Autoridades y personal. . (2025/34-7)
Resolución de 13 de febrero de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifica la Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se declaran decaídas las personas que se citan, y se requiere a las personas candidatas que se citan para la presentación de solicitud de petición de centro de destino y se inicia el plazo para solicitar destino, de la categoría de Médico/a de Familia en Unidades de Urgencia Hospitalaria, por el sistema de acceso libre, del proceso selectivo de concurso, convocado mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 34 - Miércoles, 19 de febrero de 2025

página 2231/4

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de
un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00315840

de la Ventanilla Electrónica de la persona Candidata (VEC) disponible en la página web
del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud), en
atención a los fundamentos expuestos en la presente resolución.
En virtud de lo dispuesto en la base 11.1 de las bases generales, y al objeto de
garantizar la obtención de un centro de destino de entre los solicitados, todas las personas
aspirantes incluidas en la relación complementaria del Anexo II de esta resolución, con
independencia de la puntuación obtenida, han de solicitar por orden de preferencia todos
los centros de destino ofertados especificando para ello los códigos de centros indicados
en el anexo de la Resolución de 12 de junio de 2024, de la Dirección General de Personal
del Servicio Andaluz de Salud, publicada en la página web del Servicio Andaluz de Salud
el 13 de junio de 2024, por la que se modifica la resolución de la Dirección General de
Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las listas definitivas de
personas que superan las pruebas selectivas de concurso por el sistema de acceso libre
de la categoría de Médico/a de Familia en Unidades de Urgencia Hospitalaria, convocadas
mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022, en desarrollo de la oferta de empleo
público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del
Servicio Andaluz de Salud y se anuncia la publicación de dichas listas, y por la que se
indica la relación de las plazas que se ofertan y se inicia el plazo para solicitar destino.
En dicha solicitud de petición de centro de destino la persona aspirante declarará bajo su
responsabilidad que:
a) No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse
inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
b) No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos. Podrá autorizar la consulta en el Registro Central
de delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia o aportar original de la certificación
negativa en vigor del mismo en el acto de toma de posesión.
c) No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus
funciones. Y las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad,
que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de
la categoría/especialidad a la que se opta, lo acreditará mediante la presentación del
original del certificado médico en vigor en el acto de toma de posesión.
La petición de centro de destino y las declaraciones responsables requeridas en
la presente resolución deberán ser presentadas de forma electrónica a través de la
VEC, acreditándose a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma
electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave
concertada permanente expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
AEAT o de un código de usuario y clave de acceso). Una vez cumplimentada el formulario
de registro en todos sus extremos, la persona interesada firmará electrónicamente y
realizará el registro telemático de la petición de destino, generándose automáticamente
un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados en el que se
dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y
hora que acredite el momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma.
Finalizado el plazo de presentación de la petición de destinos citado, no se admitirán
modificaciones en la relación de destinos solicitados.