Autoridades y personal. . (2025/27-22)
Resolución de 1 de febrero de 2025, de la Presidencia del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, por la que se efectúa la convocatoria de contratos laborales en el marco de proyectos específicos de I+D+F.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 27 - Lunes, 10 de febrero de 2025
página 1586/8
C) Formación, se valorará la formación, con un máximo de 5 puntos, de acuerdo con
el siguiente detalle:
- Titulaciones académicas de igual o superior nivel y distinta a la exigida en la
convocatoria, así como directamente relacionada con las funciones de la categoría
a la que aspira: 2 puntos por el título de Doctor y 1 punto por el título de Licenciado,
Arquitecto, Ingeniero, Máster Universitario, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico,
Grado Universitario o Formación Profesional de tercer grado o equivalente.
A los efectos de valoración de titulaciones académicas, no serán computados los
títulos exigidos por la legislación académica vigente como necesarios para obtener otros
superiores que hayan sido alegados.
En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver
el empate, éste se dirimirá en atención a la mayor puntuación obtenida en cada uno
de los apartados del baremo según el orden en que aparecen. De persistir el empate,
se procederá a ordenar por orden alfabético ascendente por el primer apellido de las
personas empatadas a partir la letra que resulte del sorteo público que determinará el
orden de actuación de opositores a las pruebas selectivas que se celebren durante el
año en curso convocado por la resolución que dicte, al efecto, la Dirección General de
Recursos Humanos y Función Pública de la Consejería de Justicia, Administración Local
y Función Pública, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. El
desempate se realizará en virtud de la posición ocupada en esta ordenación alfabética
ascendente, siendo las primeras personas ordenadas aquellas cuyo primer apellido
comience por la letra establecida en el sorteo y las últimas aquellas cuyo primer apellido
comience por la letra anterior a la establecida en el sorteo.
ANEXO III
Sólo se tendrán en cuenta los méritos que hayan sido debidamente acreditados por
las personas participantes y que estén directamente relacionados con el Proyecto de
I+D+F, la línea de investigación o el servicio científico-técnico en el que se enmarca el
contrato objeto de la convocatoria, sin que puedan valorarse como méritos los requisitos
exigidos en la convocatoria, los cuales en todo caso, deberá reunir la persona solicitante.
Los méritos deberán ser justificados o acreditados mediante la presentación de copia
digitalizada de los documentos que a continuación se relacionan, cuya fidelidad con el
original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada, teniendo
en cuenta que si se aportaran títulos, contratos, informes, certificados o cualquier otro
documento en lengua distinta al castellano, necesariamente habrán de acompañarse de
la traducción jurada, oficial o certificada correspondiente.
Quedan exceptuadas de lo anterior las publicaciones o comunicaciones científicas
escritas en inglés. En el caso de publicaciones o comunicaciones científicas cuyo
idioma sea distinto al inglés, la traducción jurada queda restringida exclusivamente a los
elementos contenidos en el abstract.
- Para la experiencia profesional: copia de los contratos de trabajo registrados en el
Servicio Público de Empleo correspondiente que detallen la categoría profesional en la
que se han prestado los servicios, e informe de vida laboral actualizada o documento
equivalente, así como, en su caso, certificado del superior jerárquico que especifique las
funciones desempeñadas.
Si la experiencia profesional se ha adquirido en virtud de vínculo jurídico no laboral,
aquélla se acreditará mediante copia del documento en el que se formalice la prestación
de servicios, con indicación del período de duración de la misma y la categoría profesional
en la que se han prestado dichos servicios.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315195
JUSTIFICACIÓN DOCUMENTAL DE LOS MÉRITOS
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 27 - Lunes, 10 de febrero de 2025
página 1586/8
C) Formación, se valorará la formación, con un máximo de 5 puntos, de acuerdo con
el siguiente detalle:
- Titulaciones académicas de igual o superior nivel y distinta a la exigida en la
convocatoria, así como directamente relacionada con las funciones de la categoría
a la que aspira: 2 puntos por el título de Doctor y 1 punto por el título de Licenciado,
Arquitecto, Ingeniero, Máster Universitario, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico,
Grado Universitario o Formación Profesional de tercer grado o equivalente.
A los efectos de valoración de titulaciones académicas, no serán computados los
títulos exigidos por la legislación académica vigente como necesarios para obtener otros
superiores que hayan sido alegados.
En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver
el empate, éste se dirimirá en atención a la mayor puntuación obtenida en cada uno
de los apartados del baremo según el orden en que aparecen. De persistir el empate,
se procederá a ordenar por orden alfabético ascendente por el primer apellido de las
personas empatadas a partir la letra que resulte del sorteo público que determinará el
orden de actuación de opositores a las pruebas selectivas que se celebren durante el
año en curso convocado por la resolución que dicte, al efecto, la Dirección General de
Recursos Humanos y Función Pública de la Consejería de Justicia, Administración Local
y Función Pública, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. El
desempate se realizará en virtud de la posición ocupada en esta ordenación alfabética
ascendente, siendo las primeras personas ordenadas aquellas cuyo primer apellido
comience por la letra establecida en el sorteo y las últimas aquellas cuyo primer apellido
comience por la letra anterior a la establecida en el sorteo.
ANEXO III
Sólo se tendrán en cuenta los méritos que hayan sido debidamente acreditados por
las personas participantes y que estén directamente relacionados con el Proyecto de
I+D+F, la línea de investigación o el servicio científico-técnico en el que se enmarca el
contrato objeto de la convocatoria, sin que puedan valorarse como méritos los requisitos
exigidos en la convocatoria, los cuales en todo caso, deberá reunir la persona solicitante.
Los méritos deberán ser justificados o acreditados mediante la presentación de copia
digitalizada de los documentos que a continuación se relacionan, cuya fidelidad con el
original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada, teniendo
en cuenta que si se aportaran títulos, contratos, informes, certificados o cualquier otro
documento en lengua distinta al castellano, necesariamente habrán de acompañarse de
la traducción jurada, oficial o certificada correspondiente.
Quedan exceptuadas de lo anterior las publicaciones o comunicaciones científicas
escritas en inglés. En el caso de publicaciones o comunicaciones científicas cuyo
idioma sea distinto al inglés, la traducción jurada queda restringida exclusivamente a los
elementos contenidos en el abstract.
- Para la experiencia profesional: copia de los contratos de trabajo registrados en el
Servicio Público de Empleo correspondiente que detallen la categoría profesional en la
que se han prestado los servicios, e informe de vida laboral actualizada o documento
equivalente, así como, en su caso, certificado del superior jerárquico que especifique las
funciones desempeñadas.
Si la experiencia profesional se ha adquirido en virtud de vínculo jurídico no laboral,
aquélla se acreditará mediante copia del documento en el que se formalice la prestación
de servicios, con indicación del período de duración de la misma y la categoría profesional
en la que se han prestado dichos servicios.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315195
JUSTIFICACIÓN DOCUMENTAL DE LOS MÉRITOS