Autoridades y personal. . (2025/28-34)
Resolución de 6 de febrero de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos de acceso libre, para ingreso en diferentes especialidades del Cuerpo de Gestión Administrativa, en el ámbito de la Administración General de la Junta de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 28 - Martes, 11 de febrero de 2025

página 1712/18

Las alegaciones deberán presentarse electrónicamente ante el Registro Electrónico
Único de la Junta de Andalucía, al que se podrá acceder desde la página web del Instituto
Andaluz de Administración Pública (www.juntadeandalucia.es/organismos/iaap).
Una vez resueltas las alegaciones presentadas, el órgano de selección hará pública,
en los mismos lugares previstos en el apartado 5 de la base primera, la relación definitiva
de personas aprobadas por orden de puntuación. En ella constarán las calificaciones
obtenidas en el proceso selectivo y será elevada con propuesta de nombramiento
como personal funcionario de carrera a la persona titular de la Secretaría General
para la Administración Pública. Contra esta lista definitiva de personas aprobadas
podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección General de Recursos Humanos
y Función Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su
publicación, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la 39/2015, de 1 de octubre.
La presentación del citado recurso de alzada ha de realizarse de forma exclusivamente
electrónica, conforme lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley
5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, en el siguiente enlace https://
juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/12595.html
Décima. Cobertura de plazas adicionales.
De acuerdo con la disposición adicional vigésima octava de la Ley 5/2023, de 7
de junio, con el objeto de dar cobertura a las posibles plazas adicionales a las que se
refiere la base primera, apartado 2, la Secretaría General para la Administración Pública,
una vez concluido el correspondiente proceso selectivo, incluida, en su caso, la lista
complementaria, requerirá a la comisión de selección relación de personas aspirantes
que, sin formar parte de la relación definitiva de personas que superan el proceso
selectivo en su totalidad, hayan participado en el mismo y hayan superado los ejercicios
de la oposición.
Undécima. Bolsa de personal funcionario interino.
A los únicos efectos de integración en la bolsa de personal funcionario interino, la
puntuación necesaria para superar el primer ejercicio se determinará por la persona
titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública con anterioridad
a la identificación nominal de las personas participantes y se concretará en la resolución
por la que se apruebe la relación de aspirantes a nombramiento de personal funcionario
interino del cuerpo y especialidad. Para determinar dicha puntuación, que nunca será
superior a la establecida en la base séptima para superar el primer ejercicio se tendrá
en cuenta el número de personas funcionarias interinas nombradas en el cuerpo y
especialidad en los tres años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Duodécima. Impugnaciones.
La presente resolución y cuantos actos administrativos se deriven de esta
convocatoria, de sus bases y de las actuaciones de la comisión de selección, podrán ser
impugnados por las personas interesadas en los casos y en la forma establecidos por la
Ley 39/2015, de 1 de octubre.

00315321

Sevilla, 6 de febrero de 2025.- El Director General, Antonio Parralo Vegazo.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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