3. Otras disposiciones. . (2025/24-26)
Orden de 30 de enero de 2025, por la que se dispone la publicación de la Orden de 7 de marzo de 2023, por la que se resuelve la aprobación definitiva de la Modificación del PGOU de Vélez-Málaga «Ámbito SGE.VM-4 y nuevo SGE.VM-4.1», para ampliación del cementerio municipal.
<< 3 << Página 3
Página 4 Pág. 4
-
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 24 - Miércoles, 5 de febrero de 2025

página 1352/4

En virtud de todo ello, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el
artículo 4.3.a) del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de
las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación
del Territorio y Urbanismo, a propuesta de la Dirección General de Ordenación del
Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana,
SE DISPONE
Primero. Aprobar definitivamente la Modificación del PGOU de Vélez Málaga
relativa al «Ámbito SGE-VM-4 y nuevo SGE-VM-4.1» para ampliación del cementerio
de dicho municipio, según el documento aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en
sesión de 25 de junio de 2021, a reserva de la simple subsanación de las siguientes
deficiencias técnicas, derivadas de los condicionantes establecidos en el informe en
materia de carreteras de 24 de marzo de 2021, emitido por la Delegación de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio de Málaga:
1. Deberá incorporarse al plano de ordenación 3 la línea que delimita la Zona de No
Edificación con respecto a la carretera A-7205 conforme al artículo 56 de la Ley 8/2001,
de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía, de forma que los usos de las parcelas situadas
dentro de dicha zona no podrán ser edificables, distinguiéndolos con una trama distinta a
la parcela que queda fuera de dicha zona.
Segundo. La presente orden se notificará al Ayuntamiento de Vélez-Málaga. El
Ayuntamiento deberá elaborar un nuevo documento en el que conste exclusivamente
las correcciones de las deficiencias indicadas anteriormente; el Pleno del Ayuntamiento
deberá tomar conocimiento de este documento para su presentación ante la Dirección
General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana, que resolverá sobre
la corrección de las deficiencias señaladas, con carácter previo a su registro y publicación
de la normativa del instrumento de planeamiento, de conformidad con los artículos 40 y
41 de la LOUA, en relación con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Decreto 2/2004, de 7 de
enero, por el que se regula los registros administrativos de instrumentos de planeamiento,
de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, y se crea el Registro
Autonómico.

00314961

Contra la presente orden, por su naturaleza de disposición de carácter general,
podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la correspondiente Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el
plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 y 6 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin
perjuicio de lo establecido en el artículo 44 de dicho texto legal.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja