3. Otras disposiciones. . (2025/31-58)
Acuerdo de 11 de febrero de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Municipio Turístico al municipio de Vera (Almeria)
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 31 - Viernes, 14 de febrero de 2025

página 2038/3

11. Ubicación del término municipal, total o parcialmente, en alguno de los espacios
naturales protegidos de Andalucía o sus Áreas de Influencia Socioeconómica.
12. Adopción de medidas de protección y recuperación del entorno natural y del
paisaje.
13. Existencia de un planeamiento urbanístico que contemple las dotaciones de
espacios libres y otras que cumplan las reservas mínimas previstas por la legislación
urbanística, justificándose su incidencia sobre la población turística asistida.
14. Actuaciones para potenciar la movilidad sostenible no motorizada o la motorizada
basada en energías alternativas.
15. Distintivos y certificaciones de calidad de los recursos y servicios turísticos que
tenga el municipio.
16. Declaraciones de zonas de gran afluencia turística a efectos de horarios
comerciales concedida por la Consejería competente en materia de comercio interior.
17. Oficinas municipales donde se facilite información a la población turística asistida
sobre sus derechos como personas consumidoras y usuarias.
Por otra parte, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 del citado Decreto,
la Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Almería, con fecha 2 de octubre
de 2024, emite informe favorable sobre la oferta turística del municipio. Asimismo, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 72/2017, de 13 de junio, el Consejo
Andaluz del Turismo, con fecha 10 de diciembre de 2024, informa favorablemente al
respecto, al igual que hizo el Consejo Andaluz de Gobiernos Locales en su informe de 19
de diciembre de 2024, en el que indica que no formula observaciones al trámite previsto
en el artículo 20.2 de la Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo en Andalucía.
Evacuados los informes previos preceptivos, y siendo estos favorables, la Secretaría
General para el Turismo, con fecha 9 de enero de 2025, emite el correspondiente
informe favorable para la declaración del municipio de Vera como Municipio Turístico, de
conformidad con el artículo 9 del referido Decreto.
Instruido el procedimiento, se prescinde del trámite de audiencia en virtud de lo
dispuesto en el artículo 82.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Turismo y Andalucía Exterior, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.2 de la Ley 13/2011, de 23 de diciembre,
del Turismo de Andalucía, y en el artículo 11 del Decreto 72/2017, de 13 de junio, y previa
deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 11 de febrero de 2025,
ACUERDA
Primero. Declaración de Municipio Turístico.
Se declara Municipio Turístico de Andalucía al municipio de Vera, provincia de
Almería, con los efectos y obligaciones previstos en el Decreto 72/2017, de 13 de junio,
de Municipio Turístico de Andalucía.

Tercero. Notificación y publicación.
El presente acuerdo será notificado al municipio interesado en los términos y con los
efectos previstos en el artículo 12.2 del Decreto 72/2017, de 13 de junio, y deberá ser
publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00315647

Segundo. Inscripción.
La declaración de Municipio Turístico de Andalucía de Vera será inscrita en el Registro
de Turismo de Andalucía, de conformidad con lo previsto en su normativa reguladora.