Disposiciones generales. . (2025/35-2)
Extracto de la Orden de 11 de febrero de 2025, por la que se convocan las ayudas a proyectos acogidos a las Estrategias de Desarrollo Local Participativo, de los Grupos de Acción Local del Sector Pesquero y Acuícola Andaluz, durante el periodo de ejecución del marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027, al amparo de la normativa que se cita.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 35 - Jueves, 20 de febrero de 2025
página 2358/5
Asociación de Desarrollo Marítimo, Pesquero y Acuícola Almería a Levante:
Tipo de entidad beneficiaria
Cofradías de pescadores, sus
federaciones y otras entidades
públicas
Municipios
Personas y entidades privadas
Entidades sin ánimos de lucro
Cuantía máxima €
2025
2026
Partida Presupuestaria
140012000 G/71P/74200/00 G4310214A6 2023000227
0,00
0,00
140012000 G/71P/76300/00 G4310214A6 2023000226
140012000 G/71P/77300/00 G4310214A6 2023000224
140012000 G/71P/78300/00 G4310214A6 2023000223
TOTAL
33.000,00
138.600,00
48.400,00
220.000,00
49.500,00
207.900,00
72.600,00
330.000,00
Sexto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 13 de marzo de 2024, por la
que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a proyectos
acogidos a las Estrategias de Desarrollo Local Participativo de los Grupos de Acción
Local del Sector Pesquero y Acuícola Andaluz, durante el periodo de ejecución del marco
del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (2021-2027) (BOJA núm. 56, de
20 de marzo de 2024).
Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Dirección General competente
en materia de pesca acuicultura y economía azul y se presentarán ajustándose al
formulario Anexo I que se adjunta a la orden de convocatoria, así como en el enlace
del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica General de Junta de
Andalucía, indicado en el punto 2 del apartado primero.
2. El plazo de solicitud de ayudas a los proyectos acogidos a las EDLP de los GALPA
será de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía, el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. Las solicitudes y documentos se deberán presentar en el Registro Electrónico
Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través del enlace del Catálogo
de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica General de Junta de Andalucía,
indicado en el punto 2 del apartado primero.
4. Una misma persona o entidad solicitante solo podrá presentar una solicitud por
convocatoria, a excepción de los GALPA que podrán presentar distintas solicitudes para
proyectos de cooperación siempre que la colaboración en estos proyectos se realice con
distintos GALPA.
Octavo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en
el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estarán a disposición de las
personas o entidades solicitantes a través del enlace indicado en el punto 2 del apartado
primero.
00315967
Sevilla, 13 de febrero de 2025.- El Consejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural, por autorización, la Viceconsejera de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,
Consolación Vera Sánchez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 35 - Jueves, 20 de febrero de 2025
página 2358/5
Asociación de Desarrollo Marítimo, Pesquero y Acuícola Almería a Levante:
Tipo de entidad beneficiaria
Cofradías de pescadores, sus
federaciones y otras entidades
públicas
Municipios
Personas y entidades privadas
Entidades sin ánimos de lucro
Cuantía máxima €
2025
2026
Partida Presupuestaria
140012000 G/71P/74200/00 G4310214A6 2023000227
0,00
0,00
140012000 G/71P/76300/00 G4310214A6 2023000226
140012000 G/71P/77300/00 G4310214A6 2023000224
140012000 G/71P/78300/00 G4310214A6 2023000223
TOTAL
33.000,00
138.600,00
48.400,00
220.000,00
49.500,00
207.900,00
72.600,00
330.000,00
Sexto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 13 de marzo de 2024, por la
que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a proyectos
acogidos a las Estrategias de Desarrollo Local Participativo de los Grupos de Acción
Local del Sector Pesquero y Acuícola Andaluz, durante el periodo de ejecución del marco
del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (2021-2027) (BOJA núm. 56, de
20 de marzo de 2024).
Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Dirección General competente
en materia de pesca acuicultura y economía azul y se presentarán ajustándose al
formulario Anexo I que se adjunta a la orden de convocatoria, así como en el enlace
del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica General de Junta de
Andalucía, indicado en el punto 2 del apartado primero.
2. El plazo de solicitud de ayudas a los proyectos acogidos a las EDLP de los GALPA
será de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía, el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. Las solicitudes y documentos se deberán presentar en el Registro Electrónico
Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través del enlace del Catálogo
de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica General de Junta de Andalucía,
indicado en el punto 2 del apartado primero.
4. Una misma persona o entidad solicitante solo podrá presentar una solicitud por
convocatoria, a excepción de los GALPA que podrán presentar distintas solicitudes para
proyectos de cooperación siempre que la colaboración en estos proyectos se realice con
distintos GALPA.
Octavo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en
el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estarán a disposición de las
personas o entidades solicitantes a través del enlace indicado en el punto 2 del apartado
primero.
00315967
Sevilla, 13 de febrero de 2025.- El Consejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural, por autorización, la Viceconsejera de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,
Consolación Vera Sánchez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja