Autoridades y personal. . (2025/32-13)
Resolución de 11 de febrero de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se declaran decaídas las personas que se citan, y se requiere a las personas candidatas que se citan para la presentación de solicitud de petición de centro de destino y se inicia el plazo para solicitar destino, de la categoría de Auxiliar Administrativo/a, para personas con discapacidad intelectual, por el sistema de acceso libre, del proceso selectivo de concurso, convocado mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022.
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Número 32 - Lunes, 17 de febrero de 2025
página 2046/2
aspirantes a las que siguiendo a las que superan el concurso se les requiere presentación
de solicitudes de petición de centro de destino, y se inicia el plazo para solicitar destino.
Así, habiendo un aspirante que no ha subsanado la falta de presentación de
declaración responsable en el plazo establecido en dicha Resolución de 17 de enero de
2025 (BOJA núm. 14, de 22 de enero), de la Dirección General de Personal del Servicio
Andaluz de Salud, procede acudir a la relación complementaria de los aspirantes que
sigan a los propuestos para su posible nombramiento como personal estatutario fijo,
requiriéndoles presentación de solicitudes de petición de destino.
De otra parte, cabe mencionar que el presente proceso selectivo de concurso se
desarrolla al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para
la reducción de la temporalidad en el empleo público. Dicha ley dispone en su art. 2
que los procesos de estabilización contemplados en la misma serán coordinados por las
Administraciones Públicas competentes. Por su parte, el Decreto-ley 12/2022, de 29 de
noviembre, por el que se regulan los procesos selectivos derivados de la Ley 20/2021, de
28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público, se establecen medidas de utilización de dichos procedimientos y se adoptan,
con carácter temporal, medidas en materia de selección de personal funcionario interino
en la Administración General de la Junta de Andalucía, regula tanto para los procesos
selectivos derivados del artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, como para
los procesos selectivos derivados de las disposiciones adicionales sexta y octava de
la citada Ley 20/2021, que no se requerirá en el ámbito del personal funcionario de la
Administración General de la Junta de Andalucía la previa regulación reglamentaria
prevista en el artículo 39 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, siendo las convocatorias
las que determinen la regulación de los procesos, con base en lo dispuesto en la Ley
20/2021, de 28 de diciembre, y en este decreto-ley.
En este sentido, de acuerdo a los límites temporales fijados con carácter básico, los
procesos de estabilización coincidentes en cuanto a la categoría/cuerpos convocados,
no pueden más que ser coordinados por la Administración competente, determinando las
convocatorias la regulación de los mismos con base en lo dispuesto en la Ley 20/2021, de
28 de diciembre, y en el Decreto-ley 12/2022, permitiendo, a su vez, alcanzar los objetivos
marcados por la mencionada Ley 20/2021 en los plazos establecidos en la misma.
En la presente convocatoria para cubrir plazas básicas vacantes de la categoría
de Auxiliar Administrativo/a, para personas con discapacidad intelectual, por el sistema
de concurso, mediante Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Dirección General
de Personal del Servicio Andaluz de Salud (publicada en la página web del Servicio
Andaluz de Salud con fecha 10 de mayo de 2024), se aprobaron las listas definitivas de
personas que superan las pruebas selectivas de concurso. Posteriormente se dictaron
las Resoluciones de 25 de noviembre de 2024 (BOJA núm. 232, de 28 de noviembre), de
17 de enero de 2025 (BOJA núm. 14, de 22 de enero), y de 3 de febrero de 2025 (BOJA núm.
25, de 6 de enero), todas ellas de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de
Salud, por las que de conformidad con las bases reguladoras se iniciaron los trámites para
proceder al acuerdo del nombramiento de las personas aspirantes seleccionadas.
A día de hoy, y pese al dictado de las resoluciones citadas en el punto anterior, no
se ha conseguido concluir la fase de nombramiento del presente proceso selectivo de
concurso, siendo esta situación determinante para que pueda producirse los siguientes
acuerdos de nombramiento de las personas que han superado el proceso selectivo de
concurso oposición de la misma categoría de Auxiliar Administrativo/a, para personas con
discapacidad intelectual, convocado mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022.
Ante tales circunstancias singulares, esta Administración tiene el deber de hacer
efectivo la aplicación del acuerdo a los límites temporales fijados con carácter básico
en la mencionada Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la
reducción de la temporalidad en el empleo público. A tal fin, dada la existencia de la
posible consideración como personas que cuenten con una puntuación total consecutiva
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315656
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 2046/2
aspirantes a las que siguiendo a las que superan el concurso se les requiere presentación
de solicitudes de petición de centro de destino, y se inicia el plazo para solicitar destino.
Así, habiendo un aspirante que no ha subsanado la falta de presentación de
declaración responsable en el plazo establecido en dicha Resolución de 17 de enero de
2025 (BOJA núm. 14, de 22 de enero), de la Dirección General de Personal del Servicio
Andaluz de Salud, procede acudir a la relación complementaria de los aspirantes que
sigan a los propuestos para su posible nombramiento como personal estatutario fijo,
requiriéndoles presentación de solicitudes de petición de destino.
De otra parte, cabe mencionar que el presente proceso selectivo de concurso se
desarrolla al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para
la reducción de la temporalidad en el empleo público. Dicha ley dispone en su art. 2
que los procesos de estabilización contemplados en la misma serán coordinados por las
Administraciones Públicas competentes. Por su parte, el Decreto-ley 12/2022, de 29 de
noviembre, por el que se regulan los procesos selectivos derivados de la Ley 20/2021, de
28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público, se establecen medidas de utilización de dichos procedimientos y se adoptan,
con carácter temporal, medidas en materia de selección de personal funcionario interino
en la Administración General de la Junta de Andalucía, regula tanto para los procesos
selectivos derivados del artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, como para
los procesos selectivos derivados de las disposiciones adicionales sexta y octava de
la citada Ley 20/2021, que no se requerirá en el ámbito del personal funcionario de la
Administración General de la Junta de Andalucía la previa regulación reglamentaria
prevista en el artículo 39 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, siendo las convocatorias
las que determinen la regulación de los procesos, con base en lo dispuesto en la Ley
20/2021, de 28 de diciembre, y en este decreto-ley.
En este sentido, de acuerdo a los límites temporales fijados con carácter básico, los
procesos de estabilización coincidentes en cuanto a la categoría/cuerpos convocados,
no pueden más que ser coordinados por la Administración competente, determinando las
convocatorias la regulación de los mismos con base en lo dispuesto en la Ley 20/2021, de
28 de diciembre, y en el Decreto-ley 12/2022, permitiendo, a su vez, alcanzar los objetivos
marcados por la mencionada Ley 20/2021 en los plazos establecidos en la misma.
En la presente convocatoria para cubrir plazas básicas vacantes de la categoría
de Auxiliar Administrativo/a, para personas con discapacidad intelectual, por el sistema
de concurso, mediante Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Dirección General
de Personal del Servicio Andaluz de Salud (publicada en la página web del Servicio
Andaluz de Salud con fecha 10 de mayo de 2024), se aprobaron las listas definitivas de
personas que superan las pruebas selectivas de concurso. Posteriormente se dictaron
las Resoluciones de 25 de noviembre de 2024 (BOJA núm. 232, de 28 de noviembre), de
17 de enero de 2025 (BOJA núm. 14, de 22 de enero), y de 3 de febrero de 2025 (BOJA núm.
25, de 6 de enero), todas ellas de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de
Salud, por las que de conformidad con las bases reguladoras se iniciaron los trámites para
proceder al acuerdo del nombramiento de las personas aspirantes seleccionadas.
A día de hoy, y pese al dictado de las resoluciones citadas en el punto anterior, no
se ha conseguido concluir la fase de nombramiento del presente proceso selectivo de
concurso, siendo esta situación determinante para que pueda producirse los siguientes
acuerdos de nombramiento de las personas que han superado el proceso selectivo de
concurso oposición de la misma categoría de Auxiliar Administrativo/a, para personas con
discapacidad intelectual, convocado mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022.
Ante tales circunstancias singulares, esta Administración tiene el deber de hacer
efectivo la aplicación del acuerdo a los límites temporales fijados con carácter básico
en la mencionada Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la
reducción de la temporalidad en el empleo público. A tal fin, dada la existencia de la
posible consideración como personas que cuenten con una puntuación total consecutiva
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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