5. Anuncios. . (2025/30-123)
Anuncio de 30 de enero de 2025, del Ayuntamiento de El Puerto de Santa María, de bases para la selección de órganos directivos mediante libre designación. (PP. 209/2025).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 30 - Jueves, 13 de febrero de 2025
página 1315/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTOS
«La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 23 de enero de 2025, adoptó
acuerdo que transcrito literalmente dice:
Francisco Javier Bello González, Teniente de Alcalde Delegado de Gran Ciudad,
Función Pública y Organización Municipal, eleva a la Junta de Gobierno Local la siguiente
propuesta de acuerdo:
Con fecha 20 de marzo de 2024, el Parlamento de Andalucía acordó la inclusión
del municipio de El Puerto de Santa María en el Régimen de Organización de los
Municipios de Gran Población (BOJA núm. 64, 3.4.24). La inclusión en este Régimen de
Organización conlleva la aplicación del Título X de LRBRL, el cual, implica un régimen de
organización más complejo que el que corresponde a los municipios de régimen común.
En este sentido, y junto a los órganos superiores, los municipios incluidos en este régimen
de organización contarán, además, con determinados órganos directivos, conforme al
art. 130.1.B de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local
(LRBRL), como son los Coordinadores Generales de área o concejalía y los Directores
Generales, entre otros. Asimismo, el art. 129 de la citada normativa, impone la creación
de un órgano denominado Asesoría Jurídica.
La LRBRL establece que el modelo de organización política y de gestión municipal
de este tipo de municipios, implica la obligatoria regulación de naturaleza orgánica del
funcionamiento de diversos órganos y de la determinación de los niveles esenciales de la
organización municipal. En este sentido, con fecha 31 de mayo de 2024 se aprobó, por el
Pleno de la Corporación Local, con carácter inicial el Reglamento Orgánico del Gobierno
y la Administración Municipal (ROGAM), acuerdo que fue elevado a definitivo al no
presentarse alegaciones durante el periodo de información pública al cual fue sometido el
documento. En el citado Reglamento se regula, entre otros aspectos, la determinación de
los niveles esenciales de la organización municipal y de los Órganos Directivos.
Por otro lado, conforme a organización municipal prevista por la LRBRL y la regulación
contemplada por el ROGAM (art.32.1), mediante Decreto de Alcaldía 2024/2100, de 9 de
abril, se determinaron cinco Áreas de Gobierno, y las Delegaciones incluidas en cada
una de ellas. Además, como consecuencia de la inclusión en el régimen de organización
de municipios de gran población, se hizo necesario la regulación sobre el funcionamiento
de diversos órganos y la determinación de los niveles esenciales de la organización
municipal. Por otro lado, mediante Decreto 2024/6389, de 19 de septiembre, de Alcaldía,
se aprobó el número y determinación de los Órganos Directivos considerados niveles
esenciales, creando, a su vez, los correlativos puestos directivos con su respectiva
incardinación en la estructura administrativa.
Igualmente, debemos tener en cuenta la previsión contemplada por el art. 129.1
de la LRBRL, que establece como preceptivo dentro del régimen de organización en
municipios de Gran Población la existencia de “...un órgano administrativo responsable de
la asistencia jurídica al Alcalde, a la Junta de Gobierno Local y a los órganos directivos,
comprensiva del asesoramiento jurídico y de la representación y defensa en juicio del
ayuntamiento...”. Siendo su titular nombrado conforme a las previsiones contenidas por el
apartado 2 del citado artículo. En aplicación de la normativa y de lo contemplado por el
ROGAM mediante Decreto de Alcaldía 2024/6702, de 2 de octubre, se aprobó la creación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314925
Anuncio de 30 de enero de 2025, del Ayuntamiento de El Puerto de Santa
María, de bases para la selección de órganos directivos mediante libre
designación. (PP. 209/2025).
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 30 - Jueves, 13 de febrero de 2025
página 1315/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTOS
«La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 23 de enero de 2025, adoptó
acuerdo que transcrito literalmente dice:
Francisco Javier Bello González, Teniente de Alcalde Delegado de Gran Ciudad,
Función Pública y Organización Municipal, eleva a la Junta de Gobierno Local la siguiente
propuesta de acuerdo:
Con fecha 20 de marzo de 2024, el Parlamento de Andalucía acordó la inclusión
del municipio de El Puerto de Santa María en el Régimen de Organización de los
Municipios de Gran Población (BOJA núm. 64, 3.4.24). La inclusión en este Régimen de
Organización conlleva la aplicación del Título X de LRBRL, el cual, implica un régimen de
organización más complejo que el que corresponde a los municipios de régimen común.
En este sentido, y junto a los órganos superiores, los municipios incluidos en este régimen
de organización contarán, además, con determinados órganos directivos, conforme al
art. 130.1.B de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local
(LRBRL), como son los Coordinadores Generales de área o concejalía y los Directores
Generales, entre otros. Asimismo, el art. 129 de la citada normativa, impone la creación
de un órgano denominado Asesoría Jurídica.
La LRBRL establece que el modelo de organización política y de gestión municipal
de este tipo de municipios, implica la obligatoria regulación de naturaleza orgánica del
funcionamiento de diversos órganos y de la determinación de los niveles esenciales de la
organización municipal. En este sentido, con fecha 31 de mayo de 2024 se aprobó, por el
Pleno de la Corporación Local, con carácter inicial el Reglamento Orgánico del Gobierno
y la Administración Municipal (ROGAM), acuerdo que fue elevado a definitivo al no
presentarse alegaciones durante el periodo de información pública al cual fue sometido el
documento. En el citado Reglamento se regula, entre otros aspectos, la determinación de
los niveles esenciales de la organización municipal y de los Órganos Directivos.
Por otro lado, conforme a organización municipal prevista por la LRBRL y la regulación
contemplada por el ROGAM (art.32.1), mediante Decreto de Alcaldía 2024/2100, de 9 de
abril, se determinaron cinco Áreas de Gobierno, y las Delegaciones incluidas en cada
una de ellas. Además, como consecuencia de la inclusión en el régimen de organización
de municipios de gran población, se hizo necesario la regulación sobre el funcionamiento
de diversos órganos y la determinación de los niveles esenciales de la organización
municipal. Por otro lado, mediante Decreto 2024/6389, de 19 de septiembre, de Alcaldía,
se aprobó el número y determinación de los Órganos Directivos considerados niveles
esenciales, creando, a su vez, los correlativos puestos directivos con su respectiva
incardinación en la estructura administrativa.
Igualmente, debemos tener en cuenta la previsión contemplada por el art. 129.1
de la LRBRL, que establece como preceptivo dentro del régimen de organización en
municipios de Gran Población la existencia de “...un órgano administrativo responsable de
la asistencia jurídica al Alcalde, a la Junta de Gobierno Local y a los órganos directivos,
comprensiva del asesoramiento jurídico y de la representación y defensa en juicio del
ayuntamiento...”. Siendo su titular nombrado conforme a las previsiones contenidas por el
apartado 2 del citado artículo. En aplicación de la normativa y de lo contemplado por el
ROGAM mediante Decreto de Alcaldía 2024/6702, de 2 de octubre, se aprobó la creación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314925
Anuncio de 30 de enero de 2025, del Ayuntamiento de El Puerto de Santa
María, de bases para la selección de órganos directivos mediante libre
designación. (PP. 209/2025).