Disposiciones generales. . (2025/22-1)
Orden de 28 de enero de 2025, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2025 de la subvención a la Operación 10.1.14 Enmienda caliza del suelo para prevención y control de la podredumbre radical en formaciones adehesadas de la Medida 10: Agroambiente y Clima, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 22 - Lunes, 3 de febrero de 2025

página 1263/4

rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se
deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo, estas ayudas se concederán en
régimen de concurrencia competitiva, y la ayuda establecida en el resuelvo primero será
cofinanciada por la Unión Europea mediante el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo
Rural (FEADER) en un 75%, un 10,75% financiado por el Ministerio de Agricultura, Pesca
y Alimentación y un 14,25% por la Junta de Andalucía.
2. Además del crédito máximo disponible para esta convocatoria, excepcionalmente
se podrá contar con una cuantía adicional, cuya aplicación a la concesión no requerirá
una nueva convocatoria, cuantía que podría incorporarse a la cuantía máxima indicada
con anterioridad a que se dicte la resolución de concesión, como consecuencia de
un aumento del crédito disponible derivado de una generación, una ampliación o una
incorporación de crédito de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.d) del Decreto
282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de
Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.
3. La declaración de créditos disponibles, que deberá efectuarse por quien efectuó la
convocatoria, deberá publicarse en los mismos medios que ésta, sin que tal publicidad
implique la apertura de un plazo para presentar nuevas solicitudes, ni el inicio de un
nuevo cómputo de plazo para adoptar y notificar la resolución.
4. No obstante lo anterior, en el caso de que se produzca tras dictar la resolución de
concesión un eventual aumento del crédito máximo disponible para esta convocatoria y
sin necesidad de que se dicte una nueva convocatoria, se podrá dictar una resolución
complementaria a la de concesión de subvención, conforme a lo dispuesto en el artículo
10.e) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo.
Séptimo. Presupuesto para la convocatoria 2025.
1. El importe del crédito presupuestario para la convocatoria 2025 asciende
a 20.000.000,00 euros para la operación 10.1.14. Enmienda caliza del suelo para
prevención y control de la podredumbre radical en formaciones adehesadas de la Medida
10: Agroambiente y Clima, con la siguiente distribución:
Medida
Medida 10.
Agroambiente
y Clima

Operación
Operación 10.1.14. Enmienda
caliza del suelo para
prevención y control de la
podredumbre radical en
formaciones adehesadas de
la Medida 10: Agroambiente
y Clima

Ejercicio

Posición presupuestaria

Dotación

2025

1200110000/G/71F/77400/
C14A101WG4/2022000811

20.000.000,00

Octavo. Particularidades de la Campaña 2025.
1. Para ser persona o entidad beneficiaria de las ayudas convocadas mediante la
presente orden, las personas o entidades solicitantes deberán cumplir los requisitos y
condiciones de admisibilidad establecidos en la Orden de 2 de enero de 2025.
2. No podrán obtener la condición de personas o entidades beneficiarias de las ayudas
aquellos productores que se han visto excluidos de la medida u operación durante el año
natural, de acuerdo con el artículo 35, apartados 5 y 6, del Reglamento Delegado 640/2014,
por el que se completa el Reglamento (UE) 1306/2013 del Parlamento y del Consejo en
lo que respecta al sistema integrado de gestión y control y a las condiciones sobre la
denegación o retirada de los pagos y sobre las sanciones administrativas aplicables a los
pagos directos, a la ayuda al desarrollo rural y a la condicionalidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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2. La dotación presupuestaria para las actuaciones objeto de convocatoria estará en
todo caso condicionada a la aprobación definitiva de la modificación del Programa de
Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022.