3. Otras disposiciones. . (2025/34-22)
Corrección de errores de la Resolución de 15 de enero de 2025, de la Dirección del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, por la que se publica Adenda al Convenio de colaboración entre el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía y la Diputación Provincial de Sevilla, sobre el mantenimiento del sistema Callejero Digital de Andalucía Unificado y sobre acceso, intercambio de información y reutilización de otros productos, infraestructuras de información y servicios cartográficos. Resolución publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía extraordinario núm. 13, de 21 de enero de 2025.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 34 - Miércoles, 19 de febrero de 2025
página 2269/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Corrección de errores de la Resolución de 15 de enero de 2025, de la Dirección
del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, por la que se publica
Adenda al Convenio de colaboración entre el Instituto de Estadística y Cartografía
de Andalucía y la Diputación Provincial de Sevilla, sobre el mantenimiento del
sistema Callejero Digital de Andalucía Unificado y sobre acceso, intercambio de
información y reutilización de otros productos, infraestructuras de información y
servicios cartográficos. Resolución publicada en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía extraordinario núm. 13, de 21 de enero de 2025.
Advertido error en la Resolución de 15 de enero de 2025, de la Dirección del Instituto
de Estadística y Cartografía de Andalucía, por la que se publica Adenda al Convenio de
colaboración entre el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía y la Diputación
Provincial de Sevilla, sobre el mantenimiento del sistema Callejero Digital de Andalucía
Unificado y sobre acceso, intercambio de información y reutilización de otros productos,
infraestructuras de información y servicios cartográficos, publicada en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía extraordinario núm. 13, de 21 de enero de 2025, se procede a
su subsanación en los siguientes términos:
En la página 603/3:
En la nueva cláusula (décimo primera) que se introduce, donde dice:
«El IECA y la Diputación Provincial de Sevilla cumplirán respectivamente, como
responsable y encargado de tratamiento, las obligaciones establecidas por el Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo
a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y, específicamente, lo que se establece para cada caso en los artículos 24 y
28, respectivamente.»
Debe decir:
«El IECA y la Diputación Provincial de Sevilla se comprometen a tratar los datos de
carácter personal a los que puedan tener acceso en desarrollo de este Convenio de
acuerdo con las previsiones del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE.»
En la nueva cláusula (décimo segunda) que se introduce, donde dice:
«El IECA y la Diputación Provincial de Sevilla cumplirán respectivamente, como
responsable y encargado de tratamiento, las medidas de seguridad previstas en el
Esquema Nacional de Seguridad para sistemas de información de nivel básico.»
00315878
Debe decir:
«El IECA y la Diputación Provincial de Sevilla cumplirán las medidas de seguridad
previstas en el Esquema Nacional de Seguridad para sistemas de información de nivel
básico.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 34 - Miércoles, 19 de febrero de 2025
página 2269/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Corrección de errores de la Resolución de 15 de enero de 2025, de la Dirección
del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, por la que se publica
Adenda al Convenio de colaboración entre el Instituto de Estadística y Cartografía
de Andalucía y la Diputación Provincial de Sevilla, sobre el mantenimiento del
sistema Callejero Digital de Andalucía Unificado y sobre acceso, intercambio de
información y reutilización de otros productos, infraestructuras de información y
servicios cartográficos. Resolución publicada en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía extraordinario núm. 13, de 21 de enero de 2025.
Advertido error en la Resolución de 15 de enero de 2025, de la Dirección del Instituto
de Estadística y Cartografía de Andalucía, por la que se publica Adenda al Convenio de
colaboración entre el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía y la Diputación
Provincial de Sevilla, sobre el mantenimiento del sistema Callejero Digital de Andalucía
Unificado y sobre acceso, intercambio de información y reutilización de otros productos,
infraestructuras de información y servicios cartográficos, publicada en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía extraordinario núm. 13, de 21 de enero de 2025, se procede a
su subsanación en los siguientes términos:
En la página 603/3:
En la nueva cláusula (décimo primera) que se introduce, donde dice:
«El IECA y la Diputación Provincial de Sevilla cumplirán respectivamente, como
responsable y encargado de tratamiento, las obligaciones establecidas por el Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo
a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y, específicamente, lo que se establece para cada caso en los artículos 24 y
28, respectivamente.»
Debe decir:
«El IECA y la Diputación Provincial de Sevilla se comprometen a tratar los datos de
carácter personal a los que puedan tener acceso en desarrollo de este Convenio de
acuerdo con las previsiones del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE.»
En la nueva cláusula (décimo segunda) que se introduce, donde dice:
«El IECA y la Diputación Provincial de Sevilla cumplirán respectivamente, como
responsable y encargado de tratamiento, las medidas de seguridad previstas en el
Esquema Nacional de Seguridad para sistemas de información de nivel básico.»
00315878
Debe decir:
«El IECA y la Diputación Provincial de Sevilla cumplirán las medidas de seguridad
previstas en el Esquema Nacional de Seguridad para sistemas de información de nivel
básico.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja