3. Otras disposiciones. . (2025/29-24)
Orden de 6 de febrero de 2025, por la que se aprueba la denominación específica de «Javier Imbroda» para el Centro Público Integrado de Formación Profesional de La Rinconada (Sevilla).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 29 - Miércoles, 12 de febrero de 2025
página 1803/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Orden de 6 de febrero de 2025, por la que se aprueba la denominación
específica de «Javier Imbroda» para el Centro Público Integrado de Formación
Profesional de La Rinconada (Sevilla).
El Consejo Social del Centro Público Integrado de Formación Profesional, con código
41022978, de La Rinconada (Sevilla), en su sesión de fecha 14 de octubre de 2024,
acordó proponer la denominación específica de «Javier Imbroda» para dicho centro.
En su virtud, visto el Decreto 334/2009, de 22 de septiembre, por el que se regulan los
centros integrados de formación profesional en la Comunidad Autónoma de Andalucía, el
expediente de solicitud de denominación específica, remitido por la Delegación Territorial
de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e
Innovación en Sevilla, y a propuesta del Director General de Planificación, Centros y
Enseñanza Concertada,
DISPONGO
Primero. Aprobar la denominación específica de «Javier Imbroda», para el Centro
Público Integrado de Formación Profesional, código 41022978, y con domicilio en la
Avenida de la Unión, 5, de La Rinconada (Sevilla).
Segundo. La denominación específica aprobada se inscribirá en el Registro de
Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que
se crea y regula el Registro de Centros Docentes.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente
al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con
los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de
22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo
competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido
en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 6 de febrero de 2025
MARÍA DEL CARMEN CASTILLO MENA
00315411
Consejera de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 29 - Miércoles, 12 de febrero de 2025
página 1803/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Orden de 6 de febrero de 2025, por la que se aprueba la denominación
específica de «Javier Imbroda» para el Centro Público Integrado de Formación
Profesional de La Rinconada (Sevilla).
El Consejo Social del Centro Público Integrado de Formación Profesional, con código
41022978, de La Rinconada (Sevilla), en su sesión de fecha 14 de octubre de 2024,
acordó proponer la denominación específica de «Javier Imbroda» para dicho centro.
En su virtud, visto el Decreto 334/2009, de 22 de septiembre, por el que se regulan los
centros integrados de formación profesional en la Comunidad Autónoma de Andalucía, el
expediente de solicitud de denominación específica, remitido por la Delegación Territorial
de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e
Innovación en Sevilla, y a propuesta del Director General de Planificación, Centros y
Enseñanza Concertada,
DISPONGO
Primero. Aprobar la denominación específica de «Javier Imbroda», para el Centro
Público Integrado de Formación Profesional, código 41022978, y con domicilio en la
Avenida de la Unión, 5, de La Rinconada (Sevilla).
Segundo. La denominación específica aprobada se inscribirá en el Registro de
Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que
se crea y regula el Registro de Centros Docentes.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente
al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con
los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de
22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo
competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido
en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 6 de febrero de 2025
MARÍA DEL CARMEN CASTILLO MENA
00315411
Consejera de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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