3. Otras disposiciones. . (2025/29-20)
Resolución de 3 de febrero de 2025, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz, por la que se concede autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción a instalación eléctrica de alta tensión que se cita. (PP. 232/2025).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 29 - Miércoles, 12 de febrero de 2025
página 1493/3
No se han formulado alegaciones dentro del plazo.
Asimismo, tal y como establece el citado Título VII del R.D. 1955/2000, se dio traslado
por plazo de treinta días de la solicitud y documentos técnicos, a la serie de organismos
que a continuación se enumeran, ya que según declara el promotor de la instalación,
pueden verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos presten su
conformidad u oposición, y en su caso, establezcan el condicionado técnico procedente:
- Ayuntamiento de Vejer de la Frontera.
- Ayuntamiento de Conil de la Frontera.
Desde el punto el punto de vista sectorial energético, se da la circunstancia de
que existe conformidad entre los organismos afectados y la peticionaria acorde con la
documentación aportada, y se manifiesta conformidad con las alegaciones e informes
presentados por los citados organismos afectados en los plazos reglamentarios durante
el procedimiento de tramitación, según obra en el expediente de referencia, en el ejercicio
de las competencias atribuidas a esta Delegación, a reserva de las demás licencias o
autorizaciones necesarias de otros organismos.
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para conocer y resolver este expediente la tiene otorgada
esta Delegación en virtud de las siguientes disposiciones:
- Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para
Andalucía.
- Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías.
- Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la
Consejería de Política Industrial y Energía.
- Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto
300/2022, de 30 de agosto.
- Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de
simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación
económica en Andalucía.
- Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que
se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales
competentes en materia de energía.
Tercero. Son de aplicación específica a los hechos descritos en el procedimiento:
- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
- Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y
eficiencia energética de Andalucía.
- Decreto-ley 2/2018, de 26 de junio, de simplificación de normas en materia de
energía y fomento de las energías renovables en Andalucía.
- Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en
materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315101
Segundo. Son de aplicación general al procedimiento:
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
BOJA
Número 29 - Miércoles, 12 de febrero de 2025
página 1493/3
No se han formulado alegaciones dentro del plazo.
Asimismo, tal y como establece el citado Título VII del R.D. 1955/2000, se dio traslado
por plazo de treinta días de la solicitud y documentos técnicos, a la serie de organismos
que a continuación se enumeran, ya que según declara el promotor de la instalación,
pueden verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos presten su
conformidad u oposición, y en su caso, establezcan el condicionado técnico procedente:
- Ayuntamiento de Vejer de la Frontera.
- Ayuntamiento de Conil de la Frontera.
Desde el punto el punto de vista sectorial energético, se da la circunstancia de
que existe conformidad entre los organismos afectados y la peticionaria acorde con la
documentación aportada, y se manifiesta conformidad con las alegaciones e informes
presentados por los citados organismos afectados en los plazos reglamentarios durante
el procedimiento de tramitación, según obra en el expediente de referencia, en el ejercicio
de las competencias atribuidas a esta Delegación, a reserva de las demás licencias o
autorizaciones necesarias de otros organismos.
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para conocer y resolver este expediente la tiene otorgada
esta Delegación en virtud de las siguientes disposiciones:
- Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para
Andalucía.
- Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías.
- Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la
Consejería de Política Industrial y Energía.
- Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto
300/2022, de 30 de agosto.
- Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de
simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación
económica en Andalucía.
- Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que
se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales
competentes en materia de energía.
Tercero. Son de aplicación específica a los hechos descritos en el procedimiento:
- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
- Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y
eficiencia energética de Andalucía.
- Decreto-ley 2/2018, de 26 de junio, de simplificación de normas en materia de
energía y fomento de las energías renovables en Andalucía.
- Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en
materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315101
Segundo. Son de aplicación general al procedimiento:
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.