Disposiciones generales. . (2025/35-1)
Orden de 11 de febrero de 2025, por la que se convocan las ayudas a proyectos acogidos a las Estrategias de Desarrollo Local Participativo, de los Grupos de Acción Local del Sector Pesquero y Acuícola Andaluz, durante el periodo de ejecución del marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027, al amparo de la normativa que se cita.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 35 - Jueves, 20 de febrero de 2025
página 2357/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
En el periodo 2021-2027, el Desarrollo Local Participativo es objeto de regulación de una
parte, en el Capítulo II del Título III, artículos 31 a 34, del Reglamento (UE) 2021/1060
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen
las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo
Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo
Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para
dichos fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad
Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y a la Política
de Visados, y de otra, en el Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 7 de julio de 2021, por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de
Pesca y de Acuicultura, en cuyo artículo 30 se regula el desarrollo local participativo,
enmarcado en la prioridad 3 del fondo orientado a permitir una economía azul sostenible
en las zonas costeras, insulares e interiores, y fomentar el desarrollo de las comunidades
pesqueras y acuícolas.
La Comisión Europea, mediante Decisión de ejecución de 29 de noviembre de 2022,
CCI 2021ES14MFPR001, aprobó el Programa para España del Fondo Europeo Marítimo,
de Pesca y de Acuicultura, que contempla las directrices a seguir en la aplicación de las
Estrategias de Desarrollo Local Participativo (en adelante, EDLP) en los procedimientos
de selección de las citadas estrategias, así como y en los Grupos de Acción Local del
Sector Pesquero (en adelante, GALPA), como promotores de estas. Respecto a las EDLP,
en el Programa para España del FEMPA se incide en la coherencia con las posibilidades
y necesidades de la zona.
Por Orden de 13 de marzo de 2024, se establecen las bases reguladoras para la
concesión de las ayudas a proyectos acogidos a las Estrategias de Desarrollo Local
Participativo de los Grupos de Acción Local del Sector Pesquero y Acuícola Andaluz,
durante el periodo de ejecución del marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y
de Acuicultura 2021-2027 (BOJA núm. 56, de 20 de marzo de 2024). Con esta nueva
Orden, el procedimiento de concesión de las ayudas se iniciará de oficio, y se tramitará
y resolverá en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de
publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia y eficiencia,
observándose en todo caso, lo dispuesto en el artículo 33.3.b) del Reglamento (UE)
2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio, que establece que la
selección de las operaciones subvencionables se acogerá a los criterios establecidos por
cada uno de los GALPA en sus EDLP, debiendo priorizarse los proyectos productivos del
sector pesquero extractivo, acuícola, transformador y comercializador.
Asimismo, en el texto normativo se contempla la posibilidad que, con cada
convocatoria, se otorgue un anticipo máximo del 20% de la ayuda concedida con
anterioridad a la justificación de la realización de la operación subvencionada, previa
petición por la persona o entidad beneficiaria en el formulario de solicitud de la ayuda y
sin necesidad de la constitución de garantías. En el caso de ayudas a las entidades sin
ánimo de lucro y municipios, el importe del anticipo podrá ascender hasta un máximo del
40% de la ayuda concedida.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315966
Orden de 11 de febrero de 2025, por la que se convocan las ayudas a proyectos
acogidos a las Estrategias de Desarrollo Local Participativo, de los Grupos de
Acción Local del Sector Pesquero y Acuícola Andaluz, durante el periodo de
ejecución del marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura
2021-2027, al amparo de la normativa que se cita.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 35 - Jueves, 20 de febrero de 2025
página 2357/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
En el periodo 2021-2027, el Desarrollo Local Participativo es objeto de regulación de una
parte, en el Capítulo II del Título III, artículos 31 a 34, del Reglamento (UE) 2021/1060
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen
las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo
Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo
Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para
dichos fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad
Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y a la Política
de Visados, y de otra, en el Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 7 de julio de 2021, por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de
Pesca y de Acuicultura, en cuyo artículo 30 se regula el desarrollo local participativo,
enmarcado en la prioridad 3 del fondo orientado a permitir una economía azul sostenible
en las zonas costeras, insulares e interiores, y fomentar el desarrollo de las comunidades
pesqueras y acuícolas.
La Comisión Europea, mediante Decisión de ejecución de 29 de noviembre de 2022,
CCI 2021ES14MFPR001, aprobó el Programa para España del Fondo Europeo Marítimo,
de Pesca y de Acuicultura, que contempla las directrices a seguir en la aplicación de las
Estrategias de Desarrollo Local Participativo (en adelante, EDLP) en los procedimientos
de selección de las citadas estrategias, así como y en los Grupos de Acción Local del
Sector Pesquero (en adelante, GALPA), como promotores de estas. Respecto a las EDLP,
en el Programa para España del FEMPA se incide en la coherencia con las posibilidades
y necesidades de la zona.
Por Orden de 13 de marzo de 2024, se establecen las bases reguladoras para la
concesión de las ayudas a proyectos acogidos a las Estrategias de Desarrollo Local
Participativo de los Grupos de Acción Local del Sector Pesquero y Acuícola Andaluz,
durante el periodo de ejecución del marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y
de Acuicultura 2021-2027 (BOJA núm. 56, de 20 de marzo de 2024). Con esta nueva
Orden, el procedimiento de concesión de las ayudas se iniciará de oficio, y se tramitará
y resolverá en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de
publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia y eficiencia,
observándose en todo caso, lo dispuesto en el artículo 33.3.b) del Reglamento (UE)
2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio, que establece que la
selección de las operaciones subvencionables se acogerá a los criterios establecidos por
cada uno de los GALPA en sus EDLP, debiendo priorizarse los proyectos productivos del
sector pesquero extractivo, acuícola, transformador y comercializador.
Asimismo, en el texto normativo se contempla la posibilidad que, con cada
convocatoria, se otorgue un anticipo máximo del 20% de la ayuda concedida con
anterioridad a la justificación de la realización de la operación subvencionada, previa
petición por la persona o entidad beneficiaria en el formulario de solicitud de la ayuda y
sin necesidad de la constitución de garantías. En el caso de ayudas a las entidades sin
ánimo de lucro y municipios, el importe del anticipo podrá ascender hasta un máximo del
40% de la ayuda concedida.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315966
Orden de 11 de febrero de 2025, por la que se convocan las ayudas a proyectos
acogidos a las Estrategias de Desarrollo Local Participativo, de los Grupos de
Acción Local del Sector Pesquero y Acuícola Andaluz, durante el periodo de
ejecución del marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura
2021-2027, al amparo de la normativa que se cita.