3. Otras disposiciones. . (2025/24-19)
Resolución de 30 de enero de 2025, de la Dirección del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, por la que se publica el Convenio de Cooperación Educativa entre la Universidad Loyola y el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía para la realización de prácticas externas.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 24 - Miércoles, 5 de febrero de 2025
página 1368/8
ANEXO II
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ALUMNADO QUE REALICE PRÁCTICAS FORMATIVAS
El alumnado que realice prácticas formativas deberá cumplir durante el periodo de
disfrute de la práctica las obligaciones siguientes:
- Cumplir con el horario establecido, salvo causas justificadas.
- Ejecutar con diligencia y aprovechamiento las líneas de trabajo para las que haya
sido seleccionado/a.
- Respetar y acatar las normas de disciplina y organización interna del IECA.
- Cumplir con las normas de prevención de riesgos laborales del IECA.
- Desarrollar eficazmente el proyecto formativo y seguir las orientaciones del tutor/a
de las prácticas designado/a.
- Mantener absoluta confidencialidad sobre la información y documentación a la que
pueda acceder durante el desarrollo de las prácticas formativas.
El alumnado de prácticas formativas tendrá durante el periodo de disfrute de las
prácticas los siguientes derechos:
- Ser tutelado durante el periodo de ejecución de las prácticas formativas por el tutor/a
designado/a.
- Recibir una copia del documento de aceptación de la práctica.
- Interrumpir la práctica por un motivo justificado, previa solicitud y autorización de la
Universidad Loyola, comunicándolo por escrito al tutor/a en el IECA.
- Recibir información de la normativa de seguridad y prevención de riesgos laborales.
- Conciliar la realización de las prácticas con aquellas actividades y situaciones
personales derivadas de una situación de discapacidad.
00314977
Por 1.º IECA, 2.º Universidad Loyola, 3.º Alumno/a 1, 4.º Alumno/a 2, 5.º Alumno/a ...
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 24 - Miércoles, 5 de febrero de 2025
página 1368/8
ANEXO II
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ALUMNADO QUE REALICE PRÁCTICAS FORMATIVAS
El alumnado que realice prácticas formativas deberá cumplir durante el periodo de
disfrute de la práctica las obligaciones siguientes:
- Cumplir con el horario establecido, salvo causas justificadas.
- Ejecutar con diligencia y aprovechamiento las líneas de trabajo para las que haya
sido seleccionado/a.
- Respetar y acatar las normas de disciplina y organización interna del IECA.
- Cumplir con las normas de prevención de riesgos laborales del IECA.
- Desarrollar eficazmente el proyecto formativo y seguir las orientaciones del tutor/a
de las prácticas designado/a.
- Mantener absoluta confidencialidad sobre la información y documentación a la que
pueda acceder durante el desarrollo de las prácticas formativas.
El alumnado de prácticas formativas tendrá durante el periodo de disfrute de las
prácticas los siguientes derechos:
- Ser tutelado durante el periodo de ejecución de las prácticas formativas por el tutor/a
designado/a.
- Recibir una copia del documento de aceptación de la práctica.
- Interrumpir la práctica por un motivo justificado, previa solicitud y autorización de la
Universidad Loyola, comunicándolo por escrito al tutor/a en el IECA.
- Recibir información de la normativa de seguridad y prevención de riesgos laborales.
- Conciliar la realización de las prácticas con aquellas actividades y situaciones
personales derivadas de una situación de discapacidad.
00314977
Por 1.º IECA, 2.º Universidad Loyola, 3.º Alumno/a 1, 4.º Alumno/a 2, 5.º Alumno/a ...
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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