3. Otras disposiciones. . (2025/34-42)
Resolución de 13 de febrero de 2025, de la Secretaría General de Energía, por la que se aprueban los Planes Generales de Inspección en el área de energía para el bienio 2025-2026.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 34 - Miércoles, 19 de febrero de 2025
página 2259/4
Plan 2: Plan de inspección de industrias, establecimientos e instalaciones para la
comprobación de su adecuada puesta en servicio.
Mediante este Plan 2 se realizarán mil doscientas cincuenta y seis (1.256) actuaciones
encuadradas en tres (3) programas de inspección, que se articulan como se indica
seguidamente:
Programa 2.1. Inspección de industrias e instalaciones del Grupo II del Decreto
59/2005, de 1 de marzo, sujetas a inspección inicial por Organismo de Control.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315868
mantenedoras habilitadas, de las obligaciones que los correspondientes Reglamentos
de seguridad industrial les imponen, en relación con las inspecciones periódicas y el
mantenimiento de dichas instalaciones, como instrumentos para garantizar que se
mantienen las condiciones de seguridad de las mismas. Estas obligaciones vienen
reguladas actualmente en las siguientes disposiciones:
- Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento
de Instalaciones Petrolíferas, y Real Decreto 1523/1999, de 1 de octubre, por el que
se modifica el Reglamento de Instalaciones Petrolíferas, aprobado por Real Decreto
2085/1994, de 20 de octubre, y las instrucciones técnicas complementarias MI-IP03,
aprobada por el Real Decreto 1427/1997, de 15 de septiembre, en su Anexo I «Capítulo X.
Revisiones e inspecciones periódicas».
- Real Decreto 706/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba la instrucción técnica
complementaria MI-IP 04 «Instalaciones para suministro a vehículos» y se regulan
determinados aspectos de la reglamentación de instalaciones petrolíferas, en el
«Capítulo XV. Revisiones, pruebas e inspecciones periódicas» de la instrucción técnica
complementaria MI-IP 04.
- Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento
Electrotécnico para Baja Tensión, en su artículo 21 e instrucción técnica complementaria
«ITC-BT-05 Verificaciones e inspecciones».
- Orden de 17 de mayo de 2007, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa,
por la que se regula el régimen de inspecciones periódicas de las instalaciones eléctricas
de baja tensión.
- Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico
de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas
complementarias ICG 01 a 11, en su «Artículo 7. Mantenimiento de instalaciones y
aparatos. Controles periódicos» del reglamento.
- Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre
condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión
y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23, en sus artículos 17 y 21
del reglamento.
- Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento
sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión
y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, en sus artículos 18 y 21
del Reglamento.
- Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de
Instalaciones Térmicas en los Edificios.
- Real Decreto 552/2019, de 27 de septiembre, por el que se aprueban el Reglamento
de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias,
en su instrucción complementaria IF-14 y disposición transitoria segunda.
Se actuará sobre instalaciones que hayan tenido que pasar ya alguna inspección
periódica, conforme al procedimiento establecido por esta Secretaría General.
Se actuará, así mismo, sobre los Organismos de Control y/o empresas habilitadas que
hayan intervenido en las instalaciones en cuestión, en caso de detectarse incumplimientos
reglamentarios en su actuación.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 34 - Miércoles, 19 de febrero de 2025
página 2259/4
Plan 2: Plan de inspección de industrias, establecimientos e instalaciones para la
comprobación de su adecuada puesta en servicio.
Mediante este Plan 2 se realizarán mil doscientas cincuenta y seis (1.256) actuaciones
encuadradas en tres (3) programas de inspección, que se articulan como se indica
seguidamente:
Programa 2.1. Inspección de industrias e instalaciones del Grupo II del Decreto
59/2005, de 1 de marzo, sujetas a inspección inicial por Organismo de Control.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315868
mantenedoras habilitadas, de las obligaciones que los correspondientes Reglamentos
de seguridad industrial les imponen, en relación con las inspecciones periódicas y el
mantenimiento de dichas instalaciones, como instrumentos para garantizar que se
mantienen las condiciones de seguridad de las mismas. Estas obligaciones vienen
reguladas actualmente en las siguientes disposiciones:
- Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento
de Instalaciones Petrolíferas, y Real Decreto 1523/1999, de 1 de octubre, por el que
se modifica el Reglamento de Instalaciones Petrolíferas, aprobado por Real Decreto
2085/1994, de 20 de octubre, y las instrucciones técnicas complementarias MI-IP03,
aprobada por el Real Decreto 1427/1997, de 15 de septiembre, en su Anexo I «Capítulo X.
Revisiones e inspecciones periódicas».
- Real Decreto 706/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba la instrucción técnica
complementaria MI-IP 04 «Instalaciones para suministro a vehículos» y se regulan
determinados aspectos de la reglamentación de instalaciones petrolíferas, en el
«Capítulo XV. Revisiones, pruebas e inspecciones periódicas» de la instrucción técnica
complementaria MI-IP 04.
- Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento
Electrotécnico para Baja Tensión, en su artículo 21 e instrucción técnica complementaria
«ITC-BT-05 Verificaciones e inspecciones».
- Orden de 17 de mayo de 2007, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa,
por la que se regula el régimen de inspecciones periódicas de las instalaciones eléctricas
de baja tensión.
- Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico
de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas
complementarias ICG 01 a 11, en su «Artículo 7. Mantenimiento de instalaciones y
aparatos. Controles periódicos» del reglamento.
- Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre
condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión
y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23, en sus artículos 17 y 21
del reglamento.
- Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento
sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión
y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, en sus artículos 18 y 21
del Reglamento.
- Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de
Instalaciones Térmicas en los Edificios.
- Real Decreto 552/2019, de 27 de septiembre, por el que se aprueban el Reglamento
de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias,
en su instrucción complementaria IF-14 y disposición transitoria segunda.
Se actuará sobre instalaciones que hayan tenido que pasar ya alguna inspección
periódica, conforme al procedimiento establecido por esta Secretaría General.
Se actuará, así mismo, sobre los Organismos de Control y/o empresas habilitadas que
hayan intervenido en las instalaciones en cuestión, en caso de detectarse incumplimientos
reglamentarios en su actuación.