Disposiciones generales. . (2025/29-3)
Resolución de 5 de febrero de 2025, de la Dirección General de Presupuestos, por la que se modifican los Anexos I, II, III, IV y VI de la Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, de 24 de mayo de 2024, por la que se dictan normas para la elaboración del Presupuesto de la Junta de Andalucía para el año 2025, y el Anexo I y II de la Orden de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, de 7 de julio de 2020, por la que se establecen los códigos y las definiciones de las clasificaciones económicas de los estados de ingresos y gastos del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA
GRUPO

FUNCIÓN

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página 1792/8

PROG
A

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Número 29 - Miércoles, 12 de febrero de 2025

DENOMINACIÓN PRINCIPAL
Ordenación y Promoción Comercial
RELACIONES CON OTRAS ADMINISTRACIONES

1

Relaciones con las Corporaciones Locales
A

Cooperación Económica y Coordinación con las Corporaciones Locales

B

Cooperación Económica y Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales

2

Relaciones con la Unión Europea y Ayudas al Desarrollo
A

Acción Exterior

B

Cooperación para el Desarrollo

Cuarto. Modificar el Anexo IV, Clasificación Económica del Gasto Público, de la Orden
de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, de 24 de mayo de 2024, en
los siguientes términos:
a) Se añaden los siguientes subconceptos:
Subconcepto 150.07. Miembros del Tribunal Administrativo de Recursos
Contractuales.
Subconcepto 150.08. Productividad específica. Letrados sanitarios.
Subconcepto 221.20. Productos radiofármacos.
Subconcepto 227.15.Trabajos realizados por otras empresas o profesionales/
Servicios de Mediación.
Subconcepto 227.41. Costes pre-explotación tranvía de Jaén.
Subconcepto 228.34. A empresa pública de gestión de activos S.A., EPGASA.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00315401

Tercero. Modificar el Anexo III, Clasificación Económica de Ingresos, de la Orden de
la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, de 24 de mayo de 2024, en
los siguientes términos:
a) Se añaden los siguientes subconceptos:
Subconcepto 399.11. Recuperación pagos en materia fomento y urbanismo.
Subconcepto 399.12. Ejecución subsidiaria.
Subconcepto 399.13. Indemnizaciones por responsabilidad civil.
Subconcepto 401.27. Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA)
2021-2027.
Subconcepto 430.13. De la Consejería de Cultura y Deporte.
Subconcepto 490.65. Instrumento Interregional de Inversiones en Innovación (I3)
2021-2027.
Subconcepto 495.40. Programa EU4Health 2021-2027.
Concepto 612. Venta de Otros Bienes Muebles.
Subconcepto 612.00. Venta de Otros Bienes Muebles.
Subconcepto 701.27. Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura (FEMPA)
2021-2027.
Subconcepto 790.39. P.O. FEDER Iniciativa PYME 2014-2020 (Retornos IF).
Subconcepto 790.65. Instrumento Interregional de Inversiones en Innovación (I3)
2021-2027.
Subconcepto 795.40. Programa EU4Health 2021-2027.
b) Se modifican los siguientes subconceptos:
Subconcepto 430.07. De la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte pasa a
denominarse De la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior.
Subconcepto 792.31. Plan de Frutas y Verduras en Escuelas pasa a denominarse
Plan de Frutas, Verduras y Lácteos en Escuelas.