Autoridades y personal. . (2025/32-43)
Resolución de 28 de enero de 2025, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso de acceso para la provisión de plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 32 - Lunes, 17 de febrero de 2025
página 2054/8
de Empleo Público, Profesor Cuerpos Docentes LOSU – Convocatorias. Igualmente, y
según lo dispuesto en el artículo 34.3 del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el
que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios
y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos, se publicarán los
resultados de la evaluación de cada candidato con una explicación motivada y desglosada
por cada uno de los aspectos evaluados.
Finalizado el concurso, y siempre que no se haya interpuesto ninguna reclamación y/o
recurso, el interesado podrá solicitar en el Servicio de Programación Docente la retirada
de la documentación en el plazo máximo de 6 meses desde la resolución del concurso.
Transcurrido un mes después de dicho plazo, se procederá a la destrucción de la
documentación que no haya sido retirada.
Contra las propuestas de las comisiones de selección, los concursantes podrán
presentar reclamación ante el Sr. Rector en el plazo de 10 días contados a partir del
día siguiente al de la correspondiente publicación. Admitida a trámite la reclamación,
se suspenderán los nombramientos hasta su resolución. La reclamación será valorada
por una comisión compuesta por miembros elegidos entre Catedráticos de Universidad
pertenecientes a diversos ámbitos del conocimiento conforme a lo establecido en el
artículo 87 del Estatuto de la Universidad de Sevilla.
10. Nombramiento y toma de posesión.
El nombramiento como funcionario docente de carrera será efectuado por el Sr.
Rector, después de que el candidato propuesto haya dado cumplimiento a los requisitos
y plazos establecidos en la base anterior. El nombramiento especificará la denominación
de la plaza: Cuerpo, Área de Conocimiento y Departamento. Dicho nombramiento será
publicado en el BOE y en el BOJA y comunicado a la Secretaría General del Consejo de
Universidades.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315663
9. Documentación a presentar por los candidatos propuestos.
Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar, en los
veinte días hábiles siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, en el Servicio
de Gestión de Personal Docente (perdocente7@us.es) o por cualquiera de los medios
previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, los siguientes documentos:
a) Copia del DNI o documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la
española.
b) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas.
c) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado,
Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en
virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la Función
Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún
Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán
acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del R.D. 543/2001, de 18
de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en
su Estado, el acceso a la función pública.
d) En el caso de discapacitados, certificado oficial acreditativo de poseer la capacidad
funcional para el desempeño de las tareas. En el supuesto de que se necesite algún tipo
de adaptación al puesto de trabajo, el candidato propuesto deberá aportar informe del
Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad de Sevilla.
Quien tuviera la condición de funcionario público de carrera en activo estará exento
de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio
u Organismo del que dependan, acreditativa de su condición de funcionario y cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicios.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 32 - Lunes, 17 de febrero de 2025
página 2054/8
de Empleo Público, Profesor Cuerpos Docentes LOSU – Convocatorias. Igualmente, y
según lo dispuesto en el artículo 34.3 del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el
que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios
y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos, se publicarán los
resultados de la evaluación de cada candidato con una explicación motivada y desglosada
por cada uno de los aspectos evaluados.
Finalizado el concurso, y siempre que no se haya interpuesto ninguna reclamación y/o
recurso, el interesado podrá solicitar en el Servicio de Programación Docente la retirada
de la documentación en el plazo máximo de 6 meses desde la resolución del concurso.
Transcurrido un mes después de dicho plazo, se procederá a la destrucción de la
documentación que no haya sido retirada.
Contra las propuestas de las comisiones de selección, los concursantes podrán
presentar reclamación ante el Sr. Rector en el plazo de 10 días contados a partir del
día siguiente al de la correspondiente publicación. Admitida a trámite la reclamación,
se suspenderán los nombramientos hasta su resolución. La reclamación será valorada
por una comisión compuesta por miembros elegidos entre Catedráticos de Universidad
pertenecientes a diversos ámbitos del conocimiento conforme a lo establecido en el
artículo 87 del Estatuto de la Universidad de Sevilla.
10. Nombramiento y toma de posesión.
El nombramiento como funcionario docente de carrera será efectuado por el Sr.
Rector, después de que el candidato propuesto haya dado cumplimiento a los requisitos
y plazos establecidos en la base anterior. El nombramiento especificará la denominación
de la plaza: Cuerpo, Área de Conocimiento y Departamento. Dicho nombramiento será
publicado en el BOE y en el BOJA y comunicado a la Secretaría General del Consejo de
Universidades.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315663
9. Documentación a presentar por los candidatos propuestos.
Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar, en los
veinte días hábiles siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, en el Servicio
de Gestión de Personal Docente (perdocente7@us.es) o por cualquiera de los medios
previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, los siguientes documentos:
a) Copia del DNI o documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la
española.
b) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas.
c) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado,
Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en
virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la Función
Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún
Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán
acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del R.D. 543/2001, de 18
de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en
su Estado, el acceso a la función pública.
d) En el caso de discapacitados, certificado oficial acreditativo de poseer la capacidad
funcional para el desempeño de las tareas. En el supuesto de que se necesite algún tipo
de adaptación al puesto de trabajo, el candidato propuesto deberá aportar informe del
Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad de Sevilla.
Quien tuviera la condición de funcionario público de carrera en activo estará exento
de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio
u Organismo del que dependan, acreditativa de su condición de funcionario y cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicios.