Autoridades y personal. . (2025/32-41)
Resolución de 3 de febrero de 2025, del Rector de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, mediante turno de promoción interna, en la escala Administrativa de la Universidad de Cádiz.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 32 - Lunes, 17 de febrero de 2025
página 2141/4
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de
Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista
provisional de admisión y exclusión de aspirantes. En dicha resolución, que deberá
publicarse en la página web del área de Personal
https://personal.uca.es/convocatoria-pas/,
se incluirá la lista completa de personas admitidas y excluidas indicándose, en este último
caso, la/s causa/s de exclusión.
4.2. Las personas excluidas dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir
del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página web, para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. La subsanación se realizará a través
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315750
la persona aspirante deberá señalar en su solicitud de participación que autoriza a la
Universidad de Cádiz a realizar esta consulta al correspondiente Centro de Valoración y
Orientación de la Delegación Territorial al que corresponda el expediente de la persona
aspirante.
3.4. Estarán exentos del pago de los derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar
a la solicitud el certificado en vigor acreditativo de tal condición expedido por el órgano
competente.
b) Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, de
acuerdo con la normativa vigente, quedarán eximidas del pago de los derechos de
examen mediante justificación documental de la resolución administrativa o judicial firme
del reconocimiento de tal condición.
c) Las víctimas de violencia de género, en los términos recogidos en la normativa
vigente, mediante justificación documental de tal condición.
d) Las familias numerosas, en los términos recogidos en la normativa vigente, tendrán
derecho a una exención del 100 por 100 de las tasas y precios públicos los miembros de
familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de
la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará adjuntando el título
vigente de tal condición.
3.5. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que
hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación
de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro de los diez días siguientes
a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho
plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.6. Las personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33
por 100 podrán solicitar, expresándolo en el recuadro correspondiente del modelo de
solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y medios que estimen necesarias para
la realización de los ejercicios de la fase de oposición, debiendo presentar copia del
Dictamen Técnico Facultativo actualizado emitido por el Órgano Técnico de Valoración
que dictaminó el grado de discapacidad. La Universidad de Cádiz podrá requerir a la
persona interesada la información que estime necesaria en orden a la adaptación
solicitada, así como el dictamen del órgano competente sobre la procedencia de la
adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las funciones del puesto concreto
a ocupar.
3.7. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados
a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía». Igualmente se publicará, a los meros efectos de publicidad, en el
«Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz» y en la página web del área de Personal de
la Universidad de Cádiz: https://personal.uca.es/convocatoria-pas/.
3.8. Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse, en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 32 - Lunes, 17 de febrero de 2025
página 2141/4
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de
Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista
provisional de admisión y exclusión de aspirantes. En dicha resolución, que deberá
publicarse en la página web del área de Personal
https://personal.uca.es/convocatoria-pas/,
se incluirá la lista completa de personas admitidas y excluidas indicándose, en este último
caso, la/s causa/s de exclusión.
4.2. Las personas excluidas dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir
del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página web, para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. La subsanación se realizará a través
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315750
la persona aspirante deberá señalar en su solicitud de participación que autoriza a la
Universidad de Cádiz a realizar esta consulta al correspondiente Centro de Valoración y
Orientación de la Delegación Territorial al que corresponda el expediente de la persona
aspirante.
3.4. Estarán exentos del pago de los derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar
a la solicitud el certificado en vigor acreditativo de tal condición expedido por el órgano
competente.
b) Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, de
acuerdo con la normativa vigente, quedarán eximidas del pago de los derechos de
examen mediante justificación documental de la resolución administrativa o judicial firme
del reconocimiento de tal condición.
c) Las víctimas de violencia de género, en los términos recogidos en la normativa
vigente, mediante justificación documental de tal condición.
d) Las familias numerosas, en los términos recogidos en la normativa vigente, tendrán
derecho a una exención del 100 por 100 de las tasas y precios públicos los miembros de
familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de
la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará adjuntando el título
vigente de tal condición.
3.5. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que
hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación
de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro de los diez días siguientes
a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho
plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.6. Las personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33
por 100 podrán solicitar, expresándolo en el recuadro correspondiente del modelo de
solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y medios que estimen necesarias para
la realización de los ejercicios de la fase de oposición, debiendo presentar copia del
Dictamen Técnico Facultativo actualizado emitido por el Órgano Técnico de Valoración
que dictaminó el grado de discapacidad. La Universidad de Cádiz podrá requerir a la
persona interesada la información que estime necesaria en orden a la adaptación
solicitada, así como el dictamen del órgano competente sobre la procedencia de la
adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las funciones del puesto concreto
a ocupar.
3.7. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados
a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía». Igualmente se publicará, a los meros efectos de publicidad, en el
«Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz» y en la página web del área de Personal de
la Universidad de Cádiz: https://personal.uca.es/convocatoria-pas/.
3.8. Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse, en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.