee, en la fecha establecida, la condición de personal laboral fijo en la misma
categoría y en su caso especialidad a la que se pretende acceder en el Sistema Nacional
de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 36 - Viernes, 21 de febrero de 2025
página 2410/4
Quinto. La petición de centro de destino y las declaraciones responsables requeridas
en la presente resolución deberán ser presentadas de forma electrónica a través de la
VEC, acreditándose a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma
electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave
concertada permanente expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
AEAT o de un código de usuario y clave de acceso). Una vez cumplimentado el formulario
de registro en todos sus extremos, la persona interesada firmará electrónicamente y
realizará el registro telemático de la petición de destino, generándose automáticamente
un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados en el que se
dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y
hora que acredite el momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma.
La documentación acreditativa de la dependencia personal y/o dificultades de
desplazamiento deberá ser presentada, de forma electrónica a través del Registro
Telemático de la Junta de Andalucía (Presentación Electrónica General), al que se accederá
desde la web https://juntadeandalucia.es/servicios.html accediendo con el certificado digital
emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
Sexto. Finalizado el plazo de presentación de la petición de destinos citado en el
apartado cuarto, no se admitirán modificaciones en la relación de destinos solicitados.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316019
de la persona Candidata (VEC) disponible en la página web del Servicio Andaluz de
Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud). En virtud de lo dispuesto en
la base 11.1 de las bases generales, y al objeto de garantizar la obtención de un centro
de destino de entre los solicitados, han de solicitar por orden de preferencia todos los
centros de destinos ofertados de conformidad con la redacción dada por la Resolución
de 14 de octubre de 2024 (publicada en la web del Servicio Andaluz de Salud en fecha 16
de octubre de 2024), por la que se indica la relación de plazas que se ofertan y se inicia el
plazo para solicitar destino en el concurso oposición, especificando para ello los códigos
de centros indicados en dicho anexo.
En dicha solicitud de petición de centro de destino la persona aspirante declarará
bajo su responsabilidad que:
a) No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse
inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas y de no estar
sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la
función pública para los aspirantes que no posean la nacionalidad española.
b) No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos. Podrá autorizar la consulta en el Registro Central
de delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia o aportar original de la certificación
negativa en vigor del mismo en el acto de firma del contrato para adquirir la condición de
personal laboral fijo.
c) No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus
funciones. Y las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad,
que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de
la categoría/especialidad a la que se opta, lo acreditará mediante la presentación del
original del certificado médico en vigor en el acto de firma del contrato para adquirir la
condición de personal laboral fijo.
d) No posee, en la fecha establecida, la condición de personal laboral fijo en la misma
categoría y en su caso especialidad a la que se pretende acceder en el Sistema Nacional
de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa.