Disposiciones generales. . (2025/22-3)
Resolución de 8 de enero de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos de transición justa en la provincia de Almería para el proyecto tractor «Modernización productiva y sostenibilidad de la industria de la piedra y mármol de Almería».
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 22 - Lunes, 3 de febrero de 2025
página 1242/4
Tercero. Ámbito territorial y funcional de competitividad de la convocatoria.
1. Se declara, conforme a la disposición adicional primera de la Orden de 22 de
febrero de 2024, como ámbito territorial de la presente convocatoria el de los municipios
de la provincia de Almería que componen la denominada «Comarca del Mármol» que
abarca a los municipios de Macael, Olula del Río, Fines, Cantoria y Purchena.
2. El ámbito territorial definido en el apartado 1 anterior se refiere a la ubicación física
de las inversiones materiales, así como el lugar donde se desarrollan las actividades y
se prestan los correspondientes servicios que conforman los proyectos objeto de los
incentivos, y ello con independencia del domicilio social de las personas o entidades
beneficiarias.
3. Asimismo, se establece los siguientes ámbitos funcionales de competitividad que
coinciden con las tipologías de proyectos previstos en el apartado 1 del resuelvo segundo:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314852
- Implantación de nuevas o más amplias capacidades industriales, a través de la
tipología de proyectos denominada «A.1.1. Diversificación económica, modernización y
reconversión mediante inversiones productivas y de tecnologías y logística avanzada».
- Implantación de tecnologías digitales en el proceso productivo, a través de la
tipología de proyectos denominada «A.2.3. Digitalización e integración de las tecnologías
de información y comunicación o la transformación digital».
- Desarrollos de innovación sobre productos y tecnologías eficientes, a través
de la tipología de proyectos denominada «B.2. Refuerzo de las capacidades para el
desarrollo tecnológico y la especialización inteligente a través de procesos de innovación,
investigación y desarrollo».
- Proyectos de innovación en los procesos y organización industrial, a través
de la tipología de proyectos denominada «B.3. Servicios avanzados de apoyo a las
pymes, reforzando sus capacidades de gestión, comercialización y diseño, incluso la
homologación de procesos o productos sostenibles».
b) Apoyo para el desarrollo sostenible de la cadena de valor reforzando sus
capacidades y la adaptación de sus procesos, mediante:
- Mejora de los procesos mediante descarbonización, eficiencia energética y energías
renovables, a través de la tipología de proyectos denominada «A.2.1. Reducción de la
huella de carbono o de las emisiones de gases de efecto invernadero de la industria y
actividades conexas, incluso mediante eficiencia energética».
- Proyectos para el mejor desempeño ambiental y la economía circular, a través de
la tipología de proyectos denominada «A.2.2. Mejora de la economía circular, también
mediante la prevención y reducción de residuos, la eficiencia en el uso de los recursos, la
reutilización, la reparación y el reciclado».
- Regeneración y descontaminación de espacios abandonados por pymes o entidades
locales, a través de la tipología de proyectos denominada «C.1. Mejora o creación de
instalaciones, infraestructura o espacio empresarial, incluida la de zonas y parques
industriales, los viveros de empresas, el fomento de las comunidades energéticas en
estos entornos y la rehabilitación de zonas industriales y terrenos contaminados».
2. Cada solicitud de incentivo deberá dirigirse a alguna de las tipologías de proyectos
indicadas en el apartado 1 anterior para el desarrollo de los proyectos detallados en el
Anexo III de esta convocatoria.
3. Los proyectos detallados en el Anexo III se desarrollan en el ecosistema industrial
de transición justa denominado «Sector de la piedra y el mármol», al que se dirige esta
convocatoria, y asimismo se encuadran en las acciones afines del Programa del Fondo
de Transición Justa de España 2021-2027 y en las actividades previstas en el artículo 8
de Reglamento (UE) núm. 2021/1056 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de
junio de 2021, por el que se establece el Fondo de Transición Justa
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 22 - Lunes, 3 de febrero de 2025
página 1242/4
Tercero. Ámbito territorial y funcional de competitividad de la convocatoria.
1. Se declara, conforme a la disposición adicional primera de la Orden de 22 de
febrero de 2024, como ámbito territorial de la presente convocatoria el de los municipios
de la provincia de Almería que componen la denominada «Comarca del Mármol» que
abarca a los municipios de Macael, Olula del Río, Fines, Cantoria y Purchena.
2. El ámbito territorial definido en el apartado 1 anterior se refiere a la ubicación física
de las inversiones materiales, así como el lugar donde se desarrollan las actividades y
se prestan los correspondientes servicios que conforman los proyectos objeto de los
incentivos, y ello con independencia del domicilio social de las personas o entidades
beneficiarias.
3. Asimismo, se establece los siguientes ámbitos funcionales de competitividad que
coinciden con las tipologías de proyectos previstos en el apartado 1 del resuelvo segundo:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314852
- Implantación de nuevas o más amplias capacidades industriales, a través de la
tipología de proyectos denominada «A.1.1. Diversificación económica, modernización y
reconversión mediante inversiones productivas y de tecnologías y logística avanzada».
- Implantación de tecnologías digitales en el proceso productivo, a través de la
tipología de proyectos denominada «A.2.3. Digitalización e integración de las tecnologías
de información y comunicación o la transformación digital».
- Desarrollos de innovación sobre productos y tecnologías eficientes, a través
de la tipología de proyectos denominada «B.2. Refuerzo de las capacidades para el
desarrollo tecnológico y la especialización inteligente a través de procesos de innovación,
investigación y desarrollo».
- Proyectos de innovación en los procesos y organización industrial, a través
de la tipología de proyectos denominada «B.3. Servicios avanzados de apoyo a las
pymes, reforzando sus capacidades de gestión, comercialización y diseño, incluso la
homologación de procesos o productos sostenibles».
b) Apoyo para el desarrollo sostenible de la cadena de valor reforzando sus
capacidades y la adaptación de sus procesos, mediante:
- Mejora de los procesos mediante descarbonización, eficiencia energética y energías
renovables, a través de la tipología de proyectos denominada «A.2.1. Reducción de la
huella de carbono o de las emisiones de gases de efecto invernadero de la industria y
actividades conexas, incluso mediante eficiencia energética».
- Proyectos para el mejor desempeño ambiental y la economía circular, a través de
la tipología de proyectos denominada «A.2.2. Mejora de la economía circular, también
mediante la prevención y reducción de residuos, la eficiencia en el uso de los recursos, la
reutilización, la reparación y el reciclado».
- Regeneración y descontaminación de espacios abandonados por pymes o entidades
locales, a través de la tipología de proyectos denominada «C.1. Mejora o creación de
instalaciones, infraestructura o espacio empresarial, incluida la de zonas y parques
industriales, los viveros de empresas, el fomento de las comunidades energéticas en
estos entornos y la rehabilitación de zonas industriales y terrenos contaminados».
2. Cada solicitud de incentivo deberá dirigirse a alguna de las tipologías de proyectos
indicadas en el apartado 1 anterior para el desarrollo de los proyectos detallados en el
Anexo III de esta convocatoria.
3. Los proyectos detallados en el Anexo III se desarrollan en el ecosistema industrial
de transición justa denominado «Sector de la piedra y el mármol», al que se dirige esta
convocatoria, y asimismo se encuadran en las acciones afines del Programa del Fondo
de Transición Justa de España 2021-2027 y en las actividades previstas en el artículo 8
de Reglamento (UE) núm. 2021/1056 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de
junio de 2021, por el que se establece el Fondo de Transición Justa