5. Anuncios. . (2025/30-120)
Resolución de 5 de febrero de 2025, del Ayuntamiento de Fuente Carreteros, por la que se convoca una consulta popular en el municipio sobre la propuesta de fechas para la celebración de feria y verbena de la localidad. (PP. 246/2025).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 30 - Jueves, 13 de febrero de 2025

página 1612/1

5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTOS
Resolución de 5 de febrero de 2025, del Ayuntamiento de Fuente Carreteros,
por la que se convoca una consulta popular en el municipio sobre la propuesta
de fechas para la celebración de feria y verbena de la localidad. (PP. 246/2025).
Expediente núm.: GEX 682/2024 y 610/2024.
DECRETO
Por el que se convoca una consulta popular en el municipio de Fuente Carreteros
sobre la propuesta de fechas para la celebración de feria y verbena de la localidad.
Una de las formas reguladas normativamente para facilitar la participación de los
ciudadanos en la vida pública de sus municipios es a través de las consultas populares.
La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, regula en su
artículo 71 las consultas populares y dispone que los Alcaldes, previo acuerdo por
mayoría absoluta del pleno y autorización del Gobierno de la Nación, podrán someter a
consulta popular aquellos asuntos de competencia propia municipal y de carácter local
que sean de especial relevancia para los intereses de los vecinos, con excepción de los
relativos a la Hacienda Local.
Por otro lado, el artículo 2 de la Ley 2/2001, de 3 de mayo, de Regulación de las
Consultas Populares Locales en Andalucía (LRCPA), viene a tomar razón del antedicho
precepto, al indicar que la consulta popular local es el instrumento de conocimiento de la
opinión de los vecinos sobre asuntos de la competencia propia municipal y de carácter
local que sean de especial relevancia para sus intereses, sin que su resultado vincule
a la Entidad Local convocante. En ningún caso podrán someterse a consulta popular
local asuntos cuando alguna de las opciones a escoger resulte contraria al ordenamiento
jurídico. Asimismo, la consulta popular local no podrá menoscabar las facultades de
decisión que corresponden a los órganos representativos del municipio.
El Ayuntamiento de Fuente Carreteros en Pleno acordó por unanimidad, el 22 de
mayo de 2024, promover la consulta popular. Los términos exactos de la consulta fueron
aprobados en sesión celebrada en Comisión Informativa de Funcionamiento el día 29 de
abril de 2024.
El Consejo de Ministros, en su reunión de 17 de diciembre de 2024, adoptó acuerdo
mediante el que se autoriza al Ayuntamiento de Fuente Carreteros a realizar una consulta
popular respecto de la propuesta de fechas para la celebración de feria y verbena de la
localidad.
El día 20 de diciembre, el Alcalde del Ayuntamiento de Fuente Carreteros comunica
que la fecha elegida para la celebración de la consulta popular es el día 16 de marzo
de 2025, desde las 9:00 horas hasta las 20:00 horas.

DISPONGO
Primero. El presente decreto tiene por objeto convocar una consulta popular, en el
municipio de Fuente Carreteros, respecto de la propuesta de fechas para la celebración
de feria y verbena de la localidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00315221

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 2/2001, de 3
de mayo, de Regulación de las Consultas Populares Locales en Andalucía, por el que se
regula el régimen de convocatorias de las mismas,