Disposiciones generales. . (2025/31-1)
Orden de 4 de febrero de 2025, por la que se fija una cuantía adicional a la prevista en la Orden de 17 de enero de 2024, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las ayudas dirigidas a la mejora del rendimiento y la sostenibilidad global de las explotaciones agrarias para cultivos intensivos en invernaderos, previstas en la orden que se cita.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 31 - Viernes, 14 de febrero de 2025
página 2044/2
sostenibilidad global de explotaciones agrarias», por una cuantía adicional de dos millones
ciento setenta mil cien euros (2.170.100,00 euros), con cargo a la partida presupuestaria
que se detalla a continuación, sin necesidad de que se dicte una nueva convocatoria,
y dictándose una resolución complementaria a la de concesión de subvención,
incorporando a todas las personas solicitantes que cumpliendo los requisitos necesarios
para tener la consideración de persona beneficiaria, no hubieran obtenido tal condición
por haberse agotado el crédito consignado inicialmente, y sin que tal publicidad lleve
aparejado la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, de conformidad
con lo establecido en el artículo 10.e) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que
se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la
Administración de la Junta de Andalucía:
Partida Presupuestaria
1400110000 G/71B/77700/00 C12A0411G1 2016000579
Anualidad
2025
Importe
2.170.100 €
Segundo. La presente orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 4 de febrero de 2025
RAMÓN FERNÁNDEZ-PACHECO MONTERREAL
00315653
Consejero de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 31 - Viernes, 14 de febrero de 2025
página 2044/2
sostenibilidad global de explotaciones agrarias», por una cuantía adicional de dos millones
ciento setenta mil cien euros (2.170.100,00 euros), con cargo a la partida presupuestaria
que se detalla a continuación, sin necesidad de que se dicte una nueva convocatoria,
y dictándose una resolución complementaria a la de concesión de subvención,
incorporando a todas las personas solicitantes que cumpliendo los requisitos necesarios
para tener la consideración de persona beneficiaria, no hubieran obtenido tal condición
por haberse agotado el crédito consignado inicialmente, y sin que tal publicidad lleve
aparejado la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, de conformidad
con lo establecido en el artículo 10.e) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que
se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la
Administración de la Junta de Andalucía:
Partida Presupuestaria
1400110000 G/71B/77700/00 C12A0411G1 2016000579
Anualidad
2025
Importe
2.170.100 €
Segundo. La presente orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 4 de febrero de 2025
RAMÓN FERNÁNDEZ-PACHECO MONTERREAL
00315653
Consejero de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja