Autoridades y personal. . (2025/20-12)
Resolución de 27 de enero de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se acuerda la propuesta de contratación indefinida en la categoría de Médico/a de Familia en Unidades de Urgencia Hospitalaria, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso, convocado mediante Resolución de 23 de diciembre de 2022 de las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias, se declaran decaídas a las personas candidatas que se citan, se anuncia la apertura de audiencia previa para las personas candidatas que se citan, se acude a la relación complementaria de personas aspirantes a las que siguiendo a las que superan el concurso se les requiere presentación de solicitudes de petición de centro de destino, y se inicia el plazo para solicitar destino.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 20 - Jueves, 30 de enero de 2025
página 1134/4
Sexto. La petición de centro de destino y las declaraciones responsables requeridas
en la presente resolución deberán ser presentadas de forma electrónica a través de la
VEC, acreditándose a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma
electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave
concertada permanente expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314744
Quinto. Publicar como Anexo IV de esta resolución relación complementaria de
personas aspirantes a las que se acude en esta resolución, y que, siguiendo a las que
superan el concurso de Médico/a de Familia en Unidades de Urgencia Hospitalaria, por el
sistema de acceso libre, se les requiere presentación de solicitudes de petición de centro
de destino, para su posible propuesta de contratación indefinida.
En el plazo de 5 días hábiles, a contar desde el día hábil siguiente al de publicación
de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, las personas
aspirantes que se relaciona en el Anexo IV de esta resolución deberán presentar la
solicitud de petición de centro de destino de forma electrónica, a través del formulario
electrónico correspondiente al sistema normalizado de petición de destinos de la
Ventanilla Electrónica de la persona Candidata (VEC) disponible en la página web del
Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud). En
virtud de lo dispuesto en la base 11.1 de las bases generales, y al objeto de garantizar
la obtención de un centro de destino de entre los solicitados, han de solicitar por orden
de preferencia todos los centros de destinos ofertados de conformidad con la redacción
dada por la Resolución de 2 de mayo de 2024, de la Dirección General de Personal del
Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las listas definitivas de personas que
superan las pruebas selectivas de concurso por el sistema de acceso libre de Médico/a
de Familia en Unidades de Urgencia Hospitalaria, convocadas mediante Resolución
de 23 de diciembre de 2022, en desarrollo de la oferta de empleo público para la
estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios de las Agencias
Públicas Empresariales Sanitarias, se anuncia la publicación de dichas listas, se indica la
relación de las plazas que se ofertan y se inicia el plazo para solicitar destino, publicada
en la página web del Servicio Andaluz de Salud el 3 de mayo de 2024.
En dicha solicitud de petición de centro de destino la persona aspirante declarará
bajo su responsabilidad que:
a) No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse
inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas y de no estar
sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la
función pública para los aspirantes que no posean la nacionalidad española.
b) No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos. Podrá autorizar la consulta en el Registro Central
de delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia o aportar original de la certificación
negativa en vigor del mismo en el acto de firma del contrato para adquirir la condición de
personal laboral fijo.
c) No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus
funciones. Y las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad,
que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de
la categoría/especialidad a la que se opta, lo acreditará mediante la presentación del
original del certificado médico en vigor en el acto de firma del contrato para adquirir la
condición de personal laboral fijo.
d) No posee, en la fecha establecida, la condición de personal laboral fijo en la misma
categoría y en su caso especialidad a la que se pretende acceder en el Sistema Nacional
de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 20 - Jueves, 30 de enero de 2025
página 1134/4
Sexto. La petición de centro de destino y las declaraciones responsables requeridas
en la presente resolución deberán ser presentadas de forma electrónica a través de la
VEC, acreditándose a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma
electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave
concertada permanente expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314744
Quinto. Publicar como Anexo IV de esta resolución relación complementaria de
personas aspirantes a las que se acude en esta resolución, y que, siguiendo a las que
superan el concurso de Médico/a de Familia en Unidades de Urgencia Hospitalaria, por el
sistema de acceso libre, se les requiere presentación de solicitudes de petición de centro
de destino, para su posible propuesta de contratación indefinida.
En el plazo de 5 días hábiles, a contar desde el día hábil siguiente al de publicación
de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, las personas
aspirantes que se relaciona en el Anexo IV de esta resolución deberán presentar la
solicitud de petición de centro de destino de forma electrónica, a través del formulario
electrónico correspondiente al sistema normalizado de petición de destinos de la
Ventanilla Electrónica de la persona Candidata (VEC) disponible en la página web del
Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud). En
virtud de lo dispuesto en la base 11.1 de las bases generales, y al objeto de garantizar
la obtención de un centro de destino de entre los solicitados, han de solicitar por orden
de preferencia todos los centros de destinos ofertados de conformidad con la redacción
dada por la Resolución de 2 de mayo de 2024, de la Dirección General de Personal del
Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las listas definitivas de personas que
superan las pruebas selectivas de concurso por el sistema de acceso libre de Médico/a
de Familia en Unidades de Urgencia Hospitalaria, convocadas mediante Resolución
de 23 de diciembre de 2022, en desarrollo de la oferta de empleo público para la
estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios de las Agencias
Públicas Empresariales Sanitarias, se anuncia la publicación de dichas listas, se indica la
relación de las plazas que se ofertan y se inicia el plazo para solicitar destino, publicada
en la página web del Servicio Andaluz de Salud el 3 de mayo de 2024.
En dicha solicitud de petición de centro de destino la persona aspirante declarará
bajo su responsabilidad que:
a) No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse
inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas y de no estar
sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la
función pública para los aspirantes que no posean la nacionalidad española.
b) No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos. Podrá autorizar la consulta en el Registro Central
de delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia o aportar original de la certificación
negativa en vigor del mismo en el acto de firma del contrato para adquirir la condición de
personal laboral fijo.
c) No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus
funciones. Y las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad,
que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de
la categoría/especialidad a la que se opta, lo acreditará mediante la presentación del
original del certificado médico en vigor en el acto de firma del contrato para adquirir la
condición de personal laboral fijo.
d) No posee, en la fecha establecida, la condición de personal laboral fijo en la misma
categoría y en su caso especialidad a la que se pretende acceder en el Sistema Nacional
de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa.