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Resolución de 5 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se procede a la publicación del acto administrativo que se cita.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 28 - Martes, 11 de febrero de 2025

página 1697/1

5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 5 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo,
Seguridad y Salud Laboral, por la que se procede a la publicación del acto
administrativo que se cita.
El artículo 40.2 del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden
Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, establece que «las
sanciones impuestas por infracciones muy graves, una vez firmes, se harán públicas en
la forma que se determine reglamentariamente».
En desarrollo de dicho precepto se dictó el Real Decreto 597/2007, de 4 de mayo
(BOE núm. 108, de 5 de mayo de 2007), sobre publicación de las sanciones por
infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, que tiene por
objeto principal determinar la forma en que deben hacerse públicas dichas sanciones.
El artículo 149.1.7.º de la Constitución Española establece la competencia exclusiva
del Estado en materia de legislación laboral, sin perjuicio de su ejecución por los Órganos
de las Comunidades Autónomas. Por tanto, existiendo actualmente en la Junta de
Andalucía una sanción firme impuesta por infracción muy grave en materia de prevención
de riesgos laborales susceptible de publicación con arreglo a la normativa vigente,
procede realizar dicha publicación en la forma y términos establecidos en el Real Decreto
597/2007, de 4 de mayo.
En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en la Orden de la Consejería de
Empleo, de 7 de febrero de 2008 (BOJA núm. 36, de fecha 20 de febrero de 2008), sobre
publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de
riesgos laborales, y del Decreto 307/2010, de 15 de junio, por el que se determinan los
órganos competentes para la imposición de sanciones por infracciones en el orden social;
del Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, de traspaso de funciones y servicios
del Estado en materia de trabajo; del Decreto de la Junta de Andalucía 26/1983, de 9 de
febrero, sobre asignación de los servicios transferidos por el Estado en materia de trabajo;
del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías,
modificado por el Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto; del Decreto 155/2022,
de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo,
Empresa y Trabajo Autónomo, y del Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se
modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización
territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía,
RESUELVO

- Nombre o razón social de la empresa: Laborali, S. Coop. And.
- NIF: F93198216.
- Sector de actividad: Formación.
- Domicilio social: Avenida Parménides, núm. 11, piso 2, puerta 4A. 29010 Málaga.
- Infracción cometida: Por impartir y certificar la formación en materia de prevención
de riesgos laborales sin contar con la preceptiva acreditación ni autorización.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00315306

1. Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la sanción
firme impuesta por infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales,
cuyos datos se citan a continuación: