Disposiciones generales. . (2025/21-3)
Resolución de 14 de enero de 2025, de la Dirección General de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE), por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2025 para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, reguladas en la Orden de 8 de enero de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, destinadas a entidades locales andaluzas en riesgo de exclusión financiera, para sufragar los gastos de instalación y funcionamiento de cajeros automáticos.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 21 - Viernes, 31 de enero de 2025
página 1166/2
3. La información asociada al procedimiento de estas subvenciones está disponible
con el código de procedimiento 2/CEHFE/25569, en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la
Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sde/tramites/procedimientos/detalle/25569.html
Segundo. Financiación y cuantía máxima de las subvenciones a otorgar con la
convocatoria.
1. Atendiendo a lo dispuesto en el apartado 1 de la disposición adicional primera de la
Orden reguladora, se consigna crédito presupuestario para la financiación de las ayudas
correspondientes a la presente convocatoria por importe de 300.000 euros con cargo a la
partida 1051010019 G/72B/46000/00 01 del presupuesto de la Agencia Empresarial para
la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).
2. En el supuesto de que antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes se
agotara el presupuesto establecido en la presente convocatoria, la Agencia Empresarial
para la Transformación y el Desarrollo Económico publicará en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía la correspondiente resolución para su general conocimiento. Sin
perjuicio de lo anterior, la información relativa al agotamiento del crédito disponible será
publicada en la página web de dicha Agencia. En tal caso, el plazo de presentación de
solicitudes finalizará el día de la publicación en el citado Boletín.
3. En el caso de eventuales aumentos sobrevenidos en el presupuesto destinado
a la financiación de las actuaciones, la persona titular de la Dirección de la Agencia
Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico podrá conceder
subvenciones a aquellos solicitantes que, cumpliendo las condiciones exigidas para su
concesión, no resultaron beneficiarios por falta de disponibilidad presupuestaría. Estas
concesiones seguirán el mismo orden conformado en relación con la presentación de las
solicitudes y serán concedidas por un importe total equivalente al aumento presupuestario.
Tercero. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente a la publicación
del Extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en la
forma prevista en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, y finalizará el 31 de octubre de 2025.
Cuarto. Período temporal en el que deberán haberse producido los gastos.
Los gastos relacionados con las actividades incluidas en el objeto de la subvención
deberán haberse producido entre el 1 de enero de 2024 y la fecha de solicitud.
Sexto. Órganos competentes para instruir el procedimiento y para resolver.
De conformidad con lo establecido en la disposición adicional primera, en su
apartado 2, la instrucción de los procedimientos de concesión, de reintegro, de
modificación de la resolución de concesión, y de comprobación de las justificaciones de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314777
Quinto. Aprobación de formularios y presentación de solicitudes.
1. Se aprueban con esta convocatoria el formulario de solicitud, así como el de
alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos que se incorporan
respectivamente como Anexos I y II a la presente resolución.
2. Las solicitudes de ayuda irán dirigidas a la Dirección General de la Agencia
Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE) y se presentarán
conforme al modelo previsto en el Anexo I y Anexo II, de forma exclusiva electrónica en
el Registro Electrónico único de la Administración de la Junta de Andalucía, mediante
«Presentación electrónica general» a través del enlace
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientoDetalle.xhtml
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 21 - Viernes, 31 de enero de 2025
página 1166/2
3. La información asociada al procedimiento de estas subvenciones está disponible
con el código de procedimiento 2/CEHFE/25569, en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la
Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sde/tramites/procedimientos/detalle/25569.html
Segundo. Financiación y cuantía máxima de las subvenciones a otorgar con la
convocatoria.
1. Atendiendo a lo dispuesto en el apartado 1 de la disposición adicional primera de la
Orden reguladora, se consigna crédito presupuestario para la financiación de las ayudas
correspondientes a la presente convocatoria por importe de 300.000 euros con cargo a la
partida 1051010019 G/72B/46000/00 01 del presupuesto de la Agencia Empresarial para
la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).
2. En el supuesto de que antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes se
agotara el presupuesto establecido en la presente convocatoria, la Agencia Empresarial
para la Transformación y el Desarrollo Económico publicará en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía la correspondiente resolución para su general conocimiento. Sin
perjuicio de lo anterior, la información relativa al agotamiento del crédito disponible será
publicada en la página web de dicha Agencia. En tal caso, el plazo de presentación de
solicitudes finalizará el día de la publicación en el citado Boletín.
3. En el caso de eventuales aumentos sobrevenidos en el presupuesto destinado
a la financiación de las actuaciones, la persona titular de la Dirección de la Agencia
Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico podrá conceder
subvenciones a aquellos solicitantes que, cumpliendo las condiciones exigidas para su
concesión, no resultaron beneficiarios por falta de disponibilidad presupuestaría. Estas
concesiones seguirán el mismo orden conformado en relación con la presentación de las
solicitudes y serán concedidas por un importe total equivalente al aumento presupuestario.
Tercero. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente a la publicación
del Extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en la
forma prevista en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, y finalizará el 31 de octubre de 2025.
Cuarto. Período temporal en el que deberán haberse producido los gastos.
Los gastos relacionados con las actividades incluidas en el objeto de la subvención
deberán haberse producido entre el 1 de enero de 2024 y la fecha de solicitud.
Sexto. Órganos competentes para instruir el procedimiento y para resolver.
De conformidad con lo establecido en la disposición adicional primera, en su
apartado 2, la instrucción de los procedimientos de concesión, de reintegro, de
modificación de la resolución de concesión, y de comprobación de las justificaciones de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314777
Quinto. Aprobación de formularios y presentación de solicitudes.
1. Se aprueban con esta convocatoria el formulario de solicitud, así como el de
alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos que se incorporan
respectivamente como Anexos I y II a la presente resolución.
2. Las solicitudes de ayuda irán dirigidas a la Dirección General de la Agencia
Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE) y se presentarán
conforme al modelo previsto en el Anexo I y Anexo II, de forma exclusiva electrónica en
el Registro Electrónico único de la Administración de la Junta de Andalucía, mediante
«Presentación electrónica general» a través del enlace
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientoDetalle.xhtml