Autoridades y personal. . (2025/23-6)
Resolución de 29 de enero de 2025, de la Dirección la General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, con sede en Málaga.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 23 - Martes, 4 de febrero de 2025
página 1296/1
2. Autoridades y personal
2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 29 de enero de 2025, de la Dirección la General de Recursos
Humanos y Función Pública, por la que se dispone el cumplimiento de la
sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, con sede en Málaga.
ANTECEDENTES DE HECHO
Segundo. En relación con el recurso contencioso-administrativo formulado por don
Raúl Ruiz Pérez, se dictó por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, con sede en Málaga, la Sentencia
núm. 770/2024, de 18 de marzo, en cuya parte dispositiva se acuerda «Estimar el recurso
contencioso-administrativo interpuesto por la procuradora doña Ana María Rodríguez
Fernández, en la representación indicada, contra la resolución dictada el 27 de diciembre
de 2021 por la Secretaría General de la Administración Pública de la Junta de Andalucía,
en cuanto excluyó al recurrente de la relación de aspirantes que superaron las pruebas
selectivas, retrotrayéndose las actuaciones administrativas a fin de que se le confiera
el plazo de veinte días para que pueda dar cumplimiento a lo dispuesto en la base 7.ª1
de la convocatoria y para el caso de cumplir los requisitos para ser nombrado personal
funcionario de carrera se lleve a cabo este fallo conforme a lo dispuesto en el fundamento
de derecho quinto in fine».
El fundamento de derecho quinto in fine establece que «Entrando a conocer por último
del alcance de los efectos derivados de la estimación del recurso […] el mismo ha de ser
resuelto en el sentido de acordar la nulidad del acto celebrado en la sede de la Dirección
General de Recursos Humanos y Función Pública en Sevilla los días 9 y 10 de diciembre
de 2021, en cuanto no pudo concurrir el recurrente a fin de presentar la documentación
acreditativa de que cumplía los requisitos establecidos en la convocatoria de la oposición
y poder optar por las plazas ofertadas, debiéndose de retrotraer las actuaciones a fin
de que se de la oportunidad al recurrente de presentar la documentación y optar por la
plaza que le hubiese correspondido en atención a la puntuación obtenida y para el caso
de que haya superado el proceso selectivo y de encontrarse adjudicada a otro opositor,
se le de otra en la misma población, todo ello con efectos económicos desde el día en
que comenzaron a devengar haberes los demás opositores aprobados, debiéndose de
escalafonar con el número que le hubiese correspondido de haber acudido al acto antes
mencionado».
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314905
Primero. Don Raúl Ruiz Pérez interpuso recurso contencioso-administrativo
contra la Resolución de 23 de febrero de 2022, de la Secretaría General para la
Administración Pública, de la entonces Consejería de la Presidencia, Administración
Pública e Interior de la Junta de Andalucía, por la que se desestimaba el recurso de
reposición interpuesto por el recurrente contra la Resolución de 27 de diciembre de
2021, por la que se nombra personal funcionario de carrera, por el sistema de acceso
libre, del Cuerpo de Auxiliares Administrativos de la Junta de Andalucía para personas
con discapacidad intelectual (C2.1000), correspondiente a la Oferta de Empleo
Público de 2017/2018/2019, así como la resolución de 31 de enero de 2022 de dicha
Secretaría por la que se dejan sin efecto las actuaciones relativas al nombramiento
como funcionario de carrera del demandante.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 23 - Martes, 4 de febrero de 2025
página 1296/1
2. Autoridades y personal
2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 29 de enero de 2025, de la Dirección la General de Recursos
Humanos y Función Pública, por la que se dispone el cumplimiento de la
sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, con sede en Málaga.
ANTECEDENTES DE HECHO
Segundo. En relación con el recurso contencioso-administrativo formulado por don
Raúl Ruiz Pérez, se dictó por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, con sede en Málaga, la Sentencia
núm. 770/2024, de 18 de marzo, en cuya parte dispositiva se acuerda «Estimar el recurso
contencioso-administrativo interpuesto por la procuradora doña Ana María Rodríguez
Fernández, en la representación indicada, contra la resolución dictada el 27 de diciembre
de 2021 por la Secretaría General de la Administración Pública de la Junta de Andalucía,
en cuanto excluyó al recurrente de la relación de aspirantes que superaron las pruebas
selectivas, retrotrayéndose las actuaciones administrativas a fin de que se le confiera
el plazo de veinte días para que pueda dar cumplimiento a lo dispuesto en la base 7.ª1
de la convocatoria y para el caso de cumplir los requisitos para ser nombrado personal
funcionario de carrera se lleve a cabo este fallo conforme a lo dispuesto en el fundamento
de derecho quinto in fine».
El fundamento de derecho quinto in fine establece que «Entrando a conocer por último
del alcance de los efectos derivados de la estimación del recurso […] el mismo ha de ser
resuelto en el sentido de acordar la nulidad del acto celebrado en la sede de la Dirección
General de Recursos Humanos y Función Pública en Sevilla los días 9 y 10 de diciembre
de 2021, en cuanto no pudo concurrir el recurrente a fin de presentar la documentación
acreditativa de que cumplía los requisitos establecidos en la convocatoria de la oposición
y poder optar por las plazas ofertadas, debiéndose de retrotraer las actuaciones a fin
de que se de la oportunidad al recurrente de presentar la documentación y optar por la
plaza que le hubiese correspondido en atención a la puntuación obtenida y para el caso
de que haya superado el proceso selectivo y de encontrarse adjudicada a otro opositor,
se le de otra en la misma población, todo ello con efectos económicos desde el día en
que comenzaron a devengar haberes los demás opositores aprobados, debiéndose de
escalafonar con el número que le hubiese correspondido de haber acudido al acto antes
mencionado».
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314905
Primero. Don Raúl Ruiz Pérez interpuso recurso contencioso-administrativo
contra la Resolución de 23 de febrero de 2022, de la Secretaría General para la
Administración Pública, de la entonces Consejería de la Presidencia, Administración
Pública e Interior de la Junta de Andalucía, por la que se desestimaba el recurso de
reposición interpuesto por el recurrente contra la Resolución de 27 de diciembre de
2021, por la que se nombra personal funcionario de carrera, por el sistema de acceso
libre, del Cuerpo de Auxiliares Administrativos de la Junta de Andalucía para personas
con discapacidad intelectual (C2.1000), correspondiente a la Oferta de Empleo
Público de 2017/2018/2019, así como la resolución de 31 de enero de 2022 de dicha
Secretaría por la que se dejan sin efecto las actuaciones relativas al nombramiento
como funcionario de carrera del demandante.