Autoridades y personal. . (2025/33-17)
Resolución de 11 de febrero de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso en la escala de Gestión Universitaria de la Universidad de Cádiz, mediante turno libre.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Martes, 18 de febrero de 2025
página 2170/4
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Cádiz
dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista provisional
de admisión y exclusión de aspirantes. En dicha resolución, que deberá publicarse en la
página web del Área de Personal https://personal.uca.es/convocatoria-pas/, se incluirá la
lista completa de admisión y exclusión de aspirantes indicándose, en este último caso, la/s
causa/s de exclusión.
4.2. Las personas excluidas dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del
siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página web, para poder subsanar
el defecto que haya motivado la exclusión. La subsanación se realizará a través del mismo
expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática en la Sede Electrónica
de la Universidad de Cádiz. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de
exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidas de la participación en el
proceso selectivo. Finalizado el plazo de subsanación, se hará pública, del mismo modo
arriba señalado, la relación definitiva de admisión y exclusión de aspirantes.
Contra la resolución por la que se excluya definitivamente a una persona aspirante,
que ultima la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición,
en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad de Cádiz, de acuerdo con
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses, ante el órgano competente, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.3. Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a las personas aspirantes
que hayan sido excluidas definitivamente de la realización del proceso selectivo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315778
d) Las víctimas de violencia de género, en los términos recogidos en la normativa
vigente, mediante justificación documental de tal condición.
e) Las familias numerosas, en los términos recogidos en la normativa vigente, tendrán
derecho a una exención del 100 por 100 de las tasas y precios públicos los miembros de
familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de
la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará adjuntando el título
vigente de tal condición.
3.4. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que
hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación
de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro de los diez días siguientes
a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho
plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.5. Las personas aspirantes con un grado de discapacidad reconocido igual o
superior al 33% podrán solicitar, expresándolo en el recuadro correspondiente del modelo
de solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y medios que estimen necesarias para
la realización de los ejercicios de la fase de oposición, debiendo presentar copia del
Dictamen Técnico Facultativo actualizado emitido por el Órgano Técnico de Valoración que
dictaminó el grado de discapacidad. La Universidad de Cádiz podrá requerir a la persona
interesada la información que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada, así
como el dictamen del órgano competente sobre la procedencia de la adaptación y de la
compatibilidad con el desempeño de las funciones del puesto concreto a ocupar.
3.6. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Igualmente se publicará, a los meros efectos de publicidad, en el «Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía», el «Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz» y en la página Web
del Área de Personal de la Universidad de Cádiz: https://personal.uca.es/convocatoria-pas/.
3.7. Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse, en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Martes, 18 de febrero de 2025
página 2170/4
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Cádiz
dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista provisional
de admisión y exclusión de aspirantes. En dicha resolución, que deberá publicarse en la
página web del Área de Personal https://personal.uca.es/convocatoria-pas/, se incluirá la
lista completa de admisión y exclusión de aspirantes indicándose, en este último caso, la/s
causa/s de exclusión.
4.2. Las personas excluidas dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del
siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página web, para poder subsanar
el defecto que haya motivado la exclusión. La subsanación se realizará a través del mismo
expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática en la Sede Electrónica
de la Universidad de Cádiz. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de
exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidas de la participación en el
proceso selectivo. Finalizado el plazo de subsanación, se hará pública, del mismo modo
arriba señalado, la relación definitiva de admisión y exclusión de aspirantes.
Contra la resolución por la que se excluya definitivamente a una persona aspirante,
que ultima la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición,
en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad de Cádiz, de acuerdo con
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses, ante el órgano competente, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.3. Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a las personas aspirantes
que hayan sido excluidas definitivamente de la realización del proceso selectivo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315778
d) Las víctimas de violencia de género, en los términos recogidos en la normativa
vigente, mediante justificación documental de tal condición.
e) Las familias numerosas, en los términos recogidos en la normativa vigente, tendrán
derecho a una exención del 100 por 100 de las tasas y precios públicos los miembros de
familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de
la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará adjuntando el título
vigente de tal condición.
3.4. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que
hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación
de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro de los diez días siguientes
a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho
plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.5. Las personas aspirantes con un grado de discapacidad reconocido igual o
superior al 33% podrán solicitar, expresándolo en el recuadro correspondiente del modelo
de solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y medios que estimen necesarias para
la realización de los ejercicios de la fase de oposición, debiendo presentar copia del
Dictamen Técnico Facultativo actualizado emitido por el Órgano Técnico de Valoración que
dictaminó el grado de discapacidad. La Universidad de Cádiz podrá requerir a la persona
interesada la información que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada, así
como el dictamen del órgano competente sobre la procedencia de la adaptación y de la
compatibilidad con el desempeño de las funciones del puesto concreto a ocupar.
3.6. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Igualmente se publicará, a los meros efectos de publicidad, en el «Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía», el «Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz» y en la página Web
del Área de Personal de la Universidad de Cádiz: https://personal.uca.es/convocatoria-pas/.
3.7. Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse, en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.